Diferencia entre revisiones de «Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera: 10»

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1. DESPLAZAMIENTO TERRESTRE <br/>
2. DESPLAZAMIENTO VEHICULAR
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=Protocolo del capítulo de Seguridad para LAS y LOS INTEGRANTES DEL MECANISMO DE MONITOREO Y VERIFICACION (MM&V) del Acuerdo de Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo (CFHBD) y Dejación de las Armas (DA)=
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<center><font size="+2"><b>SEGURIDAD PARA LAS Y LOS INTEGRANTES DEL MECANISMO DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN (MM&V) DURANTE EL CFHBD Y DA.</b></font></center>
Acuerdo Final 24.08.2016
 
Protocolo del capítulo de Seguridad para LAS y LOS INTEGRANTES DEL MECANISMO DE MONITOREO Y VERIFICACION (MM&V) del Acuerdo de Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo (CFHBD) y Dejación de las Armas (DA)
 
SEGURIDAD PARA LAS Y LOS INTEGRANTES DEL MECANISMO DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN (MM&V) DURANTE EL CFHBD Y DA.
El protocolo contiene las medidas establecidas de manera conjunta entre el Gobierno Nacional y las FARC- EP, para garantizar la seguridad de las personas que integran los equipos del MM&V durante el CFHBD y DA.
 
1. La seguridad de las y los integrantes del MM&V se presta por parte de las instituciones del Estado definidas para este fin, realizando las coordinaciones que sean pertinentes con las FARC-EP y el responsable de seguridad del Componente Internacional del MM&V (CI-MM&V).
2* 1. LasLa medidas en materiaseguridad de seguridad para las y los integrantes del MM&V se implementanpresta depor acuerdoparte conde las necesidadesinstituciones logísticas,del administrativasEstado ydefinidas depara recursoseste fin, en coordinación conrealizando las ycoordinaciones losque delegadossean delpertinentes CI-MM&V ycon las FARC-EP, designadosy parael esteresponsable finde seguridad del Componente Internacional del MM&V (CI-MM&V).
* 2. Las medidas en materia de seguridad para las y los integrantes del MM&V se implementan de acuerdo con las necesidades logísticas, administrativas y de recursos, en coordinación con las y los delegados del CI-MM&V y las FARC-EP, designados para este fin.
3. Los esquemas de protección del MM&V, se adoptan conforme a las características del terreno, las condiciones socioeconómicas y la identificación de posibles amenazas en cada zona en particular, de acuerdo a la apreciación de situación que para cada caso se elabora y la información que para el efecto suministren el Gobierno Nacional, las FARC-EP y el CI-MM&V.
* 3. Los esquemas de protección del MM&V, se adoptan conforme a las características del terreno, las condiciones socioeconómicas y la identificación de posibles amenazas en cada zona en particular, de acuerdo a la apreciación de situación que para cada caso se elabora y la información que para el efecto suministren el Gobierno Nacional, las FARC-EP y el CI-MM&V.
4. Las instituciones de seguridad del Estado, realizan los análisis de situación por contexto en cada una de las zonas comprometidas para el CFHBD y DA y adoptan las medidas de protección y autoprotección de las y los integrantes de los equipos de MM&V, conforme a las características de sus funciones. Especialmente deberán asegurar que los desplazamientos del MM&V se realicen por rutas seguras, sin minas antipersonal (MAP), artefactos explosivos improvisados (AEI) y municiones sin explotar (MUSE) o restos explosivos de guerra (REG).
* 4. Las instituciones de seguridad del Estado, realizan los análisis de situación por contexto en cada una de las zonas comprometidas para el CFHBD y DA y adoptan las medidas de protección y autoprotección de las y los integrantes de los equipos de MM&V, conforme a las características de sus funciones.
Para este efecto, se toman en cuenta las observaciones que hagan las FARC-EP, y se realizan todas las coordinaciones que sean pertinentes.
: Especialmente deberán asegurar que los desplazamientos del MM&V se realicen por rutas seguras, sin minas antipersonal (MAP), artefactos explosivos improvisados (AEI) y municiones sin explotar (MUSE) o restos explosivos de guerra (REG).
5. Para el cumplimiento de sus funciones, las y los integrantes del MM&V portan de manera obligatoria los distintivos, identificaciones y emblemas correspondientes, según se defina con el CI-MM&V y se implementan las medidas integrales por parte del Estado que sean necesarias para garantizar y facilitar su movilidad y actividad en el territorio nacional.
: Para este efecto, se toman en cuenta las observaciones que hagan las FARC-EP, y se realizan todas las coordinaciones que sean pertinentes.
6. Las sedes designadas para el cumplimiento de las funciones de los equipos del MM&V, cuentan con la seguridad y protección pertinente por parte de las organizaciones del Estado asignadas para este fin; y se tendrán en cuenta las observaciones que en materia de seguridad presenten las FARC-EP.
* 5. Para el cumplimiento de sus funciones, las y los integrantes del MM&V portan de manera obligatoria los distintivos, identificaciones y emblemas correspondientes, según se defina con el CI-MM&V y se implementan las medidas integrales por parte del Estado que sean necesarias para garantizar y facilitar su movilidad y actividad en el territorio nacional.
7. Los desplazamientos que por razón de sus funciones realice el MM&V, son informados a través de los procedimientos definidos para el efecto y coordinados con las y los integrantes de la Fuerza Pública y
* 6. Las sedes designadas para el cumplimiento de las funciones de los equipos del MM&V, cuentan con la seguridad y protección pertinente por parte de las organizaciones del Estado asignadas para este fin; y se tendrán en cuenta las observaciones que en materia de seguridad presenten las FARC-EP.
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* 7. Los desplazamientos que por razón de sus funciones realice el MM&V, son informados a través de los procedimientos definidos para el efecto y coordinados con las y los integrantes de la Fuerza Pública y las FARC-EP en el nivel nacional, regional y local, para lo cual se cuenta con los medios y canales de comunicación pertinentes.
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* 8. El Gobierno Nacional implementa todas las medidas necesarias para atender las contingencias y evacuaciones médicas que eventualmente se presenten a las y los integrantes del MM&V dentro del territorio nacional.
Acuerdo Final 24.08.2016
* 9. El Gobierno Nacional (Fuerza Pública) y las FARC-EP proporcionan información al MM&V sobre eventuales amenazas que puedan afectar su seguridad. Para este fin se ha implementado un procedimiento de seguimiento y verificación de alertas tempranas, que permite la neutralización de acciones que pongan en riesgo la integridad física de todas y todos los participantes en el CFHBD y DA.
las FARC-EP en el nivel nacional, regional y local, para lo cual se cuenta con los medios y canales de comunicación pertinentes.
* 10. Las y los integrantes del MM&V, son informados y se comprometen a seguir las recomendaciones que en materia de seguridad y protección, les sean realizadas por las instituciones de seguridad del Estado designadas para esta misión y las que presenten en este sentido las FARC-EP.
8. El Gobierno Nacional implementa todas las medidas necesarias para atender las contingencias y evacuaciones médicas que eventualmente se presenten a las y los integrantes del MM&V dentro del territorio nacional.
* 11. Al interior de las ZVTN y PTN, la seguridad y protección de las y los integrantes del MM&V, es coordinada entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP.
9. El Gobierno Nacional (Fuerza Pública) y las FARC-EP proporcionan información al MM&V sobre eventuales amenazas que puedan afectar su seguridad. Para este fin se ha implementado un procedimiento de seguimiento y verificación de alertas tempranas, que permite la neutralización de acciones que pongan en riesgo la integridad física de todas y todos los participantes en el CFHBD y DA.
* 12. En las Zona de Seguridad de las ZVTN y los PTN, el MM&V es acompañado de seguridad policial cuando las circunstancias así lo requieran, de común acuerdo entre el Gobierno Nacional y las FARC- EP.
10. Las y los integrantes del MM&V, son informados y se comprometen a seguir las recomendaciones que en materia de seguridad y protección, les sean realizadas por las instituciones de seguridad del Estado designadas para esta misión y las que presenten en este sentido las FARC-EP.
* 13. Para la evacuación y atención médica de las mujeres, se observarán sus necesidades específicas, así como los riesgos propios de su condición femenina.
11. Al interior de las ZVTN y PTN, la seguridad y protección de las y los integrantes del MM&V, es
 
coordinada entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP.
 
12. En las Zona de Seguridad de las ZVTN y los PTN, el MM&V es acompañado de seguridad policial cuando las circunstancias así lo requieran, de común acuerdo entre el Gobierno Nacional y las FARC- EP.
=Protocolo del capítulo de Seguridad para LAS Y LOS DELEGADOS Y SERVIDORES PUBLICOS del Acuerdo de Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo (CFHBD) y Dejación de las Armas (DA).=
13. Para la evacuación y atención médica de las mujeres, se observarán sus necesidades específicas, así
<center><font size="+2"><b>SEGURIDAD PARA LAS Y LOS DELEGADOS Y SERVIDORES PÚBLICOS DURANTE EL CFHBD Y DA.</b></font></center>
como los riesgos propios de su condición femenina.
 
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Acuerdo Final 24.08.2016
Protocolo del capítulo de Seguridad para LAS Y LOS DELEGADOS Y SERVIDORES PUBLICOS del Acuerdo de Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo (CFHBD) y Dejación de las Armas (DA).
SEGURIDAD PARA LAS Y LOS DELEGADOS Y SERVIDORES PÚBLICOS DURANTE EL CFHBD Y DA.
El presente protocolo contiene las medidas establecidas de manera conjunta entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP, para garantizar la seguridad de las y los delegados del Gobierno Nacional y servidores públicos durante el CFHBD y DA.
 
1. La seguridad de las y los delegados del Gobierno y de los servidores públicos, está bajo la responsabilidad de las instituciones de seguridad del Estado, conforme a la normatividad vigente prevista para esta actividad.
2* 1. La seguridad parade las y los delegados del Gobierno y de los servidores públicos, está relacionadabajo conla losresponsabilidad desplazamientos, ingreso y permanencia ende las Zonas Veredales Transitorias de Normalización, ZVTN y los PTN y zonasinstituciones de seguridad de lasdel anterioresEstado, conforme a sula misiónnormatividad pertinentevigente alprevista procesopara de CFHBD yesta DAactividad.
* 2. La seguridad para las y los delegados del Gobierno y servidores públicos, está relacionada con los desplazamientos, ingreso y permanencia en las Zonas Veredales Transitorias de Normalización, ZVTN y los PTN y zonas de seguridad de las anteriores, conforme a su misión pertinente al proceso de CFHBD y DA.
3. El Gobierno Nacional y las FARC-EP pondrán en conocimiento del MM&V cualquier información que indique amenaza contra las y los delegados de Gobierno y servidores públicos comprometidos con el proceso del CFHBD y DA.
* 3. El Gobierno Nacional y las FARC-EP pondrán en conocimiento del MM&V cualquier información que indique amenaza contra las y los delegados de Gobierno y servidores públicos comprometidos con el proceso del CFHBD y DA.
4. Las y los delegados del Gobierno y servidores públicos comprometidos en el CFHBD y DA, acatan las medidas que en materia de seguridad y protección han sido establecidas por las instituciones de seguridad del Estado asignadas a esta misión y las recomendaciones que en esta materia presenten las FARC-EP.
* 4. Las y los delegados del Gobierno y servidores públicos comprometidos en el CFHBD y DA, acatan las medidas que en materia de seguridad y protección han sido establecidas por las instituciones de seguridad del Estado asignadas a esta misión y las recomendaciones que en esta materia presenten las FARC-EP.
5. Las autoridades civiles no armadas, las y los funcionarios públicos que ingresen a las ZVTN y los PTN y sus zonas de seguridad, conforme a lo acordado entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP, acatan las medidas que en materia de seguridad se han establecido en el Acuerdo de CFHBD y DA.
* 5. Las autoridades civiles no armadas, las y los funcionarios públicos que ingresen a las ZVTN y los PTN y sus zonas de seguridad, conforme a lo acordado entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP, acatan las medidas que en materia de seguridad se han establecido en el Acuerdo de CFHBD y DA.
6. Para la evacuación y atención médica de las mujeres, se observarán sus necesidades específicas, así
* 6. Para la evacuación y atención médica de las mujeres, se observarán sus necesidades específicas, así como los riesgos propios de su condición femenina.
 
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=Protocolo del capítulo de Seguridad para LAS Y LOS INTEGRANTES DE LAS FARC-EP del Acuerdo de Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo (CFHBD) y Dejación de las Armas (DA).=
Acuerdo Final 24.08.2016
Protocolo<center><font delsize="+2"><b>SEGURIDAD capítulo de Seguridad paraPARA LAS Y LOS INTEGRANTES DE LAS FARC-EP delDURANTE EL CFHBD Y AcuerdoDA.</b></font></center>
 
de Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo (CFHBD) y
 
Dejación de las Armas (DA).
SEGURIDAD PARA LAS Y LOS INTEGRANTES DE LAS FARC-EP DURANTE EL CFHBD Y DA.
El protocolo contiene las medidas establecidas de manera conjunta entre el Gobierno Nacional y las FARC- EP, para garantizar la seguridad de las y los integrantes de las FARC-EP durante el CFHBD y DA.
 
1- Dentro de las Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN) y los Puntos Transitorios de Normalización (PTN), los mandos de las FARC-EP son responsables de la seguridad e integridad de su personal.
* 1- Dentro de las Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN) y los Puntos Transitorios de Normalización (PTN), los mandos de las FARC-EP son responsables de la seguridad e integridad de su personal.
2- Por fuera de los campamentos las y los integrantes de las FARC-EP transitan en traje de civil y sin
* 2- Por fuera de los campamentos las y los integrantes de las FARC-EP transitan en traje de civil y sin armamento.
armamento.
* 3- Las FARC-EP designa un grupo de 60 de sus integrantes que pueden movilizarse a nivel nacional en cumplimiento de tareas relacionadas con el Acuerdo de Paz. Para estos desplazamientos, las y los integrantes de las FARC-EP contarán con las medidas de seguridad acordadas entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP en el Acuerdo de Garantías de Seguridad correspondiente a los subpuntos 4 y 6 del punto 3, Fin del Conflicto. En la medida que los integrantes de las FARC-EP estén capacitados y certificados para integrar el cuerpo de seguridad para este fin, se incorporarán a esta misión.
: Así mismo, por cada ZVTN, las FARC-EP, designa un grupo de 10 de sus integrantes que puede movilizarse a nivel municipal y departamental en cumplimiento de tareas relacionadas con el Acuerdo de Paz, para lo cual se dispone de dos equipos de protección por Zona para los desplazamientos. Las salidas de las ZVTN y los PTN se hacen con corresponsabilidad de los mandos de las FARC-EP.
* 4- Las y los integrantes de las FARC-EP que salen a recibir atención médica de emergencia o tratamiento médico especializado que no se puede brindar dentro de las ZVTN o los PTN, cuentan con los medios y las medidas de protección necesarias.
* 5- Para la evacuación y atención médica de las mujeres, se tendrán en cuenta sus necesidades específicas, así como los riesgos propios de su condición femenina.
* 6- Las medidas de protección a implementar para los desplazamientos, se coordinan con los organismos de seguridad del Estado que sean necesarios y de manera previa se requiere información detallada de la cantidad de personas, fechas de salida y retorno, rutas de desplazamiento y lugares específicos a visitar a efectos de realizar las coordinaciones pertinentes.
específicas, así como los riesgos propios de su condición femenina.
* 7- Las y los integrantes de las FARC-EP cuentan para sus desplazamientos con la respectiva acreditación que les garantiza su libre tránsito.
6- Las medidas de protección a implementar para los desplazamientos, se coordinan con los organismos de seguridad del Estado que sean necesarios y de manera previa se requiere información detallada de la cantidad de personas, fechas de salida y retorno, rutas de desplazamiento y lugares específicos a visitar a efectos de realizar las coordinaciones pertinentes.
* 8- El Gobierno Nacional proporciona los medios humanos, logísticos, técnicos, de comunicaciones y de movilidad que sean necesarios para los desplazamientos y que requieran los dispositivos de protección y seguridad.
7- Las y los integrantes de las FARC-EP cuentan para sus desplazamientos con la respectiva acreditación
* 9- Las medidas de protección que se implementan para los desplazamientos de las y los integrantes de las FARC-EP, se efectúan de acuerdo al nivel de riesgo identificado por los equipos de seguridad y protección de cada ZVTN y los PTN, en coordinación con las FARC-EP y el MM&V.
que les garantiza su libre tránsito.
* 10- Para las salidas especiales de que trata el Acuerdo de CFHBD y DA, se dispone de dos equipos de protección por cada ZVTN y los PTN; para efectos de garantizar las medidas de seguridad a las que hace alusión el referido Acuerdo, se establece un procedimiento que es coordinado por el MM&V, en el que se determina entre otros los siguientes aspectos:
8- El Gobierno Nacional proporciona los medios humanos, logísticos, técnicos, de comunicaciones y de movilidad que sean necesarios para los desplazamientos y que requieran los dispositivos de protección y seguridad.
** Designación por cada ZVTN y los PTN del responsable de las FARC-EP que autoriza a las y los integrantes de esta organización que realizarán las correspondientes salidas e imparte a las y los integrantes de las FARC-EP instrucciones pertinentes en materia de seguridad tal como lo contempla el Acuerdo de CFHBD y DA.
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** Coordinación de los cronogramas de salida.
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** Fecha y hora del inicio del desplazamiento.
Acuerdo Final 24.08.2016
** Evaluación del riesgo de la persona a salir.
9- Las medidas de protección que se implementan para los desplazamientos de las y los integrantes de las FARC-EP, se efectúan de acuerdo al nivel de riesgo identificado por los equipos de seguridad y protección de cada ZVTN y los PTN, en coordinación con las FARC-EP y el MM&V.
** Lugares, rutas y cronograma de los desplazamientos.
10- Para las salidas especiales de que trata el Acuerdo de CFHBD y DA, se dispone de dos equipos de protección por cada ZVTN y los PTN; para efectos de garantizar las medidas de seguridad a las que hace alusión el referido Acuerdo, se establece un procedimiento que es coordinado por el MM&V, en el que se determina entre otros los siguientes aspectos:
** Coordinación y disposición de los medios de transporte, logísticos y humanos disponibles para los desplazamientos.
• Designación por cada ZVTN y los PTN del responsable de las FARC-EP que autoriza a las y los integrantes de esta organización que realizarán las correspondientes salidas e imparte a las y los integrantes de las FARC-EP instrucciones pertinentes en materia de seguridad tal como lo contempla el Acuerdo de CFHBD y DA.
** Coordinación interinstitucional, de la entidad encargada de brindar la seguridad y protección de las y los integrantes de las FARC-EP, con los demás organismos del Estado que resulte pertinente.
• Coordinación de los cronogramas de salida.
** Durante estos desplazamientos hay comunicación permanente con las diferentes instancias del MM&V, conforme a los lugares de permanencia y rutas empleadas.
• Fecha y hora del inicio del desplazamiento.
 
• Evaluación del riesgo de la persona a salir.
 
• Lugares, rutas y cronograma de los desplazamientos.
=Protocolo del capítulo de Seguridad para la POBLACIÓN CIVIL del Acuerdo de Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo (CFHBD) y Dejación de las Armas (DA).=
• Coordinación y disposición de los medios de transporte, logísticos y humanos disponibles para los desplazamientos.
<center><font size="+2"><b>SEGURIDAD PARA LA POBLACIÓN CIVIL DURANTE EL CFHBD Y DA.</b></font></center>
• Coordinación interinstitucional, de la entidad encargada de brindar la seguridad y protección de las y los integrantes de las FARC-EP, con los demás organismos del Estado que resulte pertinente.
 
• Durante estos desplazamientos hay comunicación permanente con las diferentes instancias del MM&V, conforme a los lugares de permanencia y rutas empleadas.
 
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Acuerdo Final 24.08.2016
Protocolo del capítulo de Seguridad para la POBLACIÓN CIVIL del Acuerdo de Cese al Fuego y
de Hostilidades Bilateral y Definitivo (CFHBD) y Dejación de las Armas (DA).
SEGURIDAD PARA LA POBLACIÓN CIVIL DURANTE EL CFHBD Y DA.
El protocolo contiene las medidas establecidas de manera conjunta entre el Gobierno Nacional y las FARC- EP, para garantizar la seguridad y convivencia de la población civil en las Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN) y Puntos Transitorios de Normalización (PTN) y sus correspondientes Zonas de Seguridad (ZS) durante el CFHBD y DA.
 
1. El Gobierno Nacional continúa garantizando las condiciones de convivencia y seguridad de la población civil, durante el CFHBD y DA, fomentando y afianzando los mecanismos de participación ciudadana y comunitaria.
* 1. El Gobierno Nacional continúa garantizando las condiciones de convivencia y seguridad de la población civil, durante el CFHBD y DA, fomentando y afianzando los mecanismos de participación ciudadana y comunitaria.
* 2. La seguridad de la población civil en las ZVTN, los PTN y sus correspondientes ZS, durante el CFHBD y DA, está sustentada en la puesta en práctica de medidas en materia de Derechos Humanos que permitan su protección frente a potenciales amenazas que pongan en riesgo la vida, integridad personal, libertades civiles y su patrimonio.
* 3. El Gobierno Nacional y las FARC-EP, pondrán en conocimiento del MM&V cualquier información sobre amenazas que pongan en riesgo la seguridad de la población civil a efectos de adoptar las medidas correspondientes.
* 4. El Gobierno Nacional adelantará todas las actividades de confirmación y neutralización que surjan de las alertas tempranas que se presentan, en relación con amenazas que pongan en riesgo la población civil, realizando las coordinaciones que sean pertinentes con las FARC-EP y el MM&V, para garantizar el CFHBD y DA.
* 5. Durante la vigencia de las ZVTN y PTN será suspendido el porte y la tenencia de armas para la población civil dentro de dichas zonas y en las ZS.
* 6. La seguridad para las personas que ingresen a las ZVTN y los PTN se sustenta en los siguientes criterios:
población civil dentro de dichas zonas y en las ZS.
** Cada ZVTN y PTN cuenta con un área de recepción, para atender las personas que lleguen a la misma.
6. La seguridad para las personas que ingresen a las ZVTN y los PTN se sustenta en los siguientes criterios:
** En los campamentos no hay ni puede ingresar población civil en ningún momento.
• Cada ZVTN y PTN cuenta con un área de recepción, para atender las personas que lleguen a la misma.
** EnRespecto losa campamentosla noseguridad hayde ni puede ingresarla población civil se acata lo acordado en ningúnlas Reglas que Rigen el CFHBD y momentoDA.
 
• Respecto a la seguridad de la población civil se acata lo acordado en las Reglas que Rigen el CFHBD y DA.
 
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=Protocolo del capítulo de Seguridad para los DESPLAZAMIENTOS de las FARC-EP del Acuerdo de Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo (CFHBD) y Dejación de las Armas (DA).=
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<center><font size="+2"><b>SEGURIDAD PARA LOS DESPLAZAMIENTOS DE LAS FARC-EP A LAS ZONAS VEREDALES TRANSITORIAS DE NORMALIZACION (ZVTN) Y PUNTOS TRANSITORIOS DE NORMALIZACION (PTN) DURANTE EL CFHBD Y DA.</b></font></center>
Acuerdo Final 24.08.2016
 
Protocolo del capítulo de Seguridad para los DESPLAZAMIENTOS de las FARC-EP del Acuerdo de Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo (CFHBD) y Dejación de las Armas (DA).
 
SEGURIDAD PARA LOS DESPLAZAMIENTOS DE LAS FARC-EP A LAS ZONAS VEREDALES TRANSITORIAS DE NORMALIZACION (ZVTN) Y PUNTOS TRANSITORIOS DE NORMALIZACION (PTN) DURANTE EL CFHBD Y DA.
El protocolo contiene las medidas establecidas de manera conjunta entre el Gobierno Nacional y las FARC- EP, para garantizar la seguridad de los desplazamientos de las distintas misiones, comisiones y unidades tácticas de combate (UTC) de los frentes de las FARC-EP a las ZVTN y los PTN.
 
1. Para la seguridad de los desplazamientos de las estructuras de las FARC-EP a las ZVTN y PTN se tendrán en cuenta las siguientes medidas: acatamiento de las reglas que rigen el cese al fuego; conocimiento del plan para el desplazamiento; efectiva coordinación y canales seguros de comunicación; medidas de seguridad para la manipulación y transporte de las armas.
* 1. Para la seguridad de los desplazamientos de las estructuras de las FARC-EP a las ZVTN y PTN se tendrán en cuenta las siguientes medidas: acatamiento de las reglas que rigen el cese al fuego; conocimiento del plan para el desplazamiento; efectiva coordinación y canales seguros de comunicación; medidas de seguridad para la manipulación y transporte de las armas.
2. El día D+1 un delegado o delegada del Gobierno Nacional y uno de las FARC-EP entregan las coordenadas de la ubicación de las unidades de la Fuerza Pública y de las FARC-EP al CI-MM&V, para que se adopten las medidas necesarias para posibilitar los desplazamientos de las estructuras de las FARC-EP a las ZVTN y PTN, de manera segura bajo el monitoreo y verificación del MM&V.
* 2. El día D+1 un delegado o delegada del Gobierno Nacional y uno de las FARC-EP entregan las coordenadas de la ubicación de las unidades de la Fuerza Pública y de las FARC-EP al CI-MM&V, para que se adopten las medidas necesarias para posibilitar los desplazamientos de las estructuras de las FARC-EP a las ZVTN y PTN, de manera segura bajo el monitoreo y verificación del MM&V.
Estos movimientos pueden ser acompañados por el MM&V si el Gobierno Nacional y las FARC-EP así lo requieren. En este caso para su seguridad, las y los integrantes del CI-MM&V deberán dar cumplimiento a los estándares mínimos de seguridad del sistema de Naciones Unidas.
3.: ElEstos MM&Vmovimientos realizapueden lasser coordinacionesacompañados pertinentespor conel MM&V si el Gobierno Nacional para que se adopteny las medidasFARC-EP deasí seguridadlo necesariasrequieren. enEn laseste rutascaso depara desplazamientosu deseguridad, las y los integrantes dedel las FARCCI-MM&V EP,deberán desdedar cumplimiento a los lugaresestándares dondemínimos hacende presenciaseguridad adel lassistema ZVTNde yNaciones PTNUnidas.
4* 3. LosEl MM&V realiza las coordinaciones pertinentes con el Gobierno Nacional para que se adopten las desplazamientosmedidas de seguridad necesarias en las rutas de desplazamiento de las y los integrantes de las FARC- EP, desde los lugares donde hacen presencia a las ZVTN y PTN.
* 4. Los desplazamientos de las y los integrantes de las FARC-EP desde los lugares donde hacen presencia a las ZVTN y PTN, son coordinados y monitoreados por el MM&V.
* 5. Para los desplazamientos de las distintas misiones, comisiones y unidades tácticas de combate de los frentes de las FARC-EP a las ZVTN y PTN, el Gobierno Nacional, cuando así se requiera y se solicite a través del MM&V, suministra la logística y medios de transporte para este procedimiento.
* 6. Para los desplazamientos se implementan tres fases acordadas y coordinadas por el MM&V con la Fuerza Pública y las FARC-EP:
** '''1. Planeación''': se hace la coordinación, el alistamiento de los participantes, la disponibilidad de la información, se establece un tiempo prudencial para el repliegue y recomposición de la Fuerza Pública que permita el desplazamiento y se pone en conocimiento el plan a ejecutar a los actores comprometidos.
Fuerza Pública y las FARC-EP:
*** En esta fase, los comandantes de la Fuerza Pública de las regiones comprometidas, certifican por el medio pertinente ante el MM&V, quien lo verifica, que todas las unidades desplegadas en las áreas implicadas tienen pleno conocimiento sobre la planeación de estos desplazamientos.
1. Planeación: se hace la coordinación, el alistamiento de los participantes, la disponibilidad de la información, se establece un tiempo prudencial para el repliegue y recomposición de la Fuerza Pública que permita el desplazamiento y se pone en conocimiento el plan a ejecutar a los actores comprometidos.
*** Para la planeación de los desplazamientos, el MM&V cuentan con todos los datos necesarios y realiza las coordinaciones pertinentes, que garanticen la seguridad y la ausencia de incidentes durante los desplazamientos.
• En esta fase, los comandantes de la Fuerza Pública de las regiones comprometidas, certifican por el medio pertinente ante el MM&V, quien lo verifica, que todas las unidades desplegadas
*** Para los desplazamientos se implementa un plan de comunicaciones ininterrumpido, integral y de coordinación entre los comprometidos en el CFHBD y DA (Gobierno Nacional, MM&V, Fuerza Pública, las FARC-EP), garantizando en todo caso la seguridad de las comunicaciones a efectos de evitar eventuales filtraciones o alteraciones que pongan en riesgo el desplazamiento.
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** '''2. Ejecución''': El día D+1 un delegado o delegada del Gobierno Nacional y uno de las FARC-EP entregan las coordenadas de la ubicación de las unidades de la Fuerza Pública y de las FARC-EP al CI-MM&V, para que se adopten las medidas necesarias para posibilitar los desplazamientos de las estructuras de las FARC-EP a las ZVTN y PTN de manera segura bajo el monitoreo y verificación del MM&V.
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*** Este mismo día (D+1) se realizan los ajustes de los dispositivos de la Fuerza Pública, para permitir los desplazamientos por las rutas definidas hacia las ZVTN y PTN, lo cual es verificado por el MM&V.
Acuerdo Final 24.08.2016
*** El día D+5, las distintas misiones, comisiones y unidades tácticas de combate (UTC) de los frentes de las FARC-EP, previa confirmación por parte del MM&V de la adecuación de los dispositivos en el terreno de la Fuerza Pública, se desplazarán hacia ZVTN y PTN, teniendo en cuenta las medidas de seguridad establecidas en el presente protocolo.
en las áreas implicadas tienen pleno conocimiento sobre la planeación de estos desplazamientos.
** '''3. Adaptación''': en esta fase, una vez finalizados los desplazamientos, la Fuerza Pública adapta los dispositivos en el terreno según corresponda, en concordancia con lo establecido en el Acuerdo de CFHBD y DA.
• Para la planeación de los desplazamientos, el MM&V cuentan con todos los datos necesarios y realiza las coordinaciones pertinentes, que garanticen la seguridad y la ausencia de incidentes durante los desplazamientos.
 
• Para los desplazamientos se implementa un plan de comunicaciones ininterrumpido, integral y de coordinación entre los comprometidos en el CFHBD y DA (Gobierno Nacional, MM&V, Fuerza Pública, las FARC-EP), garantizando en todo caso la seguridad de las comunicaciones a efectos de evitar eventuales filtraciones o alteraciones que pongan en riesgo el desplazamiento.
 
2. Ejecución: El día D+1 un delegado o delegada del Gobierno Nacional y uno de las FARC-EP entregan las coordenadas de la ubicación de las unidades de la Fuerza Pública y de las FARC-EP al CI-MM&V, para que se adopten las medidas necesarias para posibilitar los desplazamientos de las estructuras de las FARC-EP a las ZVTN y PTN de manera segura bajo el monitoreo y verificación del MM&V.
=Protocolo del capítulo de Seguridad para los DISPOSITIVOS EN EL TERRENO del Acuerdo de Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo (CFHBD) y Dejación de las Armas (DA).=
• Este mismo día (D+1) se realizan los ajustes de los dispositivos de la Fuerza Pública, para permitir los desplazamientos por las rutas definidas hacia las ZVTN y PTN, lo cual es verificado por el MM&V.
<center><font size="+2"><b>SEGURIDAD EN LAS ZONAS VEREDALES TRANSITORIAS DE NORMALIZACIÓN (ZVTN) Y LOS PUNTOS TRANSITORIOS DE NORMALIZACIÓN (PTN) DURANTE EL CFHBD Y DA.</b></font></center>
• El día D+5, las distintas misiones, comisiones y unidades tácticas de combate (UTC) de los frentes de las FARC-EP, previa confirmación por parte del MM&V de la adecuación de los dispositivos en el terreno de la Fuerza Pública, se desplazarán hacia ZVTN y PTN, teniendo en cuenta las medidas de seguridad establecidas en el presente protocolo.
 
3. Adaptación: en esta fase, una vez finalizados los desplazamientos, la Fuerza Pública adapta los dispositivos en el terreno según corresponda, en concordancia con lo establecido en el Acuerdo de CFHBD y DA.
 
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Acuerdo Final 24.08.2016
Protocolo del capítulo de Seguridad para los DISPOSITIVOS EN EL TERRENO del Acuerdo de Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo (CFHBD) y Dejación de las Armas (DA).
SEGURIDAD EN LAS ZONAS VEREDALES TRANSITORIAS DE NORMALIZACIÓN (ZVTN) Y LOS PUNTOS TRANSITORIOS DE NORMALIZACIÓN (PTN) DURANTE EL CFHBD Y DA.
El protocolo contiene las medidas establecidas de manera conjunta entre el Gobierno Nacional y las FARC- EP, para garantizar la seguridad en las Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN) y los Puntos Transitorios de Normalización (PTN).
 
1. La seguridad en las ZVTN y los PTN se soporta en los siguientes aspectos: Límites específicos; una zona de seguridad en su contorno; dispositivos de seguridad; adecuada infraestructura física y aprovisionamiento logístico; seguridad en las comunicaciones; normas de convivencia; atención médica básica; y un plan de evacuación frente a emergencias y desastres naturales.
* 1. La seguridad en las ZVTN y los PTN se soporta en los siguientes aspectos: Límites específicos; una zona de seguridad en su contorno; dispositivos de seguridad; adecuada infraestructura física y aprovisionamiento logístico; seguridad en las comunicaciones; normas de convivencia; atención médica básica; y un plan de evacuación frente a emergencias y desastres naturales.
2. El Gobierno Nacional y las FARC- EP delimitan claramente las ZVTN y los PTN, estableciendo los sitios
* 2. El Gobierno Nacional y las FARC- EP delimitan claramente las ZVTN y los PTN, estableciendo los sitios de referencia como accidentes geográficos, coordenadas y mojones.
* 3. Durante la vigencia del Acuerdo del CFHBD y DA la seguridad en las ZVTN y los PTN, es coordinada entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP. Para los dispositivos en el terreno la seguridad se coordinará entre el Gobierno Nacional y el MM&V.
* 4. Alrededor de las ZVTN y los PTN se implementa una zona de seguridad de un kilómetro (1 Km) para evitar incidentes o accidentes. Esta zona de seguridad esta supervisada por el MM&V y en ella no hacen presencia integrantes de la Fuerza Pública o de las FARC-EP, con excepción de los equipos de monitoreo y verificación acompañados de seguridad policial cuando las circunstancias así lo requieran.
* 5. En cada ZVTN se identifica un solo campamento dentro del cual se establece un sitio específico donde son ubicados los contenedores para almacenar el armamento y la munición de las FARC-EP. Estos lugares están plenamente identificados y cuentan con los respectivos controles y medidas de seguridad, bajo la supervisión del Componente Internacional del MM&V (CI-MM&V). Con este mismo fin, en los PTN se ubica un solo sitio en el campamento.
* 6. Durante la vigencia de las ZVTN y los PTN es suspendido el porte y la tenencia de armas para la población civil. Por fuera de los campamentos las y los integrantes de las FARC-EP transitan en traje de civil y sin armamento.
* 7. Fuera de los campamentos y dentro de las ZVTN y los PTN se ubica una recepción para que las FARC-EP atienda las visitas.
* 8. Las funcionarias y funcionarios públicos que brinden capacitación a las y los integrantes de las FARC- EP en las ZVTN y los PTN conforme a lo establecido en el Acuerdo CFHBD y DA, portan su respectiva acreditación.
EP atienda las visitas.
* 9. Los aspectos relacionados con la seguridad en las ZVTN y los PTN (esquemas de protección, dispositivos de seguridad) son coordinados con el Grupo de Conducción del MM&V local.
8. Las funcionarias y funcionarios públicos que brinden capacitación a las y los integrantes de las FARC- EP en las ZVTN y los PTN conforme a lo establecido en el Acuerdo CFHBD y DA, portan su respectiva acreditación.
* 10. Las sedes locales cuentan con los medios técnicos necesarios para garantizar una efectiva y segura comunicación con las diferentes unidades de la Fuerza Pública, el MM&V y las FARC–EP. Para este propósito se implementan medidas de seguridad en las comunicaciones (código, claves, frecuencias y horarios de los programas).
9. Los aspectos relacionados con la seguridad en las ZVTN y los PTN (esquemas de protección,
* 11. En las sedes locales se implementa el proceso de seguimiento de alertas tempranas, mediante el cual se recepciona y difunde información a quien corresponda, con el fin de neutralizar eventuales amenazas que puedan afectar a las y los integrantes de las FARC- EP, del Gobierno Nacional, del MM&V, de la población civil y/o el normal funcionamiento de las ZVTN, los PTN y los dispositivos en el terreno de la Fuerza Pública.
dispositivos de seguridad) son coordinados con el Grupo de Conducción del MM&V local.
* 12. El Gobierno Nacional toma las medidas necesarias para evitar el ingreso a las ZVTN y los PTN de personas que tengan requerimientos pendientes con las autoridades judiciales. En ningún caso estas medidas serán utilizadas para obstaculizar la llegada de visitantes a las ZVTN y PTN.
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* 13. En caso de presentarse dentro de una ZVTN o PTN algún hecho o circunstancia que requiera la presencia de la Policía Nacional o cualquier otra autoridad armada del Estado, se hace en coordinación con el MM&V, de acuerdo al siguiente procedimiento:
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** Una vez el MM&V conozca el hecho inicia las coordinaciones con los mandos de las FARC EP en la zona correspondiente y el Gobierno Nacional.
Acuerdo Final 24.08.2016
** El MM&V evalúa la situación y adelanta el procedimiento en lo que le corresponde.
10. Las sedes locales cuentan con los medios técnicos necesarios para garantizar una efectiva y segura comunicación con las diferentes unidades de la Fuerza Pública, el MM&V y las FARC–EP. Para este propósito se implementan medidas de seguridad en las comunicaciones (código, claves, frecuencias y horarios de los programas).
** El MM&V solicita al Gobierno Nacional el apoyo de la autoridad correspondiente.
11. En las sedes locales se implementa el proceso de seguimiento de alertas tempranas, mediante el cual se recepciona y difunde información a quien corresponda, con el fin de neutralizar eventuales amenazas que puedan afectar a las y los integrantes de las FARC- EP, del Gobierno Nacional, del MM&V, de la población civil y/o el normal funcionamiento de las ZVTN, los PTN y los dispositivos en el terreno de la Fuerza Pública.
** La autoridad designada por el Gobierno Nacional toma contacto con el MM&V.
12. El Gobierno Nacional toma las medidas necesarias para evitar el ingreso a las ZVTN y los PTN de personas que tengan requerimientos pendientes con las autoridades judiciales. En ningún caso estas medidas serán utilizadas para obstaculizar la llegada de visitantes a las ZVTN y PTN.
** El MM&V realiza las coordinaciones pertinentes con las FARC-EP para el ingreso de la autoridad a la ZVTN o PTN.
13. En caso de presentarse dentro de una ZVTN o PTN algún hecho o circunstancia que requiera la presencia de la Policía Nacional o cualquier otra autoridad armada del Estado, se hace en coordinación con el MM&V, de acuerdo al siguiente procedimiento:
** El ingreso y permanencia durante las diligencias de los funcionarios a la ZVTN y los PTN es acompañado por los integrantes del MM&V.
• Una vez el MM&V conozca el hecho inicia las coordinaciones con los mandos de las FARC EP en la zona correspondiente y el Gobierno Nacional.
** Durante el procedimiento el MM&V mantiene permanente contacto con los mandos de las FARC-EP en la ZVTN o PTN respectivo.
• El MM&V evalúa la situación y adelanta el procedimiento en lo que le corresponde.
 
• El MM&V solicita al Gobierno Nacional el apoyo de la autoridad correspondiente.
 
• La autoridad designada por el Gobierno Nacional toma contacto con el MM&V.
=Protocolos de seguridad para la MANIPULACIÓN, ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE Y CONTROL ARMAS durante el CFHBD y DA=
• El MM&V realiza las coordinaciones pertinentes con las FARC-EP para el ingreso de la autoridad a la ZVTN o PTN.
 
• El ingreso y permanencia durante las diligencias de los funcionarios a la ZVTN y los PTN es acompañado por los integrantes del MM&V.
 
• Durante el procedimiento el MM&V mantiene permanente contacto con los mandos de las FARC-EP en la ZVTN o PTN respectivo.
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Protocolos de seguridad para la MANIPULACIÓN, ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE Y CONTROL ARMAS durante el CFHBD y DA
El protocolo contiene las medidas establecidas de manera conjunta entre las FARC-EP y el CI-MM&V para garantizar la seguridad durante la manipulación, almacenamiento, transporte y control de armas de fuego, municiones y explosivos en el proceso del CFHBD y DA, los cuales serán monitoreados y verificados por el CI – MM&V.
 
a. Manipulación
===a. Manipulación===
1. Durante los desplazamientos hacia las ZVTN, PTN y en los campamentos, no se podrá manipular ningún tipo de explosivo, munición explosiva, sustancias peligrosas o artefactos explosivos improvisados.
* 1. Durante los desplazamientos hacia las ZVTN, PTN y en los campamentos, no se podrá manipular ningún tipo de explosivo, munición explosiva, sustancias peligrosas o artefactos explosivos improvisados.
2. Por seguridad, no se podrá manipular, portar o tener armas de fuego, municiones y explosivos al interior de los dormitorios, comedores, aulas, baños y áreas de recreación de los campamentos, ni en las recepciones implementadas para cada una de las ZVTN y los PTN.
* 2. Por seguridad, no se podrá manipular, portar o tener armas de fuego, municiones y explosivos al interior de los dormitorios, comedores, aulas, baños y áreas de recreación de los campamentos, ni en las recepciones implementadas para cada una de las ZVTN y los PTN.
3. Para el porte, manipulación y mantenimiento de las armas de fuego se aplicarán las normas de
* 3. Para el porte, manipulación y mantenimiento de las armas de fuego se aplicarán las normas de seguridad establecidas en el decálogo de seguridad con las armas de fuego.
* 4. La destrucción del armamento inestable se efectúa por parte de las FARC- EP en coordinación con el CI-MM&V, teniendo en cuenta los estandares internacionales en seguridad. El CI-MM&V certifica y comunica este procedimiento.
* 5. Se deberá asegurar que los sitios donde se vaya a realizar la destrucción de material inestable, y sus rutas de aproximación, se encuentren libres de minas antipersonal (MAP), artefactos explosivos improvisados (AEI), municiones sin explotar (MUSE) o restos explosivos de guerra (REG).
* 6. Para este procedimiento se garantiza la presencia de una o un paramédico con equipamiento y medicamentos y se deberá tener previsto la evacuación sanitaria en caso de accidente o emergencia médica, lo cual deberá ser coordinado por el MM&V.
* 7. Las FARC-EP en cada campamento es responsable de hacer cumplir las normas de seguridad de manipulación del armamento.
 
manipulación del armamento.
 
b. Almacenamiento
===b. Almacenamiento===
1. El CI-MM&V, establecerá las condiciones necesarias para el almacenamiento seguro de las armas y municiones una vez ingresen a las ZVTN y los PTN, según los estándares establecidos en la materia por la ONU.
* 1. El CI-MM&V, establecerá las condiciones necesarias para el almacenamiento seguro de las armas y municiones una vez ingresen a las ZVTN y los PTN, según los estándares establecidos en la materia por la ONU.
c. Transporte
 
1. Bajo ninguna circunstancia serán transportados hacia las ZVTN y los PTN armamento inestable.
 
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===c. Transporte===
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* 1. Bajo ninguna circunstancia serán transportados hacia las ZVTN y los PTN armamento inestable.
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* 2. El transporte de las armas de acompañamiento y las municiones a las ZVTN y PTN se realizará bajo los lineamientos de seguridad establecidos en los estándares internacionales.
* 3. El CI-MM&V coordinará con el Gobierno Nacional, la implementación de los dispositivos de seguridad para el transporte de las armas y municiones de las FARC-EP hacia las ZVTN y los PTN, cuando se requiera.
los lineamientos de seguridad establecidos en los estándares internacionales.
* 4. Las FARC-EP garantizan que todas las armas relacionadas en el suministro de información entregado al CI-MM&V sean transportadas a las ZVTN y PTN.
3. El CI-MM&V coordinará con el Gobierno Nacional, la implementación de los dispositivos de seguridad para el transporte de las armas y municiones de las FARC-EP hacia las ZVTN y los PTN, cuando se requiera.
* 5. La extracción del armamento de las ZVTN y los PTN a los nuevos sitios de almacenamiento para su disposición final, por parte del CI-MM&V, se realiza bajo los estándares seguridad de la ONU.
4. Las FARC-EP garantizan que todas las armas relacionadas en el suministro de información
 
entregado al CI-MM&V sean transportadas a las ZVTN y PTN.
 
5. La extracción del armamento de las ZVTN y los PTN a los nuevos sitios de almacenamiento para
===d. Control===
su disposición final, por parte del CI-MM&V, se realiza bajo los estándares seguridad de la ONU.
* 1. El CI-MM&V realiza los controles pertinentes de monitoreo y verificación de las armas individuales, de las armas en los armerillos y de las armas en los contenedores conforme a lo establecido en el Acuerdo de CFHBD y DA.
d. Control
* 2. Las FARC-EP se comprometen a difundir a todos sus integrantes los protocolos de seguridad dispuestos para la manipulación, transporte, almacenamiento y control para la seguridad de las armas de fuego y municiones para su puesta en práctica.
1. El CI-MM&V realiza los controles pertinentes de monitoreo y verificación de las armas individuales, de las armas en los armerillos y de las armas en los contenedores conforme a lo establecido en el Acuerdo de CFHBD y DA.
* 3. El CI-MM&V en coordinación con las FARC-EP selecciona un punto seguro, libre de amenazas naturales y artificiales dentro de las ZVTN y PTN para la ubicación de los contenedores donde se van a almacenar las armas de las FARC –EP.
2. Las FARC-EP se comprometen a difundir a todos sus integrantes los protocolos de seguridad dispuestos para la manipulación, transporte, almacenamiento y control para la seguridad de las armas de fuego y municiones para su puesta en práctica.
* 4. El CI-MM&V verifica el cumplimiento de los protocolos de seguridad de la destrucción del armamento inestable, realizando las coordinaciones pertinentes para la seguridad del área con la Fuerza Pública, cuando sea necesario.
3. El CI-MM&V en coordinación con las FARC-EP selecciona un punto seguro, libre de amenazas naturales y artificiales dentro de las ZVTN y PTN para la ubicación de los contenedores donde se van a almacenar las armas de las FARC –EP.
 
4. El CI-MM&V verifica el cumplimiento de los protocolos de seguridad de la destrucción del armamento inestable, realizando las coordinaciones pertinentes para la seguridad del área con la Fuerza Pública, cuando sea necesario.
 
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Protocolo y Anexos del capítulo de LOGÍSTICA del Acuerdo de Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo (CFHBD) y Dejación de las Armas (DA)
El presente protocolo contiene los procedimientos establecidos de manera conjunta entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP para garantizar la logística de las Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN) y Campamentos (Puntos Transitorios de Normalización PTN) y el MM&V (Nacional, regional y local) durante el Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo (CFHBD) y la Dejación de Armas (DA).