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Línea 84:
A su discreción, la Comunidad, en ocasiones, ha hecho referencia a ciertas leyes como relevantes para sus Proyectos como una cuestión de política. [...] Las reglas sobre la elección de la ley que se establecen como una cuestión de política por parte de la comunidad editorial de un Proyecto en particular deben ser respetadas en general. [...] Estas reglas representan decisiones editoriales importantes sobre cómo administrar un Proyecto, pero pueden no reflejar el estado de la ley tal como se aplica en los tribunales. Por lo tanto, la Oficina del Asesor Jurídico conserva la discreción, según sea necesario, para adoptar un enfoque diferente en su defensa de la Fundación Wikimedia.
::Luego habla de que al menos esas políticas deben respetar las leyes de Estados Unidos, pero teniendo en cuenta que hay proyectos en otros idiomas que solo aplican la legislación del país de referencia para ese idioma sin tener en cuenta la estadounidense, lo que yo interpreto es que la fundación no se va a meter en esa decisión y la va a respetar, salvo que esa decisión le cree problemas legales por ejemplo por aplicar algún criterio o ley demasiado permisivo. La idea de cambiar la ley aplicable en Wikisource para permitir más obras en español no debería ser el buscar como saltarnos los derechos de autor o como aplicar los criterios de manera más permisiva, sino el buscar los criterios que mejor reflejen la realidad de los derechos de esas obras en la comunidad de países en español. Supongo que todos tenemos esa idea, pero es por aclararlo. En ese supuesto, es poco probable que la fundición vaya a oponerse (como tampoco lo ha hecho en otros proyectos), porque es poco probable que autores (más bien sus editoriales) de obras con derechos caducados en países hispanohablantes y que por tanto pueden conseguirse facilmente, vayan a reclamar a Wikimedia porque está sometida a legislación estadoudinense. Si eso ocurriera, la fundación, de acuerdo a las leyes estadounidenses, tan solo tendría que retirar el documento que infrigiera esos derechos de autor, pero el denunciante no ganaría nada si esas obras se pueden conseguir por otros sitios. Además, sería como tirarse piedras a su tejado, porque en muchos aspectos las leyes de copyright estadounidenses son bastante más permisivas con el "uso justo" (uso libre no comercial) que las leyes de los países hispanohablantes. No creo que ni los autores ni las editoriales prefieran que aquí usemos la legislación de estados unidos en lugar de buscar una más adaptada a los países hispanohablantes. En el peor escenario, se anularían los cambios que realizaramos, pero regresariamos a la situación actual de aplicar solo la legislación estadounidense. --[[Usuario:Tximitx|Tximitx]] ([[Usuario discusión:Tximitx|discusión]]) 11:36 30 jun 2018 (UTC)
:::Muchas gracias por la aclaración.--[[Usuario:Chamarasca|Chamarasca]] ([[Usuario discusión:Chamarasca|discusión]]) 12:21 30 jun 2018 (UTC)