Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIX (1841).djvu/429»

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# Del presupuesto del Ministerio de Guerra se rebajan $ 26,713 de las siguientes partidas:<br />1.ª $ 20,000 de la suma destinada para vestuarios; 2.ª $ 6,000 sueldos del Inspector Jeneral; 3.ª $ 363 de un ausiliar del Estado Mayor; 4.ª $ 348 sueldo de un capellan de milicias de la provincia de Aconcagua.
# Del presupuesto del Ministerio de Guerra se rebajan $ 26,713 de las siguientes partidas:<br />1.ª $ 20,000 de la suma destinada para vestuarios; 2.ª $ 6,000 sueldos del Inspector Jeneral; 3.ª $ 363 de un ausiliar del Estado Mayor; 4.ª $ 348 sueldo de un capellan de milicias de la provincia de Aconcagua.


{{May|Art.}} 2.° Se destina para los gastos de la administracion pública en el próximo año de 1842 la cantidad de $ 2.672,692.3 1/8 reales en esta forma:
{{May|Art.}} 2.º Se destina para los gastos de la administracion pública en el próximo año de 1842 la cantidad de $ 2.672,692.3 1/8 reales en esta forma:


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