Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIII (1834-1836).djvu/350»

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interior, hasta que se presente una razón del monto a que asciende dicha deuda; puesta en discusión resultó desechada, i habiendo pedido su autor se insertase íntegra en el acta, se acordó así, la cual es como sigue:
interior, hasta que se presente una razón del monto a que asciende dicha deuda; puesta en discusión resultó desechada, i habiendo pedido su autor se insertase íntegra en el acta, se acordó así, la cual es como sigue:


"El Senado ha acordado que, para continuar en la discusión del proyecto de lei sobre reconocimiento de una deuda nacional interior, se le presente una razón del monto a que asciende cada uno de los veintitrés ramos de deuda parcial que conforme al citado proyecto deben constituir el total de esta deuda interior, sacándose dicha razón de los libros o documentos que precisamente deben existir en las oficinas de Hacienda."
<section begin="Relativo al proyecto de ley sobre reconocimiento de la deuda interna del Estado"/>{{MarcaCL|D|Acta|ok|Relativo al proyecto de ley sobre reconocimiento de la deuda interna del Estado}}"El {{MarcaCL|C|Senado|ok|Relativo al proyecto de ley sobre reconocimiento de la deuda interna del Estado}}Senado ha acordado que, para continuar en la discusión del proyecto de lei sobre reconocimiento de una deuda nacional interior, se le presente una razón del monto a que asciende cada uno de los veintitrés ramos de deuda parcial que conforme al citado proyecto deben constituir el total de esta deuda interior, sacándose dicha razón de los libros o documentos que precisamente deben existir en las oficinas de Hacienda."


Se pasó despues a la segunda discusión particular del número 1.º del artículo 1.º del proyecto sobre reconocimiento de dicha deuda, i concluida se procedió a votar, i resultó aprobado, el cual es como sigue:
Se pasó despues a la segunda discusión particular del número 1.º del artículo 1.º del proyecto sobre reconocimiento de dicha deuda, i concluida se procedió a votar, i resultó aprobado, el cual es como sigue:
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"{{may|Art. 1.º}} La República reconoce como deuda nacional interior: 1.º los créditos rejistrados a consecuencia del decreto del 12 de Julio de 1827."
"{{may|Art. 1.º}} La República reconoce como deuda nacional interior: 1.º los créditos rejistrados a consecuencia del decreto del 12 de Julio de 1827."


El señor Egaña votó por la negativa i pidió se salvase su voto en el acta; i se levantó la sesión. —{{may|Doctor}} {{may|Elizondo}}, Presidente. ''—Meneses.'', secretario.
El señor {{MarcaCL|PI|Mariano Egaña Fabres|ok|Relativo al proyecto de ley sobre reconocimiento de la deuda interna del Estado}}[[:bcnbio:Mariano Egaña Fabres|Egaña]] votó por la negativa i pidió se salvase su voto en el acta; i se levantó la sesión. —{{may|Doctor}} {{MarcaCL|PI|Diego Antonio De Elizondo Prado|ok|Relativo al proyecto de ley sobre reconocimiento de la deuda interna del Estado}}{{may|[[:bcnbio:Diego Antonio De Elizondo Prado|Elizondo]]}}, Presidente. ''—{{MarcaCL|PI|Juan Francisco Meneses Echanes|ok|Relativo al proyecto de ley sobre reconocimiento de la deuda interna del Estado}}[[:bcnbio:Juan Francisco Meneses Echanes|Meneses]].'', secretario.<section end="Relativo al proyecto de ley sobre reconocimiento de la deuda interna del Estado"/>


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==== Núm. 535 ====
==== Núm. 535 ====


Esta Cámara ha tomado en consideración el Mensaje del Presidente de la República, que orijinal acompaño, pidiendo autorización para contratar las construcciones de puentes i caminos e imposición de moderados derechos, i en su consecuencia, ha aprobado el siguiente
<section begin="Oficio de la Cámara de Diputados, relativo al proyecto de ley sobre la construcción de caminos, puentes y canales"/>{{MarcaCL|D|Oficio|ok|Oficio de la Cámara de Diputados, relativo al proyecto de ley sobre la construcción de caminos, puentes y canales}}Esta Cámara ha tomado en consideración el Mensaje del {{MarcaCL|P|José Joaquín Prieto Vial|ok|Oficio de la Cámara de Diputados, relativo al proyecto de ley sobre la construcción de caminos, puentes y canales}}[[:bcnbio:José Joaquín Prieto Vial|Presidente de la República]], que orijinal acompaño, pidiendo autorización para contratar las construcciones de puentes i caminos e imposición de moderados derechos, i en su consecuencia, ha aprobado el siguiente


{{Centrar|PROYECTO DE LEI:}}
{{Centrar|PROYECTO DE LEI:}}
"{{may|Artículo primero}}. El Congreso Nacional autoriza al Presidente de la República para que promueva la construcción de caminos, puentes i canales, concediendo a los empresarios la facultad de cobrar moderados i proporcionados derechos de peaje, pontazgo i navegación, o haciéndolos cobrar por medio de ajentes públicos, con el único i esclusivo objeto de indemnizar a dichos empresarios.
"{{may|Artículo primero}}. {{MarcaCL|ND|Proyecto de Ley|ok|Oficio de la Cámara de Diputados, relativo al proyecto de ley sobre la construcción de caminos, puentes y canales}}El Congreso Nacional autoriza al Presidente de la República para que promueva la construcción de caminos, puentes i canales, concediendo a los empresarios la facultad de cobrar moderados i proporcionados derechos de peaje, pontazgo i navegación, o haciéndolos cobrar por medio de ajentes públicos, con el único i esclusivo objeto de indemnizar a dichos empresarios.


"{{may|Art. 2.º}} En las contratas que, con arreglo al artículo anterior, tuviese a bien celebrar el Presidente de la República, podrá usar de la facultad discrecional de exijir las fianzas que le parecieren oportunas para asegurar el cumplimiento de lo estipulado, aprobando las proposiciones que, a juicio de su Consejo de Estado, encontrare mas ventajosas, atendidas las circunstancias del consenadores trato i de la responsabilidad que ofrecieren los empresarios.
"{{may|Art. 2.º}} En las contratas que, con arreglo al artículo anterior, tuviese a bien celebrar el Presidente de la República, podrá usar de la facultad discrecional de exijir las fianzas que le parecieren oportunas para asegurar el cumplimiento de lo estipulado, aprobando las proposiciones que, a juicio de su Consejo de Estado, encontrare mas ventajosas, atendidas las circunstancias del contrato i de la responsabilidad que ofrecieren los empresarios.


"{{may|Art. 3.º}} Los derechos de peaje, pontazgo i navegación se fijarán especialmente para cada empresa por el Presidente de la República, con acuerdo de su Consejo de Estado.
"{{may|Art. 3.º}} Los derechos de peaje, pontazgo i navegación se fijarán especialmente para cada empresa por el Presidente de la República, con acuerdo de su Consejo de Estado.
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"{{may|Art. 4.º}} Las facultades estraordinarias conzedidas en esta lei, solo tendrán efecto por el término de seis años."
"{{may|Art. 4.º}} Las facultades estraordinarias conzedidas en esta lei, solo tendrán efecto por el término de seis años."


Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Diputados. —Santiago, Julio 2 de 1835. —{{may|Jose Vicente Izquierdo}}. ''—Vicente Arlegiti,'' pro-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.
Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Diputados. —Santiago, Julio 2 de 1835. —{{MarcaCL|PM|José Vicente Izquierdo Jaraquemada|ok|Oficio de la Cámara de Diputados, relativo al proyecto de ley sobre la construcción de caminos, puentes y canales}}{{may|[[:bcnbio:José Vicente Izquierdo Jaraquemada|Jose Vicente Izquierdo]]}}. ''—Vicente Arlegiti,'' pro-secretario. —Al señor {{MarcaCL|P|Diego Antonio De Elizondo Prado|ok|Oficio de la Cámara de Diputados, relativo al proyecto de ley sobre la construcción de caminos, puentes y canales}}[[:bcnbio:Diego Antonio De Elizondo Prado|Presidente de la Cámara de Senadores]].<section end="Oficio de la Cámara de Diputados, relativo al proyecto de ley sobre la construcción de caminos, puentes y canales"/>


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==== Núm. 536<ref>Editorial de ''El dia i El Golpe'' de 29 de Julio de 1835. ''—(Nota del Recopilador.)''</ref> ====
==== Núm. 536<ref>Editorial de ''El dia i El Golpe'' de 29 de Julio de 1835. ''—(Nota del Recopilador.)''</ref> ====


{{Centrar|RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA INTERIOR}}
<section begin="Artículo editorial del periódico El Día y El Golpe, a propósito del proyecto de ley relativo al reconocimiento de la deuda interna del Estado" continua=si/>{{Centrar|RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA INTERIOR}}


Hoi mas que nunca lamentamos la falta de un taquígrafo en las Cámaras Lejislativas para que hubiera escrito los discursos del Senador don Mariano Egaña, en oposicion del proyecto de lei sobre el reconocimiento de la deuda interior. Las razones que ha dado para que se desechase pesan mucho en nuestro limitado entender. Somos pues de su opinion en este asunto, i creemos estremadamente poderosas las reflexiones que hace a este respecto el ilustrado editor de ''El Valdiviano Federal'' en su número 98; i 110 teniendo mas que agregar, por nuestra parte, las insertamos aquí por ser ellas conformes en todo con los principios que profesamos.
{{MarcaCL|D|Artículo|ok|Artículo editorial del periódico El Día y El Golpe, a propósito del proyecto de ley relativo al reconocimiento de la deuda interna del Estado}}Hoi mas que nunca lamentamos la falta de un taquígrafo en las Cámaras Lejislativas para que hubiera escrito los discursos del Senador don {{MarcaCL|P|Mariano Egaña Fabres|ok|Artículo editorial del periódico El Día y El Golpe, a propósito del proyecto de ley relativo al reconocimiento de la deuda interna del Estado}}[[:bcnbio:Mariano Egaña Fabres|Mariano Egaña]], en oposicion del proyecto de lei sobre el reconocimiento de la deuda interior. Las razones que ha dado para que se desechase pesan mucho en nuestro limitado entender. Somos pues de su opinion en este asunto, i creemos estremadamente poderosas las reflexiones que hace a este respecto el ilustrado editor de ''El Valdiviano Federal'' en su número 98; i 110 teniendo mas que agregar, por nuestra parte, las insertamos aquí por ser ellas conformes en todo con los principios que profesamos.


La simple vista del proyecto que vamos a insertar suministraba sobrado mérito (si ''El Valdiviano'' no se equivoca) para haberlo desechado en jeneral, i no admitirlo a discusión particular de sus artículos.
La simple vista del proyecto que vamos a insertar suministraba sobrado mérito (si ''El Valdiviano'' no se equivoca) para haberlo desechado en jeneral, i no admitirlo a discusión particular de sus artículos.
Línea 41: Línea 41:
Las razones que mueven a ''El Valdiviano'' a opinar así son las siguientes:
Las razones que mueven a ''El Valdiviano'' a opinar así son las siguientes:


# No es tiempo de pagar la deuda interior miéntras no se haya cubierto la esterior. Lo exije así el honor nacional: primero es pagar al estranjero i despues pagarnos nosotros. Lo exije nuestro propio Ínteres. La deuda estranjera nos está gravando en un nueve por ciento de Ínteres anual, del que por haberse indebidamente omitido el pago en años anteriores, se adeudan ya por cuatro millones, los que unidos al capital forman la espantosa deuda de cerca de nueve millones; no así la deuda interior que no devenga Ínteres alguno, excepto en la parte que está ligada a él, de la que no hai que tratar porque se están pagando corrientemente, o si no se pagan no es necesario nuevo mandato para hacerlo, si hai con qué, como efectivamente hai i sobra.
# No es tiempo de pagar la deuda interior miéntras no se haya cubierto la esterior. Lo exije así el honor nacional: primero es pagar al estranjero i despues pagarnos nosotros. Lo exije nuestro propio interes. La deuda estranjera nos está gravando en un nueve por ciento de interes anual, del que por haberse indebidamente omitido el pago en años anteriores, se adeudan ya por cuatro millones, los que unidos al capital forman la espantosa deuda de cerca de nueve millones; no así la deuda interior que no devenga interes alguno, excepto en la parte que está ligada a él, de la que no hai que tratar porque se están pagando corrientemente, o si no se pagan no es necesario nuevo mandato para hacerlo, si hai con qué, como efectivamente hai i sobra.<section end="Artículo editorial del periódico El Día y El Golpe, a propósito del proyecto de ley relativo al reconocimiento de la deuda interna del Estado"/>