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La razón principal que se ha aducido, es que no conviene a las provincias el establecimiento de Cortes, i para corroborar este dicho, se hace ver que hai personas de ellas que lo creen así. Si estas personas de ellas que lo creen así. Si estas personas son de las residentes en Santiago i que tienen posibles, a ellas realmente les conviene que no las haya, porque cuentan con sus recursos i sus relaciones, i ellas sacarían las ventajas, i los pobres el perjuicio.
La razón principal que se ha aducido, es que no conviene a las provincias el establecimiento de Cortes, i para corroborar este dicho, se hace ver que hai personas de ellas que lo creen así. Si estas personas de ellas que lo creen así. Si estas personas son de las residentes en Santiago i que tienen posibles, a ellas realmente les conviene que no las haya, porque cuentan con sus recursos i sus relaciones, i ellas sacarían las ventajas, i los pobres el perjuicio.


Otro argumento es la distancia, i este no tiene fuerza, porque un habitante del sur tiene que sacrificar mas tiempo para venir a Santiago, que para llevar sus recursos a Concepción. Muchos ejemplos se podrían citar, pero esto es ahora<section end="Proyecto de Ley sobre la creación de Cortes de Apelación en Concepción y Serena" />
Otro argumento es la distancia, i este no tiene fuerza, porque un habitante del sur tiene que sacrificar mas tiempo para venir a Santiago, que para llevar sus recursos a Concepción. Muchos ejemplos se podrían citar, pero esto es ahora<section end="Proyecto de Ley sobre la creación de Cortes de Apelación en Concepción y Serena" />