Diferencia entre revisiones de «Sección III De las Facultades del Congreso»

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Información actualizada al 26 de mayo de 2015
Línea 211:
XXIX-U. Para expedir las leyes generales que distribuyan competencias entre la Federación y las entidades federativas en materias de partidos políticos; organismos electorales, y procesos electorales, conforme a las bases previstas en esta Constitución.<ref>Fracción adicionada DOF 10-02-2014</ref>
 
XXIX-V. Para expedir la ley general que distribuya competencias entre los órdenes de gobierno para establecer las responsabilidades administrativas de los servidores públicos, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que éstos incurran y las que correspondan a los particulares vinculados con faltas administrativas graves que al efecto
prevea, así como los procedimientos para su aplicación.<ref>Fracción adicionada DOF 27-05-2015</ref><br />
 
XXIX-W. Para expedir leyes en materia de responsabilidad hacendaria que tengan por objeto el
manejo sostenible de las finanzas públicas en la Federación, los Estados, Municipios y el
Distrito Federal, con base en el principio establecido en el párrafo segundo del artículo 25;<ref>Fracción adicionada DOF 26-05-2015</ref>
XXX. Para expedir todas las leyes que sean necesarias, a objeto de hacer efectivas las facultades anteriores, y todas las otras concedidas por esta Constitución a los Poderes de la Unión.<ref>Fracción adicionada DOF 24-10-1942</ref>