Oficio de la Audiencia de Chile a doña Carlota Joaquina


Oficio de la Audiencia de Chile a doña Carlota Joaquina.

24 de noviembre de 1808.

Señora:

Falta la expresión para dar una idea de V. A. R. de la ternura, amor y respeto con que ha recibido este Tribunal y su Presidente la respetable carta de V. A. de 1º de septiembre último, con los autos públicos que la acompaña, la que ha mandado archivar como el documento más honroso y distinguido de la Real confianza que merece a V. A., asegurando que la ancianidad de sus Ministros cuasi no puede sobrellevar el pesar al ver, que la mayor de las tiranías pretende borrar el original que representa; pero como vive y vivirá en sus corazones, no se ha detenido un momento en sellar con el vínculo más sagrado de la religión el homenaje y sumisión que debe a la legítima autoridad de la majestad de Fernando Séptimo, por cuya soberanía fueron confirmados a su exaltación al trono en el ministerio que obtienen.

Sabe V. A. R. que no es otro el poder de este cuerpo que aquel que ha depositado para la administración de justicia la soberana autoridad de los reyes y señores naturales, y que es de su obligación conservar pura y sin mancha la majestad de las leyes sancionadas por la nación española; y en este concepto, sostiene a los pueblos del reino en los justos sentimientos con que se unen al todo de su nación de vindicar los ultrajes y usurpaciones inauditas de la augusta familia de V. A. R. teniendo a la vista para todo evento los llamamientos acordados en cortes, pues no son otras las miras, que sostener inviolables los derechos de la familia real de V. A. y constituciones fundamentales de la nación española.

A este fin se ha acordado con el Capitán General del Reino y su Presidente, el acto público de declaración de guerra contra la nación francesa, mientras esté bajo el mando del Emperador Napoleón por sus injustos procederes, horrorosos e inauditos atentados contra los sagrados derechos de nuestros soberanos, y sus leyes inviolables contra nuestra religión santa, su venerable jefe y ministros, y contra nuestros intereses, libertad y vidas, al paso que ha fijado un armisticio firme y cordial con la noble y generosa nación inglesa, contristándose al ver que no está en la esfera de su poder el darle a este convenio aquella amplitud y extensión que conviene a la unión de las tres potencias, portuguesa, inglesa y española; porque estos dominios, sus jefes generales y personas constituidas en dignidad se han conformado con las disposiciones de la Junta Suprema de Gobierno de España en Sevilla, como dirigida a conservar el carácter y dignidad española, su acendrada fidelidad, y a quitar de la faz del universo al usurpador de los tronos, al mayor monstruo que ha abortado el tiempo, esperando que el Dios de los ejércitos proteja como hasta aquí nuestros triunfos, para que tengamos el inexplicable gozo de ver la augusta familia de V. A. R. en el trono de sus abuelos, reinando sobre los pueblos que la divina Providencia le ha señalado para felicidad de todos.

Dios guarde a V. A. R. felices y dilatados años.-Santiago y noviembre 24 de 1808.