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ES ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

ger y mandamos se le guarden todas las gragias merge des honrras franquegas livertades preminengias prerroga- tivas e yomunidades que le deven ser guardadas y que deve aver y gogar los demas nuestros Escrivanos Publi- cos y de Cavildo Registros y Hagienda Real e Juzga- do de Difuntos sin que le falte cosa alguna y el dicho Cristoval Remon traiga la dicha aprovacion en el ter- mino contenido en el dicho auto y los unos y los otros no dexeis de lo ansi cunplir so pena de la nuestra mer- qed y de cada un myll pesos de oro para la nuestra Ca- mara. Dada en la Placta a veinte y ocho dias del mes de Febrero de myll y seis gientos y ocho años. —El Li- gengiado Ruiz Bexarano.—El Ligengiado Miguel de Oroz- co.—El Licenciado Don.Manuel de Castro y Padilla.

Yo Juan Bautista de la Gasca Escrivano de Camara de+ Catolico Rey Nuestro Señor la fize escrevir por su mandado con acuerdo de su Presidente e Oydores,—Re- gistrada: Martin de Galara.—Por Changiller: Martin de Galarga.

El qual dicho traslado yo el Escrivano yuso escrito hige sacar del dicho titulo y provision rreal original que estava sellada ton el rreal sello y con el lo corregi y va cierto y bolvi el dicho original a la parte del dicho Cristoval Remon en la piudad de la Trenidad Puerto de Buenos Ayres a onge dias del mes de Agosto de myll e seis gientos y ocho años; testigos presentes al ver co- regir el Capitan Antonio de Abendaño y Juan de He- rrera rresidentes en este Puerto y a el dicho original me rrefiero que queda en poder del dicho Cristoval Re- mon de cuyo pedimiento se saco este traslado,

Yo Juan de Vergara Escrivano del Rey Nuestro Se- hor fize aqui mi signo: en testimonio de verdad.—Joan de Vergara. (Sin derechos).