Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XVI (1828).djvu/140»
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<section begin="Artículos del catorce al veinte de la Constitución" />La redacción de dichos artículos es la siguiente: |
<section begin="Artículos del catorce al veinte de la Constitución" />La redacción de dichos artículos es la siguiente: |
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{{May|{{MarcaCL|ND|Constitución|OK|Artículos del catorce al veinte de la Constitución}}Art}}. 14 . Todo individuo preso o detenido, conforme a lo dispuesto en el artículo precedente i por delito en que no recaiga pena corporal, será puesto en libertad inmediatamente que dé fianza en los términos requeridos por la lei. |
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{{May|Art}}. 15. Ninguno podrá ser juzgado por comisiones especiales, sino por los tribunales establecidos por la lei. |
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{{May|Art}}. 16. Ninguna casa podrá ser allanada sino en caso de resistencia a la autoridad lejítima i en virtud de mandato escrito de ella. |
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{{May|Art}}. 17. Ningún ciudadano podrá ser privado de los bienes que posee, o de aquellos a que tiene lejítimo derecho, ni de una parte de ellos, por pequeña que sea, sino en virtud de sentencia judicial. |
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Cuando el servicio público exijiese la propiedad de alguno será justamente pagado de su valor e indemnizado de los perjuicios en caso de retenérsele. |
Cuando el servicio público exijiese la propiedad de alguno será justamente pagado de su valor e indemnizado de los perjuicios en caso de retenérsele. |
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{{May|Art}}. 18. Todo hombre puede publicar por la imprenta sus pensamientos i opiniones. |
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Los abusos cometidos por este medio serán juzgados en virtud de una lei particular, i calificados por un tribunal de jurados. |
Los abusos cometidos por este medio serán juzgados en virtud de una lei particular, i calificados por un tribunal de jurados. |
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{{May| |
{{May|Art}}. 19. La lei declara inviolable toda correspondencia epistolar; nadie podrá interceptarla, ni abrirla, sin hacerse reo de ataque a la seguridad personal. |
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{{May|Art}}. 20. La lei declara culpable a todo individuo o corporacion que viole cualesquiera de los derechos mencionados en este capítulo. La lei determinará las penas correspondientes a semejantes atentados."<section begin="Artículos del catorce al veinte de la Constitución" /> |
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Siendo la hora avanzada se levantó la sesión, anunciándose que para la siguiente continuarían los mismos asuntos. —{{may|Vicuña}}. |
Siendo la hora avanzada se levantó la sesión, anunciándose que para la siguiente continuarían los mismos asuntos. —{{may|Vicuña}}. |