Instrucciones al comandante de la expedición a las provincias del interior


Instrucciones que deberá observar el Comandante General de la expedicion de Auxilio á las provincias interiores.

Hará guardar á las tropas una rigurosa disciplina, evitando todo vejámen del paisanaje y castigando con rigor todo exceso. Tendrá especial cuidado en precaver las deserciones, publicando un bando en que se intime pena de la vida á los desertores y ejecutando irremisiblemente este castigo en el primero que se aprehenda en este delito- Se tendrá particular cuidado en que cada día en las paradas, haga la tropa algunas evoluciones análogas al terreno que ocupan y á las diferentes posiciones de que sea susceptible. Toda parada de noche se ejecutará en los mismos términos, con las mismas precauciones y seguridades que si se tuviese al frente algun enemigo. Siendo sumamente importante á estas Provincias la formación ds tropas disciplinadas, que aseguren el territorio contra los riesgos exteriores, se pondrá particular cuidado en que esta expedición produzca la ventaja de contar la Patria con una fuerza disciplinada y acostumbrada á la fatiga. Se procurará que las conferencias y conversaciones rueden siempre sobre materias que instruyan al soldado en la historia de la milicia y eleven su entusiasmo, excitándole sentimientos de honor y una justa ambición por la gloria del Rey y de su Patria. Se tendrá la mayor vigilancia en desterrar toda apariencia de mira hostil sobre los pueblos de la carrera: se busca su bien y no su ruina, se desea su amistad, y no su división. Todas las resoluciones relativas á la conducta política con los pueblos y al Gobierno militar de la espedicion, toda providencia, toda resolucion de importancia, deberan acordarse en la Junta de Observacion del mismo Ejército y la pluralidad de los sufragios hará providencia.

Esta junta se formará del primer Comandante, del segundo Comandante, del Auditor de Guerra y del Comisionado D. Hipólito Vieytes. Procurarán los cuatro vocales la mayor armonia y conformidad, teniendo muy presente, que siempre han sido la ruina de las espedicio- nes militares las discordias entre los que las mandan; que es preciso que las virtudes distingan á nuestros soldados de esos conquistadores feroces, viles instrumentos de la ambición ó la codicia; que, en materias de esta clase, el que mas cede mas sirve, y que, siendo esta espedicion el fundamento principal de la prosperidad de estas Provincias, sus jefes serán el consuelo de su patria ó la execracion de los hombres buenos, segun el resultado de su comisión.

Instrucciones reservadas para la expedicion de las provincias interiores al mando del Coronel D. Francisco Ocampo editar

Se tendrá gran cuidado en sofocar toda especie capáz de comprometer el concepto de fidelidad que anima á esta Junta, pues nada debe cuidarse mas que imprimir en todos la obligacion de ser fieles á su Rey y guardar sus augustos derechos. En estando á cuatro leguas de Córdoba, se hará una intimación al Gobernador y Cabildo, para que dejen obrar libremente al vecindario en la eleccion de su Diputado. Se exigirá, como condicion precisa de la libertad del pueblo para elegir, que el Gobernador y Teniente salgan de la ciudad mientras dure la eleccion, asistendo á ella un oficial de la expedicion, para presenciar si hay alguna violencia. Si el gobernador resistiese esta conducta, se moverán las tropas contra él, echando antes una proclama en que se anuncie al pueblo que no se trata de su agresión sinó de su defensa, y comminando al Gobernador con que pagará con su sangre y sus bienes la que hiciese derramar á los vasallos del Rey; lo que así se verificará. Si se empeñase una resistencia formal se sacarán del pueblo tres ó cuatro de aquellas personas principales que la hubiesen sostenido. La tropa se mantendrá en el pueblo hasta que se haya reconocido la Junta y salido el Diputado que debe asistir al Congreso, cuidando de que se estrechen por mil modos las relaciones de aquellos habitantes con los de la Capital. En todo pueblo donde se entre se hará una revista formal de toda la tropa, tanto veterana como de milicias, que tuviese armamento, y se agregará á la expedicion, de suerte que esta se engrose con toda la gente armada de la carrera, sin que á las espaldas quede objeto de recelo. Todo gobernador que no cediese sinó á presencia de la expedicion que le amenaza, será suspenso de su empleo y remitido á la Capital, proveyendose su plaza provisoriamente, hasta la aprobacion de esta Junta, en persona de representación y respeto. Se pedirán á los cabildos los fondos necesarios para continuar la expedicion, librandolos contra la Tesorería de esta Capital. Se harán reclutas rigurosas cuidando de que recaigan en hombres de buena talla, que se remitirán á la Capital. Aun cuando la expedicion tenga un suceso feliz y no se le opongan embarazos en la carrera, deberá parar en Jujuy hasta segunda orden. Siendo el fin principal de esta expedición facilitar la union de los pueblos, si estos, puestos en entera libertad para votar, se empeñasen en elegir una Junta que subrogue el mando de sus gobernadores, no se les sostendrá una oposicion, siempre que reconozcan una absoluta dependencia de la Junta Provisional de la Capital hasta la celebración del Congreso.

— Buenos Aires, 16 de Junio de 1810.

Nota: en el borrador, (autógrafo del Dr. Moreno), de estas instrucciones, que existen en el archivo, se encuentra un articulo 1° cruzado por unas lineas que parecen indicar haber sido inutilizado, y cuyo tenor es como sigue: «Se tendrá especial cuidado de asegurar a todo trance y remitir con seguridad la persona del Exmo. Sr. D. Santiago de Liniers, considerándola como uno de los principales embarazos que se oponen a la tranquilidad y unión de las Provincias». Ignorándose si este articulo fue realmente suprimido ó si formó parte de las instrucciones remitidas, se prefiere colocarlo separadamente, dando cuenta de su origen.