Informe Conadep: 013

CAPÍTULO I - LA ACCIÓN REPRESIVA


Tabicamiento

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En la totalidad de los secuestros se privaba de la visión a las víctimas. En el lenguaje de los represores, se denominaba «tabicamiento» a la acción de colocarle a la víctima el «tabique», o elemento para privar de la visión

Ello se efectuaba generalmente en el mismo lugar donde se secuestraba o «chupaba». Los elementos empleados a tal fin eran vendas o trapos que los propios captores traían consigo o prendas de vestir de las víctimas, tales como camisas, pullóveres, camperas, etc., o sábanas, toallas, etc.

«Estaba yo trabajando en la empresa Pavón S.A. de Rosario, provincia de Santa Fe- declara Marcelo Daniel Vilchez (Legajo N° 7001) cuando mi jefe, el Sr. Miguel Pavan, me llamó a su oficina. Me dirigí ahí, donde estaban dos personas vestidas de civil que se identificaron como de la policía. Me tomaron por el cuello y me sacaron afuera, donde había un tercer hombre. Me amenazan de muerte y me introducen a un Renault 12 Break. Dentro del automóvil me agachan la cabeza y me la tapan con un pullóver. De allí me llevan a la Jefatura donde, entre gritos y golpes, me sacan el pullóver y me colocan una venda en los ojos...».

Con el posterior ingreso de las víctimas a los Centros Clandestinos de Detención, se abría la etapa decisiva en el proceso de su desaparición.