Diferencia entre revisiones de «Instrucciones Generales para la descripción del estado en que se encuentran las Indias Orientales y Occidentales del Mar Océano dadas por el Rey Felipe II de España (3 de Julio de 1573)»

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'''56.-''' Los registros de los dichos libros con certificación de cómo se inviaron los traslados autorizados y relaciones de ellos queden en los Archivos, según dicho, es para que en ellos subcedan y (accedan) los jueces y Escribanos sucesores con la misma obligación de ir añadiéndolos, acrecentándolos y enmendándolos, según las cosas que de nuevo subcedieren de que hacer descripción y dar relación perpetuamente.
 
'''57.-''' Los dichos libros se ordenen de manera que en unos se describan, asienten las cosas que son perpetuas y que no reciben variación, dexando en ellas partidas abiertas para ir en ellas acrecentando lo que de nuevo se fuere descubriendo.
 
'''58.-''' En otro libro diferente se haga descripción de las cosas temporales y que reciben variación, dexando ansí mesmo las partidas abiertas de cada género y especie, para en ellas ir acrecentando cada año la relación de aquel año consecutivo a los a los precedentes.