Gaceta del Salvador/Tomo 6/Número 14

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TOMO VI.NUM. 14.

America Central.


Gaceta del Salvador.


Cojutepeque, sábado 13 de Junio de 1857


Parte Oficial.
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Decretos del Gobierno.
 
Ministerio de Hacienda y Guerra
El Presidente de la Republica.

Teniendo presentes algunas circunstancias de actualidad y el desacuerdo ocurrido desgraciadamente entre algunos Jefes del Ejército espedicionario, y considerando: que terminada la campaña para que fué organizado dicho Ejército se halla de regreso en el territorio de la República, ha venido en decretar y

Decreta.

Artículo 1º—El Presidente de la República reasume desde este momento el mando en Jefe del Ejército espedicionario que ha regresado de Nicaragua.

Art. 2º—El General Barrios se presentará el dia de mañana en esta ciudad a dar cuenta de sus operaciones como General en Jefe del Ejército y en concepto de Ministro de este Gobierno cerca del de Nicaragua.

Art. 3º—Los Jefes y oficiales del Ejército no obedecerán otras órdenes que las que emanen directamente del Gobierno.

Art. 4º—El Ministro de la Guerra queda encargado de comunicar este Decreto a quienes corresponde.

Dado en Cojutepeque, a 10 de Junio de 1857. Rafael Campo.

El Ministro de Hacienda y Guerra
Juan J. Bonilla.
 
El Presidente de la Republica del Salvador.
Considerando:

Que el General Gerardo Barrios ha desobedecido la órden que se le comunicó el 9 del corriente para que licenciase el Ejército que ha regresado de Nicaragua, comprobando de esta manera que abriga contra el Gobierno de la República las miras hostiles de que se le ha acusado:

Que ha digido al Gobierno, una especie de ultimatum a que él llama bases de arreglo, en las cuales exige medidas sanguinarias, queriendo así convertir al Gobierno en instrumento de sus odios; y por último que no habiéndose prestado el mismo Gobierno a la adopcion de aquellas medidas, ha llamado al Vice-Presidente para que ejerza el Poder Ejecutivo, arrogándose asi una facultad que solo tienen el Presidente de la República en unos casos y la Legislatura en otros. En uso de la atribuvion que le confiere la seccion 1ª, art. 45 de la Carta fundamental, ha tenido a bien declarar y

Declara.

Artículo 1º—Se tendrá por faccioso traidor al General Gerardo Barrios. En consecuencia, son nulas todas las disposiciones que emanen del Gobierno que ha creado, y ninguna autoridad ni habitante deberá obedecerlas sin hacerse cómplice del traidor.

Art. 2º—Los que obedeciendo las órdenes del Gobierno de hecho establecido hoy en San Salvador, exijan contribuciones, o cantidades que se adeuden al fisco, responderan en todo tiempo con su persona y bienes, sin que les sirva de escusa haber sido compelidos por la fuerza.

Art. 3º—Mientras el General Barrios conserve una actitud hostil hacia el Gobierno, quedan cortadas las comunicaciones con el punto donde él exista, y los autores de la correspondencia que sea tomada serán tratados como traidores.

Art. 4º—Decláranse en estado de sitio los Departamentos en que resida el Gobierno y aquel que ocupe la faccion.

Art. 5º—Se ordena a los Jefes y Oficiales que hoy están a las órdenes de dicho General sublevado Don Gerardo Barrios, que entro de cinco dias a lo mas tarde se presenten en esta Capital a las órdenes del Gobierno Supremo.

Art. 6º—El Ministro de Hacienda y Guerra queda encargado de la ejecucion del presente Decreto.

Dado en Cojutepeque, a 11 de Junio de 1857.

Rafael Campo.

El Ministro de Hacienda y Guerra
Juan J. Bonilla.
 
Circular
a los Gobernadores Departamentales.
Cojutepeque, Junio 11 de 1857.

El traidor General Gerardo Barrios abusando del poder militar que el Supremo Gobierno le confirió para ocurrir a la defensa del territorio nacional, desobedeciendo las órdenes supremas y aspirando a mandar en absoluto en la República ha vuelto las armas contra la legítima autoridad y asi sublevado existe en San Salvador.

Para cohonestar su traicion y las deplorables desgracias en que por su aspirantismo está ya envuelto el Salvador a donde ha traido en funesto presente la revolucion, ha hecho venir al Vice-Presidente Ldo. Dueñas y lo ha investido del Supremo Poder por medio de las armas, bajo cuya férula quedará esta farsa de Gobierno con mengua de la autoridad constitucional. El Gobierno pues, lo ha declarado faccioso y rebelde, y cuanto emane de este poder usurpado, es nulo y prohibe que se obedezca, como un Gobierno de hecho sin poder, sin mision legal, y solo basado en la fuerza bruta.

Quiere pues, el Señor Presidente legítimo que U. haga inmediatamente esta manifestacion a sus pueblos para que no presten ninguna clase de cooperacion a los traidores y para que rodeen al Poder constitucional para volver al órden y castigar tan escandalosos atentados.

Confía en el patriotismo y autoridad de U. que sabrá mover los pueblos de su mando en defensa de sus fueros y derechos y para cortar en su principio un órden de cosas que nos con lucirá al despotismo y a la anarquia mas desastroza.

Lo digo a U. para su inteligencia, suscribiéndome su atento servidor.

El Ministro de Hacienda y Guerra
Juan J. Bonilla.
 
Manifiesto
del Presidente de la Republica.
 

EL PRESIDENTE de la República del Salvador a sus conciudadanos.

SALVADOREÑOS:

Terminada la campaña de Nicaragua y cuando em proponia recibir a nuestro

A las primeras noticias de tal intento, mi ánimo vaciló y no me resolví a darles página 2 página 3



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Remitido.
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Reproducciones.
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Variedades.
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Avisos.
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