Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIV (1835-1839).djvu/202»
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"{{may|Art. 11}}. Vencidos los plazos improrrogables que al presente se conceden para documentar las acciones destituidas de comprobante lejítimo, todo acreedor omiso perderá el derecho que pueda tener contra el Fisco."<section end="Proyecto de ley relativo a reconocimiento de la deuda interior" /> |
"{{may|Art. 11}}. Vencidos los plazos improrrogables que al presente se conceden para documentar las acciones destituidas de comprobante lejítimo, todo acreedor omiso perderá el derecho que pueda tener contra el Fisco."<section end="Proyecto de ley relativo a reconocimiento de la deuda interior" /> |
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Con lo que se levantó la sesión. —{{MarcaCL|P|José Vicente Izquierdo Jaraquemada|OK| |
Con lo que se levantó la sesión. —{{MarcaCL|P|José Vicente Izquierdo Jaraquemada|OK|Firma del acta de la 41º sesión}}[[:bcnbio:José Vicente Izquierdo Jaraquemada|{{may|Jose Vicente Izquierdo}}]]. ''—{{MarcaCL|P|José Santiago Montt Yrarrázaval|OK|Firma del acta de la 41º sesión}}[[:bcnbio:José Santiago Montt Yrarrázaval|Montt]]'', diputado-secretario. |
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