Memorial enviado por el Cabildo de Guayaquil al Señor Virrey Conde de Chinchon 1636/1637

MEMORIAL ENVIADO POR EL CABILDO DE GUAYAQUIL AL SENIOR VIRREY CONDE DE CHINCHON

Excelentísimo señor.— El Cabildo de la ciudad de Guayaquil por la persona que tiene su poder dice que, como es notorio, aquella ciudad es una de las primeras que se fundaron en este Reino y que más lealmente ha servido a S.M., así en los servicios de donativos y empréstitos que se han pedido, como en todas las ocasiones que se han ofrecido, y, en particular, cuando hubo las alteraciones en la ciudad de Quito sobre el Asiento de las Alcabalas, acudiéndole con gente al General Pedro de Arana, que fue al castigo de culpados; donde, asímismo, se han fabricado en aquella ciudad todos los galeones para la guarda de este Reino que por cuenta de la Real Hacienda se han mandado a hacer, por las comodidades y buen disposición que ha habido y que hay de todos los materiales, acudiendo por su parte los vecinos de aquella ciudad en cuanto les ha sido posible, siendo como es uno de los puertos más importantes que se conocen en este mar del Sur, habiendo estado siempre dispuestos para su guarda en tiempo de enemigos que han pasado a estas partes, y, últimamente, surgiendo los once galeones en el puerto del Callao y que fueron los dos de ellos a aquella ciudad y la quemaron, a los seis de junio del año de veinte y cuatro, en cuya facción les mataron cincuenta y cinco hombres y herídoles más de otros treinta; y, después la segunda vez volviendo toda la armada enemiga y entrando en aquella ciudad con todas sus lanchas y echado en tierra más de quinientos hombres, la víspera de San Agustín, de seiscientos que llevaba en sus embarcaciones, le mataron otros setenta y tres, hiriéndole más de cuarenta y habiéndoles quemado una lancha y cogídole otras dos con artillería, más de cincuenta mosquetes y municiones, cuya pérdida, por serle tan considerable, les fue fuerza retirarse, y volviendo al puerto de Sono, legua y media de aquella ciudad, trescientos hombres a hacer carne y aguada se le impidió cogiéndole uno de ellos vivo; y con el temor que tuvieron de estos sucesos se hizo luego a la vela con toda su armada dejandodes infestada esta mar, con que quedó aquella ciudad y vecinos de ella de todo punto destruídos y arruinados, por haberles quemado en el puerto de la Puná y el del Callao los navíos que tenían, sin que les quedasen casas en qué vivir ni hacienda de que valerse, diciendo el señor Virrey, Marqués de Guadalcázar en las tres cartas escritas a S.M., tocantes a cosas de guerra, dándole razón de lo bien que los vecinos de aquella ciudad habían acudido a sus obligaciones teniéndose por bien servido de ellos, le mandó escribiese al dicho Cabildo en agradecimiento y les hiciese merced premiándolos como era justo; y aunque con este suceso ocurrió aquella ciudad y su Procurador General en su nombre al dicho Señor Virrey, suplicándole le hiciese merced en los efectos que se contienen en la Provisión que presenta, su fecha en esta ciudad, en diez y nueve de Octubre del dicho año de veinte y cuatro, y por ella mandó S.E. que el señor Presidente de la Real Audiencia de Quito, Doctor Antonio de Morga, informase de lo referido en dicho Memorial para proveer lo conveniente, no tuvo efecto dicho informe porque con la pobreza de los vecinos y no tener casas en qué vivir ni con qué sustentarse, se fueron a sus haciendas del campo donde volvieron a la ciudad y fabricaron de nuevo gastando el poco caudal que les había quedado, e por el año de treinta y dos, a la una del día sobrevino un incendio en la plaza y puerto principal de la marina donde estaban los mejores edificios, y se quemaron veinte y tres pares de casas, pérdida considerable; y, aunque estos dos sucesos dejó a los dichos vecinos en tan gran pobreza, por no desamparar la ciudad, volvieron a edificar sus solares con mayor gasto, por ser las casas y edificios que se hicieron los mejores y más costosos que se habían hecho desde su fundación, quedando los vecinos con el empeño que se deja entender; y, últimamente, a los siete de Diciembre del año pasado, a horas de media noche, sobrevino otro incendio en la dicha ciudad, de manera que desamparando las madres a los hijos procurando sólo escapar las vidas, aunque muchas personas salieron lisiadas del fuego, como consta del testimonio que se remitió al gobierno, con cuyo último suceso han quedado los vecinos desanimados y destituídos de fuerzas para poder volver a poblar, que será imposible, a no ser amparados de la piedad y cristianidad de V.E., en cuyo nombre suplica aquel Cabildo, se sirva V.E. de hacerle merced, pues, es justo que los vasallos de S.M. sean ayudados, y los que con tanta lealtad le sirven y han servido en las cosas que se contienen en los capítulos de este Memorial.

Lo primero, que en consideración de la Provisión que presenta de V.E., su fecha en esta ciudad, a diez y siete de Febrero del año de treinta y dos en que está insertada Real Cédula de S.M., su fecha en Madrid, a siete de Abril del año de seiscientos y veinte y nueve, en que por ella se le ordena y manda a V.E., que atendiendo a parte de los servicios referidos en este Memorial, se tome medio y resolución por lo que a V.E. pareciere más conveniente que quedando vencidos inconvenientes, se atienda al bien público y conservación de aquella ciudad para que sus vecinos saquen los frutos de cacao para trajinarlos desde aquel puerto al de Acapulco, en que S.M. está interesado en sus reales derechos por no tener como hoy no tienen los dichos vecinos otra sustancia de donde poderse sustentar, sino fuera por tener salida de este género, (?) cuando se trajina............,.... a la otra costa, puertos (?) de Sonsonate y Realejo, valía la carga de cacao veinte y veinticinco pesos, y hoy no hay quien dé por ella a dos, costándoles el beneficio de limpiar las huertas más que el principal, que es causa de que las dejen perder, con que de todo punto vernan a quedar arruinados no teniendo salida de dichos géneros, y S.M. perderá no sólo sus reales derechos de entrada y salida, alcabalas y novenos; pero, se debe atender a que por este modo saliendo de este puerto todos los años más de doce mil cargas de cacao, lo procedido de esto irá en el género al puerto de Acapulco y no en reales, porque los mercaderes (?) que lo compraren por la conocida ganancia han de emplear en el dicho género, y sólo por este modo podrán prevalecer en aquella tierra sus vecinos, y de otro modo perecerán.

Lo otro, de que V.E. se sirva de que pues conviene ..........a la ciudad de Trujillo y otras de este Reino, se les................en préstamo con cantidad de pesos de (?) la Real Hacienda, para poder reedificar se le preste a aquella ciudad la cantidad que V.E. fuere servido por el tiempo y plazo conveniente, cuya distribución se corneta al dicho Cabildo y a los Oficiales Reales las fianzas que ofrecen los vecinos de volver al plazo la cantidad que se les diere.

Lo otro, que por el tiempo que V.E. fuere servido, se le haga merced de que no paguen alcabalas ni otros derechos, o, por lo menos, se modere el dicho Encabezonamiento por algunos años, la mitad menos de lo que pagaban.

Lo otro, que por cuanto antes de esta pérdida habían causado los vecinos algunas deudas que están por pagar y en particular los Propios de aquella ciudad que no llegan a setecientos pesos y están ejecutados y sus fiadores por rezagos de los Encabezonamientos pasados, todos imposibilitados de poder pagar, y que cuando se vendan los pocos bienes raíces que les han quedado, no se hallará comprador a ellos sino es por la mitad menos de lo que valen; se sirva V.E. de que por tiempo de seis años no puedan ser ejecutados, dando fianzas de que dentro de ello pagarán enteramente.

Lo otro, que atento a que por cualquiera causa que se ofrece se despachan jueces con facilidad por la Real Audiencia de Quito, sin embargo de la Real Cédula de S.M. que presenta, en que se ordena y manda que, si no fuere por negocios arduos e inexcusables no se despachen los dichos jueces, sino que se cometan los tales casos al Corregidor se sirva V.E. de escribir a la Real Audiencia que, atendiendo a la Real Cédula, pérdidas y necesidades que hoy tienen los dichos vecinos, se vaya a la mano en el despacho de dichos jueces, porque, de todo punto, será consumir la dicha ciudad.

Lo otro, que atento a que las ordenanzas que la dicha ciudad tenía se quemaron y asímismo las mercedes que el señor Marqués de Cañete y señor don Luis de Velasco hicieron a la dicha ciudad del Tambo de Bola, que hoy arriendan para gastos de guerra y Propios de ciudad, y del solar que posee en Santa Catalina, junto al principal; se sirva V.E. de confirmar las dichas mercedes mandando que de los libros del Gobierno se saque un tanto de ellas, por haberse quemado los originales y libros de Cabildo donde estaban asentadas, con el Archivo que tenía la dicha ciudad. A V.E. pide y suplica se sirva de hacerle merced en lo referido, como la espera de mano de V.E., con justicia, etc.

Otrosí, se ha de suplicar a S.E. se sirva de que atento a que el Hospital de esta ciudad, con su enfermería, botica, vestuario y camas de los pobres, con las casas que tenía de alquiler con que se sustentaban los pobres, se quemó sin escapar nada, por ser el principio del dicho incendio por aquella parte, quedando sólamente los solares limpios, y por que el Hospital quedó empeñado en la fábrica que íba haciendo y no se podrá reedificar ni curar los pobres que hubiere; se ruega se sirva S.E. de que enteramente o por lo menos la mitad, paguen los Maestres, Pilotos, Escribanos, contramaestres, marineros y grunetes, enteramente o por lo menos la mitad de lo que pagan al Hospital de la ciudad de los Reyes, por ser poco lo que se pagaba al Hospital de dicha ciudad de Guayaquil y ésto por tiempo de diez años o por lo que Vuestra Excelencia fuere servido durante la dicha reedificación.— Baltazar Malo de Molina.— Francisco Díaz Bravo.— Francisco de Castañeda.— Don Diego de Castro y Guzmán.— Don Antonio de Castro y Guzmán.— Martín de Garay.— Ante mí.— Lorenzo de Bances León, Escribano de Cabildo.

Concuerda con el original de donde se sacó, y en fé de ello lo firmé.

Lorenzo de Bances León.

Bibliografía editar

  • Freile Granizo, Juan. Actas del Cabildo Colonial de Guayaquil Tomo I: 1634 a 1639 De la Primera Época. Versión de Juan Freile Granizo, basada en la transcripción original de José Gabriel Pino Roca, revisada por Rafael Euclides Silva. Publicación del Archivo Histórico del Guayas bajo patrocinio de la Junta Cívica de Guayaquil (Santiago de Guayaquil, 31 de agosto de 1972).Página(s): 239 y 243.