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<section begin="Artículos del catorce al veinte de la Constitución" />La redacción de dichos artículos es la siguiente:
<section begin="Artículos del catorce al veinte de la Constitución" />La redacción de dichos artículos es la siguiente:


{{May|{{MarcaCL|D|Artículo|OK|Artículos del catorce al veinte de la Constitución}}Art}}. 14 . Todo individuo preso o detenido, conforme a lo dispuesto en el artículo precedente i por delito en que no recaiga pena corporal, será puesto en libertad inmediatamente que dé fianza en los términos requeridos por la lei.
{{May|{{MarcaCL|ND|Constitución|OK|Artículos del catorce al veinte de la Constitución}}Art}}. 14 . Todo individuo preso o detenido, conforme a lo dispuesto en el artículo precedente i por delito en que no recaiga pena corporal, será puesto en libertad inmediatamente que dé fianza en los términos requeridos por la lei.


{{May|{{MarcaCL|D|Artículo|OK|Artículos del catorce al veinte de la Constitución}}Art}}. 15. Ninguno podrá ser juzgado por comisiones especiales, sino por los tribunales establecidos por la lei.
{{May|Art}}. 15. Ninguno podrá ser juzgado por comisiones especiales, sino por los tribunales establecidos por la lei.


{{May|{{MarcaCL|D|Artículo|OK|Artículos del catorce al veinte de la Constitución}}Art}}. 16. Ninguna casa podrá ser allanada sino en caso de resistencia a la autoridad lejítima i en virtud de mandato escrito de ella.
{{May|Art}}. 16. Ninguna casa podrá ser allanada sino en caso de resistencia a la autoridad lejítima i en virtud de mandato escrito de ella.


{{May|{{MarcaCL|D|Artículo|OK|Artículos del catorce al veinte de la Constitución}}Art}}. 17. Ningún ciudadano podrá ser privado de los bienes que posee, o de aquellos a que tiene lejítimo derecho, ni de una parte de ellos, por pequeña que sea, sino en virtud de sentencia judicial.
{{May|Art}}. 17. Ningún ciudadano podrá ser privado de los bienes que posee, o de aquellos a que tiene lejítimo derecho, ni de una parte de ellos, por pequeña que sea, sino en virtud de sentencia judicial.


Cuando el servicio público exijiese la propiedad de alguno será justamente pagado de su valor e indemnizado de los perjuicios en caso de retenérsele.
Cuando el servicio público exijiese la propiedad de alguno será justamente pagado de su valor e indemnizado de los perjuicios en caso de retenérsele.


{{May|{{MarcaCL|D|Artículo|OK|Artículos del catorce al veinte de la Constitución}}Art}}. 18. Todo hombre puede publicar por la imprenta sus pensamientos i opiniones.
{{May|Art}}. 18. Todo hombre puede publicar por la imprenta sus pensamientos i opiniones.


Los abusos cometidos por este medio serán juzgados en virtud de una lei particular, i calificados por un tribunal de jurados.
Los abusos cometidos por este medio serán juzgados en virtud de una lei particular, i calificados por un tribunal de jurados.


{{May|{{MarcaCL|D|Artículo|OK|Artículos del catorce al veinte de la Constitución}}Art}}. 19. La lei declara inviolable toda correspondencia epistolar; nadie podrá interceptarla, ni abrirla, sin hacerse reo de ataque a la seguridad personal.
{{May|Art}}. 19. La lei declara inviolable toda correspondencia epistolar; nadie podrá interceptarla, ni abrirla, sin hacerse reo de ataque a la seguridad personal.


{{May|{{MarcaCL|D|Artículo|OK|Artículos del catorce al veinte de la Constitución}}Art}}. 20. La lei declara culpable a todo individuo o corporacion que viole cualesquiera de los derechos mencionados en este capítulo. La lei determinará las penas correspondientes a semejantes atentados."<section begin="Artículos del catorce al veinte de la Constitución" />
{{May|Art}}. 20. La lei declara culpable a todo individuo o corporacion que viole cualesquiera de los derechos mencionados en este capítulo. La lei determinará las penas correspondientes a semejantes atentados."<section begin="Artículos del catorce al veinte de la Constitución" />


Siendo la hora avanzada se levantó la sesión, anunciándose que para la siguiente continuarían los mismos asuntos. —{{may|Vicuña}}.
Siendo la hora avanzada se levantó la sesión, anunciándose que para la siguiente continuarían los mismos asuntos. —{{may|Vicuña}}.