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( «XXI ) Cortes , y permitir la entrada en el reyno de tropas extrangeras, baxo ningún pretex- to : 3? dar libertad y respeto á las Cortes, previniendo que las ciudades enviasen á ellas sus procuradores por libre elección , esenta del influxo del gobierno; que cada brazo 6 estado nombrara por sí un procurador ; que estos no pudiesen recibir ningún cargo ni mer- ced del monarca , para sí ni para su familia, baxo -pena de múeite y perdimiento de bie- nes; que no s| cobrase ti servicio concedido en la Coruña , ni se otorgasen otros en lo sucesivo; que cada tres años se reunieran las Cortes , sin necesitarse la convocación del monarca , y cuidasen de la observancia de las leyes y de los capítulos acordados^ pudiéndose reunir libremente los procurado-

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res, sin que el rey les nombrase presidente, que les impidiese cuidar del bien de la repú- blica ; 4? aliviar al pueblo , suprimiendo empleos ; estableciendo economia en los gas- . tos de palacio ; arreglando las posadas ó alo- jamientos ; previniendo qu£ las contribucio- nes se diesen por encabezamiento, y no por pujas: 5. 0 minorar la preponderancia de la nobleza, mandando que ningún, grande pu-