Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIV (1835-1839).djvu/432»

Sin resumen de edición
Sin resumen de edición
Cuerpo de la página (para ser transcluido):Cuerpo de la página (para ser transcluido):
Línea 14: Línea 14:




==== Núm. 419 ====
<section begin="Notificación hecha en la guarnición de Juan Fernández a don Ramón Freire y otros desterrados" />==== Núm. 419 ====




{{MarcaCL|D|Notificación|OK|Notificación hecha en la guarnición de Juan Fernández a don Ramón Freire y otros desterrados}}Dando cumplimiento a la resolucion suprema de 22 del pasado Noviembre de 1836, que me comunicó V. S. en nota oficial bajo el núm. 1088, notifiqué al señor don {{MarcaCL|P|Ramón Freire Serrano|OK|Notificación hecha en la guarnición de Juan Fernández a don Ramón Freire y otros desterrados}}[[:bcnbio:Ramón Freire Serrano|Ramon Freire]], don Salvador Puga i don Vicente Urbistondo en 4 de Enero de 1837, a la una i veintidós minutos del dia, cuyas contestaciones son las que a la letra copio. "Que a don Ramon Freire le es moralmente imposible dar cumplimiento a la resolucion suprema, por la incomunicacion i aislamiento en que está, que si de las personas que residen en Juan Fernández se encuentra alguna que sea aparente, podrá verlas a fin de saber si lo afianzan, pues son las únicas con quienes se comunica; que si esta órden hubiese sido en el puerto de Valparaiso hubiera buscado alguno de los ciudadanos, pero que aquí es imposible hacerlo. El señor don Salvador Puga espuso que ni en esta isla ni en ninguna parte tiene fianza, que el Gobierno disponga de su persona como le parezca; i el señor Urbistondo se refiere a esta misma contestacion."
<section begin="Notificación hecha en la guarnición de Juan Fernández a don Ramón Freire y otros desterrados" />{{MarcaCL|D|Notificación|OK|Notificación hecha en la guarnición de Juan Fernández a don Ramón Freire y otros desterrados}}Dando cumplimiento a la resolucion suprema de 22 del pasado Noviembre de 1836, que me comunicó V. S. en nota oficial bajo el núm. 1088, notifiqué al señor don {{MarcaCL|P|Ramón Freire Serrano|OK|Notificación hecha en la guarnición de Juan Fernández a don Ramón Freire y otros desterrados}}[[:bcnbio:Ramón Freire Serrano|Ramon Freire]], don Salvador Puga i don Vicente Urbistondo en 4 de Enero de 1837, a la una i veintidós minutos del dia, cuyas contestaciones son las que a la letra copio. "Que a don Ramon Freire le es moralmente imposible dar cumplimiento a la resolucion suprema, por la incomunicacion i aislamiento en que está, que si de las personas que residen en Juan Fernández se encuentra alguna que sea aparente, podrá verlas a fin de saber si lo afianzan, pues son las únicas con quienes se comunica; que si esta órden hubiese sido en el puerto de Valparaiso hubiera buscado alguno de los ciudadanos, pero que aquí es imposible hacerlo. El señor don Salvador Puga espuso que ni en esta isla ni en ninguna parte tiene fianza, que el Gobierno disponga de su persona como le parezca; i el señor Urbistondo se refiere a esta misma contestacion."




Línea 32: Línea 32:




==== Núm. 420 ====
<section begin="Oficio por el cual el Senado comunica la renovación de su Mesa" />==== Núm. 420 ====




{{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio por el cual el Senado comunica la renovación de su Mesa}}El {{MarcaCL|C|Senado|OK|Oficio por el cual el Senado comunica la renovación de su Mesa}}Senado, en sesion de ayer, ha elejido por Presidente de su Sala al que suscribe, continuando en la Vice-Presidencia el señor {{MarcaCL|C|Senador|OK|Oficio por el cual el Senado comunica la renovación de su Mesa}}Senador don {{MarcaCL|P|Diego Antonio Barros Fernández|OK|Oficio por el cual el Senado comunica la renovación de su Mesa}}[[:bcnbio:Diego Antonio Barros Fernández|Diego Antonio Barros]].
<section begin="Oficio por el cual el Senado comunica la renovación de su Mesa" />{{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio por el cual el Senado comunica la renovación de su Mesa}}El {{MarcaCL|C|Senado|OK|Oficio por el cual el Senado comunica la renovación de su Mesa}}Senado, en sesion de ayer, ha elejido por Presidente de su Sala al que suscribe, continuando en la Vice-Presidencia el señor {{MarcaCL|C|Senador|OK|Oficio por el cual el Senado comunica la renovación de su Mesa}}Senador don {{MarcaCL|P|Diego Antonio Barros Fernández|OK|Oficio por el cual el Senado comunica la renovación de su Mesa}}[[:bcnbio:Diego Antonio Barros Fernández|Diego Antonio Barros]].




Línea 44: Línea 44:




==== Núm. 421 ====
<section begin="Oficio con que se transcribe al Gobierno la ley que modifica la contribución del Catastro" continua=si/>==== Núm. 421 ====




{{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio con que se transcribe al Gobierno la ley que modifica la contribución del Catastro}}El {{MarcaCL|C|Congreso Nacional|OK|Oficio con que se transcribe al Gobierno la ley que modifica la contribución del Catastro}}Congreso Nacional, en vista del Mensaje de S. E., de 27 de Julio de 1836, proponiendo un nuevo arreglo en la distribucion del impuesto del Catastro, ha sancionado el siguiente
<section begin="Oficio con que se transcribe al Gobierno la ley que modifica la contribución del Catastro" continua=si/>{{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio con que se transcribe al Gobierno la ley que modifica la contribución del Catastro}}El {{MarcaCL|C|Congreso Nacional|OK|Oficio con que se transcribe al Gobierno la ley que modifica la contribución del Catastro}}Congreso Nacional, en vista del Mensaje de S. E., de 27 de Julio de 1836, proponiendo un nuevo arreglo en la distribucion del impuesto del Catastro, ha sancionado el siguiente