Diferencia entre revisiones de «Decreto de Independencia de Yucatán»

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Línea 8:
1°. El Estado de Yucatan es libre é independiente, y en tal virtud restablece su Constitucion particular, y la general de la República sancionada en 1824, con las reformas que un Congreso especial y el de la Nacion, autorizados al efecto por los pueblos, tengan á bien hacerles.
 
2°. Igualmente restablece las leyes particulares del Estado y generales de la Nacion que regian hasta 1°. de Mayo de 1834; y declara repuestos legalmente los empleados públi ­cospúblicos, corporaciones y dependientes que fungían en el referido mes.
 
3°. Entretanto la Nacion Mejicana no sea regida conforme á las leyes federales, el Estado de Yucatan perma­necerá separado de ella, reasumiendo su Legislatura las facultades del Congreso general y su Gobernador las del Presidente de la República, en todo lo que concierna á su régi­men particular.