Diferencia entre revisiones de «Tratado de Londres (1861)»

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== Antecedentes ==
Al concluir la Guerra de Reforma y quedar instaurado el gobierno republicano de Benito Juárez, la deuda externa de México ascendía a más de 82 millones de pesos. En julio de 1861, el Presidente Benito Juárez decretó la suspensión del pago de dicha deuda por dos años; esta fue una de las causas por las que Reino Unido, Francia rompióy España rompieron sus relaciones diplomáticas con México. yDio lolugar intervinopor militarmente.un Conlado el propósito de acordara la justificaciónConvención de unaLondres intervención armada eny el país,Tratado en octubre de 1861 representantes de los gobiernos de España, Inglaterracorrespondiente y Francia realizaron la Convención de Londres, donde convinieronpor el envío de fuerzas armadasotro a territoriola mexicano,intervención para asegurar el pagomilitar de susFrancia. créditos.
 
El documento generado en la Convención de Londres el 31 de octubre de 1861 comienza de la siguiente manera:
 
Convención entre S.M.B., la Reina de España y el Emperador de los franceses, relativa a las operaciones combinadas en contra de México. Firmada en Londres, el 31 de octubre de 1861.
 
S.M. la Reina del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda, S.M. la Reina de España y S.M. el Emperador de los franceses, se sienten obligados, por la conducta arbitraria y vejatoria de las autoridades de la República de México, a demandar de las mismas una protección más efectiva para las personas y propiedades de sus súbditos, así como el cumplimiento de las obligaciones contraídas hacia SS.MM. por la República de México; han acordado celebrar una convención con vista a combinar su acción común y, para este propósito, han nombrado sus plenipotenciarios, es decir:
 
S.M. la Reina del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda, al honorable justicia, conde John Russell, vizconde Amberley de Amberley y Ardsalla, par del Reino Unido, miembro del Consejo Privado de S.M.B., y secretario de Estado de Relaciones Exteriores de S.M.
 
S.M. la Reina de España, a don Xavier de Istúriz y Montero, caballero de la Orden Ilustre del Vellón Dorado, Gran Cruz de la Real y Distinguida Orden de Carlos III, de la Orden Imperial de la Legión de Honor de Francia, de las órdenes de la Concepción de Villa Viciosa y del Cristo de Portugal, senador del Reino, último presidente del Consejo de Ministros y primer secretario de Estado de S.M.C. y su enviado extraordinario y ministro plenipotenciario ante S.M.B.
 
Y S.M. el Emperador de los franceses, a S.E. el conde de Flahaut de la Billarderie, senador, general de División, Gran Cruz de la Legión de Honor, embajador extraordinario de S.M.I. ante S.M.B.
Los cuales, después de haberse comunicado recíprocamente sus plenos poderes y encontrado los mismos en buena y debida forma, han acordado sobre los siguientes artículos:
 
== Artículos ==