La bandera catalana en los Centros oficiales
Es evidente que el estatuto de Cataluña, aprovado por las Cortes Constituyentes de la República, reconoce personalidad, a todos los efectos políticos y administrativos, al pueblo de Cataluña, constituido autonómicamente dentro del estado español.
Pues bien; este pueblo tiene un viejo y glorioso símbolo: una bandera que hasta hoy había ondeado alegremente en las lares de los patriotas y de las Corporaciones ganadas por su influencia y que de hoy en adelante puede hacerlo de derecho y con igual dignidad que la del Estado, en todas las dependencias y oficinas de nuestra tierra.
Por impulso espontáneo y cordial de los jefes de algunas de dichas oficinas la hemos visto ya honrada, pero mucho nos complaceria que este tributo de consideración y efecto se extendiera a todas.
Por esto me permito dirigirme a todos señores jefes o dirigentes de las mencionadas oficinas o dependencias de esta aun Provincia, a fin de que se sirvan dar las oportunas órdenes para que en los días que pongan en sus fachadas la bandera representativa del glorioso Estado republicano, hagan ondear a su lado también, la no menos querida y no menos digna de respeto en la cual los hijos de esta tierra la vemos simbolizada.
El ondear simultáneo de las dos banderas dirá a todos los ciudadanos que hoy se ha hecho por la cordialidad y el espíritu de Libertad del Régimen republicano, la ilusión de las almas que todos deseábamos por la grandeza del país añ cual todos servimos.
Tarragona, 13 de septiembre de 1932.-
El Gobernador civil R. Noguer y Comet [1]