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yeron dos oficios del Presidente de la República: en el prinieio anuncia haber mandado tomar razón del oficio en que se le comunicó el nombramiento de don Juan Ramírez para oficial mayor de la secretaría de esta Cámara, i se mandó archivar. En el segundo inicia un proyecto de lei en que pide se le autorice para invertir la cantidad de ciento noventa mil pesos en abrir canales que unan al rio Ñuble con el Perquilauquen i al Lontué con el Claro i ejecutar también en el puerto de Constitucion las obras precisas para disminuir los peligros de la barra, i se puso en tabla para segunda lectura.
yeron dos oficios del Presidente de la República: en el principio anuncia haber mandado tomar razón del oficio en que se le comunicó el nombramiento de don Juan Ramírez para oficial mayor de la secretaría de esta Cámara, i se mandó archivar. En el segundo inicia un proyecto de lei en que pide se le autorice para invertir la cantidad de ciento noventa mil pesos en abrir canales que unan al rio Ñuble con el Perquilauquen i al Lontué con el Claro i ejecutar también en el puerto de Constitucion las obras precisas para disminuir los peligros de la barra, i se puso en tabla para segunda lectura.


Se dió cuenta de un oficio de la Cámara de de Diputados en que comunica la eleccion de Presidente i Vice-Piesidente verificada por esa honorable Cámara, i se mandó archivar.
Se dió cuenta de un oficio de la Cámara de de Diputados en que comunica la eleccion de Presidente i Vice-Piesidente verificada por esa honorable Cámara, i se mandó archivar.
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Se puso igualmente en discusión el artículo tercero, en el que incidieron varias indicaciones i por no haber sido redactado en forma quedó este artículo para segunda discusion.
Se puso igualmente en discusión el artículo tercero, en el que incidieron varias indicaciones i por no haber sido redactado en forma quedó este artículo para segunda discusion.


Se puso en discusion el artículo cuarto, i el señor Vial del Rio hizo indicar ion para que se suprimiese de du ho artículo la disposicion que determina que la provincia de Chiloé queda, por ahora, sujeta al Tribunal de Apelaciones de Santiago, idas adelante se retiió dicha indicacion; se procedió a votar sobre el artículo i fué aprobado por unanimidad en estos términos:
Se puso en discusion el artículo cuarto, i el señor Vial del Rio hizo indicar ion para que se suprimiese de du ho artículo la disposicion que determina que la provincia de Chiloé queda, por ahora, sujeta al Tribunal de Apelaciones de Santiago, idas adelante se retiró dicha indicacion; se procedió a votar sobre el artículo i fué aprobado por unanimidad en estos términos:


{{May|"{{may|Art. 4.º}}}} Se señala por distrito sujeto a la Corte de Apelaciones de Concepcion la provincia de este nombre, la de Maule, la de Valdivia i la de Chiloé, i por distrito sujeto a la Corte de Apelaciones de La Serena la provincia de Coquimbo i la de Atacama. La provincia de Chiloé quedará, sin embargo, por ahora. I miéntras el Presidente de la República lo crea conveniente, sujeta al Tribunal de Apelaciones de Santiago".<section end="Proyecto de Ley sobre la creación de Cortes de Apelación en Concepción y Serena" />
{{May|"{{may|Art. 4.º}}}} Se señala por distrito sujeto a la Corte de Apelaciones de Concepcion la provincia de este nombre, la de Maule, la de Valdivia i la de Chiloé, i por distrito sujeto a la Corte de Apelaciones de La Serena la provincia de Coquimbo i la de Atacama. La provincia de Chiloé quedará, sin embargo, por ahora. I miéntras el Presidente de la República lo crea conveniente, sujeta al Tribunal de Apelaciones de Santiago".<section end="Proyecto de Ley sobre la creación de Cortes de Apelación en Concepción y Serena" />
Línea 19: Línea 19:
Tuvo segunda lectura la solicitud de doña Josefa Zúñiga,en que pide una pensión alimenticia.
Tuvo segunda lectura la solicitud de doña Josefa Zúñiga,en que pide una pensión alimenticia.


Se leyeron los an tecedentes que la acompañan i en seguida se preguntó a la Sala si se admitía o nó en jeneral dicha solicitud, i verificado el escrutinio de la votacion secreta resultó desechada por siete votos contia cuatro. El señor Vial del Rio ro votó, por haberse separado de la Sala.
Se leyeron los an tecedentes que la acompañan i en seguida se preguntó a la Sala si se admitía o nó en jeneral dicha solicitud, i verificado el escrutinio de la votacion secreta resultó desechada por siete votos contia cuatro. El señor Vial del Rio 10 votó, por haberse separado de la Sala.


En este esiado se levantó la sesión, quedando en la órden del día la discusión particular de los asuntos que estaban en tabla en la sesion anterior, i a mas la discusión jeneral del proyecto de leí sobre un nuevo plan de sueldos militares. {{MarcaCL|P|Diego José Benavente Bustamante|OK|Proyecto de Ley sobre la creación de Cortes de Apelación en Concepción y Serena}}[[:bcnbio:Diego José Benavente Bustamante|{{may|Benavente}}]].
En este estado se levantó la sesión, quedando en la órden del día la discusión particular de los asuntos que estaban en tabla en la sesion anterior, i a mas la discusión jeneral del proyecto de leí sobre un nuevo plan de sueldos militares. {{MarcaCL|P|Diego José Benavente Bustamante|OK|Proyecto de Ley sobre la creación de Cortes de Apelación en Concepción y Serena}}[[:bcnbio:Diego José Benavente Bustamante|{{may|Benavente}}]].


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Línea 27: Línea 27:
{{Centrar|SESION DEL 4 DE JULIO DE 1845<ref>Esta sesion ha sido tomada de El Progreso del 9 de Julio de 18415, núm. 829. —''(Nota del Recopilador).''<section end="Proyecto de Ley sobre la creación de Cortes de Apelación en Concepción y Serena" /></ref>}}
{{Centrar|SESION DEL 4 DE JULIO DE 1845<ref>Esta sesion ha sido tomada de El Progreso del 9 de Julio de 18415, núm. 829. —''(Nota del Recopilador).''<section end="Proyecto de Ley sobre la creación de Cortes de Apelación en Concepción y Serena" /></ref>}}


Aprobada el acta de la sesion anterior se leyeron dos oficios del Piesidente de la República: en el primero participa a la Sala haber mandado tomar razón del oficio en que se le comunicó el nombramiento de donjuán Ramírez de Oficial mayor de la secretaría de esta Cámara, i se mandó aichivar; en el segundo inicia un proyecto de lei sobre autorización para invenir la cantidad de ciento noventa mil pesos en abrir canales que unan el rio Ñuble con el Perquilauquen i a Loniue con el Claro, a fin de proporcionar por este medio a los pueblos del sur los beneficios que son consiguientes a la empresa, i sobre todo procurar con ella la destruccion de la balsa del pueito de Constitucion.
Aprobada el acta de la sesion anterior se leyeron dos oficios del Presidente de la República: en el primero participa a la Sala haber mandado tomar razón del oficio en que se le comunicó el nombramiento de don Juán Ramírez de Oficial mayor de la secretaría de esta Cámara, i se mandó archivar; en el segundo inicia un proyecto de lei sobre autorización para invenir la cantidad de ciento noventa mil pesos en abrir canales que unan el rio Ñuble con el Perquilauquen i a Lontue con el Claro, a fin de proporcionar por este medio a los pueblos del sur los beneficios que son consiguientes a la empresa, i sobre todo procurar con ella la destruccion de la balsa del pueito de Constitucion.


Se dió cuenta también de un oficio de la Cámara de Diputados en que comunu a la eleccion de Presidente i Vice Presidente venficada por aquella Cámara; i se mandó archivar.
Se dió cuenta también de un oficio de la Cámara de Diputados en que comunidad la eleccion de Presidente i Vice Presidente venficada por aquella Cámara; i se mandó archivar.


<section begin="Proyecto de Ley sobre la creación de Cortes de Apelación en Concepción y Serena" />
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Línea 40: Línea 40:
{{May|{{may|Art. 2.º}}}} Se compondrá cada una de estas Cortes de un Rejente, tres Ministros, un Fiscal, dos subalternos; dos Relatores, un escribano de cámara i un portero".<section end="Proyecto de Ley sobre la creación de Cortes de Apelación en Concepción y Serena" />
{{May|{{may|Art. 2.º}}}} Se compondrá cada una de estas Cortes de un Rejente, tres Ministros, un Fiscal, dos subalternos; dos Relatores, un escribano de cámara i un portero".<section end="Proyecto de Ley sobre la creación de Cortes de Apelación en Concepción y Serena" />

<section begin="Proyecto de Ley sobre la creación de Cortes de Apelación en Concepción y Serena" continua=si />
<section begin="Proyecto de Ley sobre la creación de Cortes de Apelación en Concepción y Serena" continua=si />
El señor {{MarcaCL|P|Mariano Egaña Fabres|OK|Proyecto de Ley sobre la creación de Cortes de Apelación en Concepción y Serena}}[[: bcnbio:Mariano Egaña Fabres|Egaña]]. —Este artículo 1.° traen sustancia la disposicion jeneral de la lei: ahora que ha llegado el momento de examinar su detalle, detalle que a mi ver está lleno de imperfecciones, debo hacer presente al Senado una consideracion: tales que no es posible dictar
El señor {{MarcaCL|P|Mariano Egaña Fabres|OK|Proyecto de Ley sobre la creación de Cortes de Apelación en Concepción y Serena}}[[: bcnbio:Mariano Egaña Fabres|Egaña]]. —Este artículo 1.° traen sustancia la disposicion jeneral de la lei: ahora que ha llegado el momento de examinar su detalle, detalle que a mi ver está lleno de imperfecciones, debo hacer presente al Senado una consideracion: tales que no es posible dictar