Diferencia entre revisiones de «Don Diego Portales. Juicio Histórico»

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Hemos terminado la tarea ardua, y si se quiere pretenciosa, que nos impusimos de escribir el juicio de la historia sobre don Diego Portales. No hemos querido hacer una biografía ni una crónica, y por lo mismo hemos desechado detalles y apreciaciones personales que no son del dominio de la historia. Si nos ha faltado tino en la exposición, no hemos abandonado la imparcialidad para aplicar los juicios que nos han dictado nuestros principios y convicciones. Si hemos herido recuerdos simpáticos, habrá sido a nuestro pesar, no por odio, ni por mala voluntad. Respetamos al personaje y su memoria, y respetamos sus intenciones.
 
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== Notas ==
 
[1] Todas las leyes a que se alude en este escrito, se registran en los boletines de la época respectiva. Volver.
 
[2] Renuncia del general Pinto.- He recibido el oficio de V. E. del día de ayer, en que se sirve trasladarme el que con igual fecha le dirige el presidente de la Cámara de Diputados, comunicándole la orden del Congreso general para que me apersonase ante él, hoy a las doce, a recibir el encargo de Presidente de la República.
 
El inesperado honor que me hace la Representación Nacional en este decreto, después de la repugnancia que he manifestado dos veces, a tomar sobre mis débiles fuerzas la responsabilidad de tan alto cargo, me deja penetrado de reconocimiento, pero de ningún modo altera mi resolución.
 
No insisto en mis enfermedades habituales. No invoco el principio incontestable de que toda grave responsabilidad debe ser voluntariamente contraída. En otras circunstancias hubiera renunciado gustoso este derecho. Motivos de un orden superior me hacen imposible hacerlo.
 
Algunas de las primeras operaciones del Congreso adolecen, en mi concepto, de un vicio de ilegalidad que, extendiéndose necesariamente a la administración que obrase en virtud de ellas, o que pareciere reconocerlas, la haría vacilar desde los primeros pasos y la despojaría de la confianza pública.
 
No me erijo en el juez del Congreso. Lo respeto demasiado. La inteligencia que doy a la carta constitucional, será tal vez errónea; pero basta que en un punto de tanta importancia difieran mis opiniones de las del Congreso; basta que entre los principios que lo dirigen y los míos, no exista aquella armonía sin la cual no concibo que ninguna administración pueda ser útil; basta sobre todo la imposibilidad de aceptar la presidencia sin aparecer partícipe en actos que no juzgo conformes a la ley, o de una tendencia perniciosa, para que me sea no solo lícito, sino obligatorio el renunciarla.
 
Al represar por tercera, y espero que por última vez, esta resolución, he creído que debía a la nación, que me ha distinguido con su confianza, la exposición franca de mis sentimientos, y suplico a V. E. me haga el honor de trasmitirla al Congreso.- Dios guarde a V. E. muchos años.- Santiago, octubre 18 de 1829.
 
F. A. Pinto. Volver.
 
[3]Este suceso ha sido narrado cuando vivían varios de sus autores y testigos, que lo han confirmado al autor.
 
[4]Hasta, ese momento no había prestado ninguno.
 
[5]No se trataba de eso, sino de dejarlos volver a sus hogares sin armas.
 
[6] Véase la introducción de nuestro libro La Constitución Política de la República de Chile comentada, en que está latamente demostrada esta verdad.
 
[7] El Araucano, dirigido entonces por don Manuel José Gandarillas, tratando de refutar un luminoso y patriótico escrito de don Ventura Marín contra la reforma de la Constitución de 28, acusaba a este código de defectuoso por la extensión que daba al derecho de sufragio, porque admitía a los destinos públicos personas no calificadas, es decir, no propietarios acaudalados; porque establecía asambleas provinciales, y sobre todo, porque prohibía al ejecutivo arrojar del país a un perturbador secreto, o encerrar a un conspirador astuto, sin formarle causa. El periódico oficial se pronunciaba también contra las fórmulas, como el gobierno, y a este propósito replicaba el señor Marín palabras que no podemos dejar de copiar: “La arbitrariedad, decía, es hija del despotismo, y arbitrariedad e inobservancia de las fórmulas, son sinónimos, en la opinión del señor Constant, y de todos los que entienden el lenguaje de los políticos modernos. Estas barreras del poder ejecutivo son, como dice este autor, las divinidades tutelares de las asociaciones humanas, las únicas protectoras de la inocencia y las que mantienen por sí solas las relaciones de todos los hombres. Sin ellas todo es oscuro, todo se entrega a la conciencia solitaria, a la opinión vacilante: las fórmulas son las que prestan la evidencia, y por lo mismo, son el único recurso a que puede apelar el oprimido; y yo añado, ellas son la esencia de todo gobierno libre, lo que por tantos años han reclamado todos los pueblos cultos, y lo que en las presentes circunstancias nadie les puede quitar. Teniendo el poder ejecutivo la facultad indeterminada de extrañar a un perturbador oculto, sin que éste pueda reclamar la injusticia ante un tribunal de la nación, no hay legislador, no hay juez que no esté sujeto a la arbitrariedad del mandatario y de sus últimos agentes; no hay individuo en toda la república que no sienta el peso de una autoridad ilimitada; no hay ciudadano virtuoso que no tema la suerte de Malesherbes, de Vergniaud y Condorcet, y que no prefiera los azares de una revolución a los peligros de una situación precaria e insubsistente. Pero ¿para qué me canso en explanar una verdad que ha llegado a ser común? Baste decir a Vd., señor editor, que en Inglaterra tiembla el gobierno al usar de la facultad que le dan las cámaras de suspender el habeas corpus. No me diga usted que este lenguaje pertenece al dominio de la retórica, porque es una cosa vieja en todas partes que estos son los términos en que se responde a los defensores de los derechos del ciudadano. Si después de la última revolución convino revestir al ejecutivo de facultades extraordinarias, ha llegado el tiempo de que éstas cesen y de que se cierre, por la estricta observancia de la Constitución (la de 1828), una puerta que puede sumirlo todo en el abismo de la arbitrariedad o en los horrores de la anarquía...”. ¡Esta profecía se ha cumplido! Araucano, número 41, 42 y 43.
 
[8] En 1852 se habló mucho de la verdad de un milagro del ánima del siervo de Dios Bardesi en casa del Ministro del Culto, y la prensa en general trasmitió el hecho sin comentarios.
 
[9] Últimamente se ha llamado Montt-Varismo la política que antes pudo llamarse con igual propiedad Portalismo o Tocornalismo o Egañismo, etc.
 
[10] Rojas fue después nuestro cliente, y sus relaciones, así como las del capitán general Freire y otros actores de aquellos sucesos, nos han servido para formar esta relación, en vista de los documentos oficiales de la época.
 
[11] Véase la comprobación de esta doctrina en la Constitución política comentada, página 478, artículo 161.
 
[12] Dicho artículo de la ordenanza está mandado observar en esta forma por un simple decreto de 9 de marzo de 1852, siendo de advertir que la ordenanza misma es un decreto.
 
[13] La siguiente es el Acta de la revolución, tal como aparece original en el proceso que se formó a los que la firmaron. Las frases entre comillas fueron dictadas por el mismo Vidaurre.
 
En la ciudad de Quillota, cantón principal del ejército expedicionario sobre el Perú, a tres de junio de 1837 años, reunidos espontáneamente los jefes y oficiales infrascritos, con el objeto de acordar las medidas oportunas “para salvar la patria de la ruina y precipicio a que se halla expuesta por el despotismo absoluto de un solo hombre, que ha sacrificado constantemente a su capricho la libertad [y] la tranquilidad de nuestro amado país”, sobreponiéndose a la Constitución y a las leyes, despreciando los principios eternos de justicia, que forman la felicidad de las naciones libres, y finalmente persiguiendo cruelmente a los hombres más beneméritos que se han sacrificado por la independencia política. Considerando al mismo tiempo que el proyecto de expedicionar sobro el Perú y por consiguiente “la guerra abierta contra esta república, es una obra forjada más bien por la intriga y tiranía que por el noble deseo de reparar agravios a Chile”, pues, aunque efectivamente subsisten estos motivos, se debía procurar primeramente vindicarlos por los medios incruentos de transacción y de paz, a que parece dispuesto sinceramente el Mandatario del Perú. Considerando, en fin, que el número de la fuerza expedicionaria, sus elementos y preparativos son incompatibles con lo arduo de la empresa y con los recursos que actualmente cuenta el caudillo de la oposición, y de consiguiente se perderían sin fruto y sin éxito las vidas de los chilenos y los intereses nacionales; hemos resuelto unánimente, a nombre de nuestra Patria, como sus más celosos defensores; 1°. Suspender por ahora la campaña dirigida al Perú, a que se nos quería conducir como instrumentos ciegos de la voluntad de un hombre, que no ha consultado otros intereses que los que halagaban sus fines particulares y su ambición sin límites; 2°. Destinar esta fuerza puesta bajo nuestra dirección para que sirva del más firme apoyo a los hombres libres, a la nación legalmente pronunciada por medio de sus respectivos órganos, y a los principios de libertad y de independencia que hemos visto largo tiempo hollados, con profundo dolor, por un grupo de hombres retrógrados y enemigos naturales de nuestra felicidad, que se habían vinculado a sí propios los destinos, y la fortuna y los más caros bienes de nuestra República, con escándalo del mundo civilizado, con la ruina de infinidad de familias respetables y a despecho de la opinión general. Protestarnos solemnemente ante el Orbe entero, que nuestro ánimo no es otro que el ya indicado; que no nos mueve a dar este paso, ni el espíritu de partido, ni la ambición de mandar, ni la venganza odiosa, ni el temor de los peligros personales; sino únicamente el sentimiento más puro de patriotismo y el deseo de restituir a nuestro país el pleno goce de sus derechos con el ejercicio libre de su soberanía que se hallaban despreciados y hechos el juguete de la audacia e intrigas de unos pocos, que no habiendo prestado ningunos servicios en la guerra de la independencia, se complacían en vejar y deprimir a los que se sacrificaron heroicamente por ella. Juramos así mismo, por nuestra honor y por la causa justa que hemos adoptado, que consecuentes con nuestros principios, estaremos prontos y muy gustosos a sostener el decoro nacional contra cualquiera déspota que intentase ultrajarlo; aunque fuese preciso perder nuestras vidas, si la nación pronunciada con libertad, lo estimare por conveniente. Y en conclusión, protestamos y juramos nuevamente que nuestra intención es servir de apoyo y protección a las instituciones liberales, y “reprimir los abusos y depredaciones inauditas que ejercía impunemente un Ministerio gobernado con espíritu sultánico”.
 
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