Diferencia entre revisiones de «Página:Compendio de la Historia de la Ciudad de Guatemala Tomos I - II.pdf/265»

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{{brecha}}5º—''El licenciado Francisco Briceño'', vino de Juez de Residencia del Señor Landecho: llegó el año de 1563; y extinguida la Real Audiencia en esta Metrópoli, quedó de Gobernador y Capitan General del Reino de Guatemala, con dependencia de la Chancillería de Méjico. Y aunque en cédula de 17 de Mayo de 64, se nombró Gobernador y Capitan General de este Reino á Juan Bustos de Villegas, que lo era del Reino de Tierra Firme; habiendo muerto este, estropeado por una mula, en la Ciudad de Panamá, continuó el Señor Briceño en el citado Gobierno, que ejerció por el espacio de cuatro años, con mucha prudencia y discrecion, en tiempos bastantemente críticos. Habiendo dado su residencia, fué declarado por buen Juez y Gobernador, y se volvió á España.
{{brecha}}5º—''El licenciado Francisco Briceño'', vino de Juez de Residencia del Señor Landecho: llegó el año de 1563; y extinguida la Real Audiencia en esta Metrópoli, quedó de Gobernador y Capitan General del Reino de Guatemala, con dependencia de la Chancillería de Méjico. Y aunque en cédula de 17 de Mayo de 64, se nombró Gobernador y Capitan General de este Reino á Juan Bustos de Villegas, que lo era del Reino de Tierra Firme; habiendo muerto este, estropeado por una mula, en la Ciudad de Panamá, continuó el Señor Briceño en el citado Gobierno, que ejerció por el espacio de cuatro años, con mucha prudencia y discrecion, en tiempos bastantemente críticos. Habiendo dado su residencia, fué declarado por buen Juez y Gobernador, y se volvió á España.


{{brecha}}6º—''El Doctor Antonio González'', Oidor de la Chancillería de Granada, Visitador de la Inquisicion de Sevilla y de los Generales de Galeones. Habiendo Su Magestad, por cédulas de 28 de Junio de 1568 y 25 de Enero de 69, mandado restablecer la Real Audiencia en
{{brecha}}6º—''El Doctor Antonio Gonzalez'', Oidor de la Chancillería de Granada, Visitador de la Inquisicion de Sevilla y de los Generales de Galeones. Habiendo Su Magestad, por cédulas de 28 de Junio de 1568 y 25 de Enero de 69, mandado restablecer la Real Audiencia en