Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIV (1835-1839).djvu/360»
m Robot: Reemplazo automático de texto (-([0-9])(\.*)° +\1\2º) |
|||
Cuerpo de la página (para ser transcluido): | Cuerpo de la página (para ser transcluido): | ||
Línea 57: | Línea 57: | ||
Pero, si el accidente que imposibilitare al intendente para el ejercicio de sus funciones fuere su fallecimiento, u otro que no le permita hacer tal nombramiento, le subrogará entónces, conforme a lo dispuesto en el artículo...... el gobernador del departamento, señalado con el número 1. |
Pero, si el accidente que imposibilitare al intendente para el ejercicio de sus funciones fuere su fallecimiento, u otro que no le permita hacer tal nombramiento, le subrogará entónces, conforme a lo dispuesto en el artículo...... el gobernador del departamento, señalado con el número 1.º, i si éste se hallare impedido, el gobernador o gobernadores de los departamentos siguientes en el órden numérico. |
||