Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXVI (1839).djvu/393»

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<section begin="Memoria del Ministerio del Interior" continua=si />{{MarcaCL|D|Memoria|OK|Memoria del Ministerio del Interior}}muchos años, para llevar los libros parroquiales. No obstante, siendo un principio jeneralmenle reconocido que la poblacion crece hasta ponerse al nivel de la produccion, i encontrándose datos inequívocos del estado floreciente de casi todas las especies de industria en la Memoria que el señor Ministro de Hacienda presentó al Congreso, el 15 de Julio último, se puede deducir, sin perplejidad, que no son ménos ciertas las ventajas del pais en órden al número de sus pobladores. Pero, también creo que estas ventajas están mui distantes de poder compararse con las que en el mismo ramo se notan en los Estados Anglo Americanos, i aun en otros ménos avanzados en la carrera de la civilizacion i de la industria; porque, es preciso confesarlo, una lejislacion disconforme con nuestro sistema social una hasta con nuestras costumbres, que se formó en un siglo en que dominaban las ideas mas erróneas sobre los medios de conducir las naciones a su engrandecimiento; la falta total de una ilustracion moderada en la clase inferior, cuyos individuos, privados de cuanto constituye las comodidades de la vida, existen, por decirlo así, en el olvido de sí mismos, i ellos i sus hijos son, demasiado temprano, víctimas de su miserable condicion, la dificultad que el gran número de los que solo viven con el producto de su trabajo diario, encuentra para celebrar sus matrimonios, no pudiéndolo hacer sin privarse por muchos dias hasta de lo mas preciso para satisfacer los correspondientes derechos, sin que haya podido allanar del todo este inconveniente el decreto que al efecto se espidió el 13 de Julio de 1823; son obstáculos que se oponen en Chile al acrecentamiento de la poblacion, i dignos, en mi concepto, de que el Congreso los considere. Por largo tiempo se creyó que era necesario dictar leyes para fomentar los matrimonios; pero las muchas disposiciones que, a consecuencia de este error, espidieron Augusto i despues el mismo Luis XIV, aparecen despreciables i ridiculas a los ojos de los políticos i economistas de núestros dias, que juzgan circunscrita toda la obra de los lejisladores, tratándose de poblacion i de industria, al solo objeto de destruir estorbos, i los principios en que se fundan están tan conformes con la esperiencia i la razón que no pueden desconocerse. Procuraremos, pues, aplicarlos con tino a nuestras necesidades, i veremos con especial complacencia, que se aproxima la época venturosa en que la República llegue al alto grado de prosperidad de que la hacen susceptible mil favores de la naturaleza.
<section begin="Memoria del Ministerio del Interior" continua=si />{{MarcaCL|D|Memoria|OK|Memoria del Ministerio del Interior}}muchos años, para llevar los libros parroquiales. No obstante, siendo un principio jeneralmenle reconocido que la poblacion crece hasta ponerse al nivel de la produccion, i encontrándose datos inequívocos del estado floreciente de casi todas las especies de industria en la Memoria que el señor Ministro de Hacienda presentó al Congreso, el 15 de Julio último, se puede deducir, sin perplejidad, que no son ménos ciertas las ventajas del pais en órden al número de sus pobladores. Pero, también creo que estas ventajas están mui distantes de poder compararse con las que en el mismo ramo se notan en los Estados Anglo Americanos, i aun en otros ménos avanzados en la carrera de la civilizacion i de la {{MarcaCL|Ec|Industria|OK|Memoria del Ministerio del Interior}}industria; porque, es preciso confesarlo, una lejislacion disconforme con nuestro sistema social una hasta con nuestras costumbres, que se formó en un siglo en que dominaban las ideas mas erróneas sobre los medios de conducir las naciones a su engrandecimiento; la falta total de una ilustracion moderada en la clase inferior, cuyos individuos, privados de cuanto constituye las comodidades de la vida, existen, por decirlo así, en el olvido de sí mismos, i ellos i sus hijos son, demasiado temprano, víctimas de su miserable condicion, la dificultad que el gran número de los que solo viven con el producto de su trabajo diario, encuentra para celebrar sus matrimonios, no pudiéndolo hacer sin privarse por muchos dias hasta de lo mas preciso para satisfacer los correspondientes derechos, sin que haya podido allanar del todo este inconveniente el decreto que al efecto se espidió el 13 de Julio de 1823; son obstáculos que se oponen en Chile al acrecentamiento de la poblacion, i dignos, en mi concepto, de que el Congreso los considere. Por largo tiempo se creyó que era necesario dictar leyes para fomentar los matrimonios; pero las muchas disposiciones que, a consecuencia de este error, espidieron Augusto i despues el mismo Luis XIV, aparecen despreciables i ridiculas a los ojos de los políticos i economistas de núestros dias, que juzgan circunscrita toda la obra de los lejisladores, tratándose de poblacion i de industria, al solo objeto de destruir estorbos, i los principios en que se fundan están tan conformes con la esperiencia i la razón que no pueden desconocerse. Procuraremos, pues, aplicarlos con tino a nuestras necesidades, i veremos con especial complacencia, que se aproxima la época venturosa en que la República llegue al alto grado de prosperidad de que la hacen susceptible mil favores de la naturaleza.


Si actualmente no puedo presentar sino algunas nociones vagas con respecto a la estadística del pais, haré lo posible a fin de obtener los elementos precisos para que, cualquiera que llene en el año siguiente el puesto que yo ocupo hoi, pueda con el auxilio de ellos suministrar por menor a la Lejislatura los conocimientos que tanto necesita para corresponder dignamente a la confianza nacional.
Si actualmente no puedo presentar sino algunas nociones vagas con respecto a la estadística del pais, haré lo posible a fin de obtener los elementos precisos para que, cualquiera que llene en el año siguiente el puesto que yo ocupo hoi, pueda con el auxilio de ellos suministrar por menor a la Lejislatura los conocimientos que tanto necesita para corresponder dignamente a la confianza nacional.