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<section begin="Oficio por el cual el Gobierno propone que se dicte una ley que organice las secretarías de la Comisión Conservadora de ambas Cámaras"/>{{MarcaCL|D|Oficio|ok|Oficio por el cual el Gobierno propone que se dicte una ley que organice las secretarías de la Comisión Conservadora de ambas Cámaras}}La Comision Conservadora, que recientemente ha terminado sus funciones, acordó, en sesion de 1.º de Mayo último, el arreglo de su Secretaría, nombrando Secretario al oficial mayor de la del {{MarcaCL|C|Senado|ok|Oficio por el cual el Gobierno propone que se dicte una ley que organice las secretarías de la Comisión Conservadora de ambas Cámaras}}Senado, i disponiendo que continuasen en el servicio de la Comision uno de los oficiales de pluma, el oficial de Sala, el portero i sirviente, todos con los respectivos sueldos de que estaban en posesion. El Gobierno, que recibió la noticia oficial de este acuerdo el dia 6 del mismo mes, trepidó en la resolucion que debería dictar, porque si por una parte dudaba de las atribuciones de la Comision para hacer estos nombramientos i designar sus dotaciones, por otra, conocía la urjente necesidad de este paso, sin el cual no podría aquel cuerpo llenar los deberes que le imponía la Constitucion, ni aun conservar su existencia. Impulsado, al fin, por esta poderosa consideracion, tuvo por conveniente aprobar provisoriamente dicho acuerdo hasta dar cuenta de él a la presente Lejislatura. Al verificarlo, espera el Gobierno que el Congreso Nacional, entre las importantes tareas que le ocupan, tomará en consideración este negocio, dictando al mismo tiempo una leí por medio de la cual se arregle de un modo definitivo i permanente, no solo la Secretaría de la Comision Conservadora, sino también las de ámbas Cámaras Lejislativas i cuanto pertenezca a su servicio.
<section begin="Oficio por el cual el Gobierno propone que se dicte una ley que organice las secretarías de la Comisión Conservadora de ambas Cámaras"/>{{MarcaCL|D|Oficio|ok|Oficio por el cual el Gobierno propone que se dicte una ley que organice las secretarías de la Comisión Conservadora de ambas Cámaras}}La Comision Conservadora, que recientemente ha terminado sus funciones, acordó, en sesion de 1.º de Mayo último, el arreglo de su Secretaría, nombrando Secretario al oficial mayor de la del {{MarcaCL|C|Senado|ok|Oficio por el cual el Gobierno propone que se dicte una ley que organice las secretarías de la Comisión Conservadora de ambas Cámaras}}Senado, i disponiendo que continuasen en el servicio de la Comision uno de los oficiales de pluma, el oficial de Sala, el portero i sirviente, todos con los respectivos sueldos de que estaban en posesion. El Gobierno, que recibió la noticia oficial de este acuerdo el dia 6 del mismo mes, trepidó en la resolucion que debería dictar, porque si por una parte dudaba de las atribuciones de la Comision para hacer estos nombramientos i designar sus dotaciones, por otra, conocía la urjente necesidad de este paso, sin el cual no podría aquel cuerpo llenar los deberes que le imponía la Constitucion, ni aun conservar su existencia. Impulsado, al fin, por esta poderosa consideracion, tuvo por conveniente aprobar provisoriamente dicho acuerdo hasta dar cuenta de él a la presente Lejislatura. Al verificarlo, espera el Gobierno que el Congreso Nacional, entre las importantes tareas que le ocupan, tomará en consideración este negocio, dictando al mismo tiempo una leí por medio de la cual se arregle de un modo definitivo i permanente, no solo la Secretaría de la Comision Conservadora, sino también las de ámbas Cámaras Lejislativas i cuanto pertenezca a su servicio.


Dios guarde a V. E. —Santiago, Junio 19 de 1834. —{{MarcaCL|PI|José Joaquín Prieto Vial|ok|Oficio por el cual el Gobierno propone que se dicte una ley que organice las secretarías de la Comisión Conservadora de ambas Cámaras}}[[:bcnbio:José Joaquín Prieto Vial|JOAQUÍN PRIETO]]. ''—{{MarcaCL|PI|Joaquín Tocornal Jiménez|ok|Oficio por el cual el Gobierno propone que se dicte una ley que organice las secretarías de la Comisión Conservadora de ambas Cámaras}}[[:bcnbio:Joaquín Tocornal Jiménez|Joaquin Tocornal]].'' —A S. E. el Presidente del Senado.<section end="Oficio por el cual el Gobierno propone que se dicte una ley que organice las secretarías de la Comisión Conservadora de ambas Cámaras"/>
Dios guarde a V. E. —Santiago, Junio 19 de 1834. —{{MarcaCL|PI|José Joaquín Prieto Vial|ok|Oficio por el cual el Gobierno propone que se dicte una ley que organice las secretarías de la Comisión Conservadora de ambas Cámaras}}[[:bcnbio:José Joaquín Prieto Vial|{{May|Joaquín Prieto}}]]. ''—{{MarcaCL|PI|Joaquín Tocornal Jiménez|ok|Oficio por el cual el Gobierno propone que se dicte una ley que organice las secretarías de la Comisión Conservadora de ambas Cámaras}}[[:bcnbio:Joaquín Tocornal Jiménez|Joaquin Tocornal]].'' —A S. E. el Presidente del Senado.<section end="Oficio por el cual el Gobierno propone que se dicte una ley que organice las secretarías de la Comisión Conservadora de ambas Cámaras"/>


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El deseo de libertar al Erario de ese gasto que debe aumentarse en lo sucesivo con proporcion al valor que van tomando las propiedades, me obliga a proponer, de acuerdo con mi Consejo de Estado, me autorizáis para invertir la cantidad que fuese necesaria en la compra o construccion de edificios a propósito para establecer las oficinas de aduana en los puertos de Coquimbo i Talcahuano, que carecen de ellos, sin embargo de ser los principales de dos provincias abundantes en riquezas i cuya renta se eleva diariamente.
El deseo de libertar al Erario de ese gasto que debe aumentarse en lo sucesivo con proporcion al valor que van tomando las propiedades, me obliga a proponer, de acuerdo con mi Consejo de Estado, me autorizáis para invertir la cantidad que fuese necesaria en la compra o construccion de edificios a propósito para establecer las oficinas de aduana en los puertos de Coquimbo i Talcahuano, que carecen de ellos, sin embargo de ser los principales de dos provincias abundantes en riquezas i cuya renta se eleva diariamente.


Santiago de Chile, 20 de Junio de 1834. —{{MarcaCL|PI|José Joaquín Prieto Vial|ok|Oficio del Gobierno, relativo a la inversión en oficinas de aduana para los puertos de Coquimbo y Talcahuano}}[[:bcnbio:José Joaquín Prieto Vial|JOAQUÍN PRIETO]]. ''—{{MarcaCL|PI|Manuel Rengifo Cárdenas|ok|Oficio del Gobierno, relativo a la inversión en oficinas de aduana para los puertos de Coquimbo y Talcahuano}}[[:bcnbio:Manuel Rengifo Cárdenas|Manuel Renjifo]].''<section end="Oficio del Gobierno, relativo a la inversión en oficinas de aduana para los puertos de Coquimbo y Talcahuano"/>
Santiago de Chile, 20 de Junio de 1834. —{{MarcaCL|PI|José Joaquín Prieto Vial|ok|Oficio del Gobierno, relativo a la inversión en oficinas de aduana para los puertos de Coquimbo y Talcahuano}}[[:bcnbio:José Joaquín Prieto Vial|{{May|Joaquín Prieto}}]]. ''—{{MarcaCL|PI|Manuel Rengifo Cárdenas|ok|Oficio del Gobierno, relativo a la inversión en oficinas de aduana para los puertos de Coquimbo y Talcahuano}}[[:bcnbio:Manuel Rengifo Cárdenas|Manuel Renjifo]].''<section end="Oficio del Gobierno, relativo a la inversión en oficinas de aduana para los puertos de Coquimbo y Talcahuano"/>


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