Diferencia entre revisiones de «Página:Compendio de la Historia de la Ciudad de Guatemala Tomos I - II.pdf/14»

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{{brecha}}En vista de las cuales, el Sr. D. Antonio Serrano Polo, del Cosejo de S. M., Oidor de esta Real Audiencia y Juez general de Imprentas, proveyó el auto que dice asi:
{{brecha}}En vista de las cuales, el Sr. D. Antonio Serrano Polo, del Consejo de S. M., Oidor de esta Real Audiencia y Juez general de Imprentas, proveyó el auto que dice asi:


{{brecha}}«Juzgado de Imprentas: Nueva Guatemala y Abril 21 de 1808.—Se concede la licencia necesaria para la impresion que se solicita, á cuyo efecto se dará al interesado la certificacion correspondiente, rubricándose por el Escribano de este Juzgado las fojas del original.—''Serrano Polo''.»
{{brecha}}«Juzgado de Imprentas: Nueva Guatemala y Abril 21 de 1808.—Se concede la licencia necesaria para la impresion que se solicita, á cuyo efecto se dará al interesado la certificacion correspondiente, rubricándose por el Escribano de este Juzgado las fojas del original.—''Serrano Polo''.»