Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIII (1834-1836).djvu/227»

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mas de seis años, pero el que cumplido su tiempo sin nota indecorosa quisiese continuar, lo podrá hacer hasta completar doce i si aun se reenganchase despues podrá verificarlo de dos en dos años.
<section begin="Oficio con que la Cámara de Diputados transcribe el proyecto de ley relativo a los reemplazos en el Ejército"/>mas de seis años, pero el que cumplido su tiempo sin nota indecorosa quisiese continuar, lo podrá hacer hasta completar doce i si aun se reenganchase despues podrá verificarlo de dos en dos años.


"{{may|Art. 4.º}} Se admitirán en el Ejército los que voluntariamente quieran servir siendo chilenos, naturales o legales i aun cuando sean casados, siempre que tengan las demás cualidades que los llamados por la lei.
"{{may|Art. 4.º}} Se admitirán en el Ejército los que voluntariamente quieran servir siendo chilenos, naturales o legales i aun cuando sean casados, siempre que tengan las demás cualidades que los llamados por la lei.
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"{{may|Art. 8.º}} No son comprendidos en esta lei:
"{{may|Art. 8.º}} No son comprendidos en esta lei:


# Los que hayan pertenecido a las Cámaras Lejislativas, o desempeñado los destinos de Ministro de Gobierno, ajenies diplomáticos o intendentes, gobernadores o miembros de las Municipalidades, subdelegados o inspectores de barrio;
# Los que hayan pertenecido a las Cámaras Lejislativas, o desempeñado los destinos de Ministro de Gobierno, ajentes diplomáticos o intendentes, gobernadores o miembros de las Municipalidades, subdelegados o inspectores de barrio;
# Los oficiales i tropa de la milicia disciplinada i todos aquellos que gocen fuero militar con arreglo a ordenanza;
# Los oficiales i tropa de la milicia disciplinada i todos aquellos que gocen fuero militar con arreglo a ordenanza;
# Los empleados civiles i abogados, escribanos públicos, notarios, procuradores i receptores del número con título;
# Los empleados civiles i abogados, escribanos públicos, notarios, procuradores i receptores del número con título;
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"{{may|Art. 9.º}} El modo i forma de procedimientos para hacer efectiva esta lei, la dictará por un reglamento el Poder Ejecutivo nacional, teniendo en consideración los pueblos que mantienen milicias disciplinadas paradisminuir el continjente."
"{{may|Art. 9.º}} El modo i forma de procedimientos para hacer efectiva esta lei, la dictará por un reglamento el Poder Ejecutivo nacional, teniendo en consideración los pueblos que mantienen milicias disciplinadas paradisminuir el continjente."


Dios guarde al señor Presidente. —Santiago, Octubre 1.º de 1834. —{{MarcaCL|PM|Lorenzo Fuenzalida Corbalán|ok|Oficio con que la Cámara de Diputados transcribe el proyecto de ley relativo a los reemplazos en el Ejército}}{{may|[[:bcnbio:Lorenzo Fuenzalida Corbalán|Lorenzo Fuenzalida]]}}. ''—{{MarcaCL|PM|José Santiago Montt Yrarrázaval|ok|Oficio con que la Cámara de Diputados transcribe el proyecto de ley relativo a los reemplazos en el Ejército}}[[:bcnbio:José Santiago Montt Yrarrázaval|José Santiago Montt]],'' diputado-secretario. —Al señor {{MarcaCL|P|Diego Antonio De Elizondo Prado|ok|Oficio con que la Cámara de Diputados transcribe el proyecto de ley relativo a los reemplazos en el Ejército}}[[:bcnbio:Diego Antonio De Elizondo Prado|Presidente del Senado]].<section end="Oficio con que la Cámara de Diputados transcribe el proyecto de ley relativo a los reemplazos en el Ejército"/>
Dios guarde al señor Presidente. —Santiago, Octubre 1.º de 1834. —{{may|Lorenzo Fuenzalida}}. ''—José Santiago Montt,'' diputado-secretario. —Al señor Presidente del Senado.


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Línea 33: Línea 33:
==== Núm. 371 ====
==== Núm. 371 ====


Habiéndose desechado el dictámen de la Comision de Hacienda, de que se autorice al Presidente de la República para que pueda comprometer et asunto de don Juan Felipe Cárdenas, sobre los cargos que hace al Fisco, someto a la deliberación de la Cámara el siguiente proyecto de acuerdo:
<section begin="Oficio que da cuenta del proyecto relativo a las cuestiones pendientes entre el Fisco y Juan Felipe Cárdenas"/>{{MarcaCL|D|Oficio|ok|Oficio que da cuenta del proyecto relativo a las cuestiones pendientes entre el Fisco y Juan Felipe Cárdenas}}Habiéndose desechado el dictámen de la Comision de Hacienda, de que se autorice al {{MarcaCL|P|José Joaquín Prieto Vial|ok|Oficio que da cuenta del proyecto relativo a las cuestiones pendientes entre el Fisco y Juan Felipe Cárdenas}}[[:bcnbio:José Joaquín Prieto Vial|Presidente de la República]] para que pueda comprometer el asunto de don {{MarcaCL|P|Juan Felipe Cárdenas|ok|Oficio que da cuenta del proyecto relativo a las cuestiones pendientes entre el Fisco y Juan Felipe Cárdenas}}[[:bcnbio:Juan Felipe Cárdenas|Juan Felipe Cárdenas]], sobre los cargos que hace al Fisco, someto a la deliberación de la Cámara el siguiente proyecto de acuerdo:


"Devuélvanse al Presidente de la República los autos sobre don Juan Felipe Cárdenas i el Fisco sobre cancelación de cuentas de provision, para que los tribunales de justicia fallen según su mérito." —Santiago, Octubre 6 de 1834. ''—Manuel Ortúzar.''
"Devuélvanse al Presidente de la República los autos sobre don Juan Felipe Cárdenas i el Fisco sobre cancelación de cuentas de provision, para que los tribunales de justicia fallen según su mérito." —Santiago, Octubre 6 de 1834. ''—{{MarcaCL|PM|José Manuel Ortúzar Formas|ok|Oficio que da cuenta del proyecto relativo a las cuestiones pendientes entre el Fisco y Juan Felipe Cárdenas}}[[:bcnbio:José Manuel Ortúzar Formas|Manuel Ortúzar]].''<section end="Oficio que da cuenta del proyecto relativo a las cuestiones pendientes entre el Fisco y Juan Felipe Cárdenas"/>


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==== Núm 372 ====
==== Núm 372 ====


La Comision de Gobierno ha visto el proyecto de lei, aprobado por la Cámara de Diputados, sobre erijir una nueva provincia de los departamentos de Valparaiso, Quillota i Casablanca; i aunque teme que sea perjudicial a la de Santiago por quitársele su puerto; sin embargo, si no se gravan en manera alguna las rentas fiscales, i todas ellas quedan, como debe ser, a disposición de la Nación i Gobierno Supremo; sin que los intendentes se entrometan a disponer de ellas en manera alguna, puede esta Cámara sancionar la lei en los mismos términos que viene de la de
<section begin="Informe relativo a la creación de la provincia de Valparaíso"/>{{MarcaCL|D|Informe|ok|Informe relativo a la creación de la provincia de Valparaíso}}La Comision de Gobierno ha visto el proyecto de lei, aprobado por la Cámara de Diputados, sobre erijir una nueva provincia de los departamentos de Valparaiso, Quillota i Casablanca; i aunque teme que sea perjudicial a la de Santiago por quitársele su puerto; sin embargo, si no se gravan en manera alguna las rentas fiscales, i todas ellas quedan, como debe ser, a disposición de la Nación i Gobierno Supremo; sin que los intendentes se entrometan a disponer de ellas en manera alguna, puede esta Cámara sancionar la lei en los mismos términos que viene de la de Diputados. —Santiago, Setiembre 30 de 1834. ''—{{MarcaCL|PM|José María De Rozas Lima y Melo|ok|Informe relativo a la creación de la provincia de Valparaíso}}[[:bcnbio:José María De Rozas Lima y Melo|J. M. de Rozas]].'' ''—{{MarcaCL|PM|José Ignacio Eyzaguirre Arechavala|ok|Informe relativo a la creación de la provincia de Valparaíso}}[[:bcnbio:José Ignacio Eyzaguirre Arechavala|Jose Ignacio de Eyzaguirre]].''<section end="Informe relativo a la creación de la provincia de Valparaíso"/>
Diputados. —Santiago, Setiembre 30 de 1834. ''—J. M. de Rozas.'' ''—Jose Ignacio de Eyzaguirre.''


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==== Núm. 373 ====
==== Núm. 373 ====


La Comision de Gobierno, vista la solicitud del sarjento mayor don Tomas Suteliffe, sobre que se le mande espedir la correspondiente carta de naturaleza, es de sentir que se adopte el siguiente
<section begin="Informe relativo a la solicitud de Carta de Ciudadanía demandada por Tomás Suteliffe" continua=si/>{{MarcaCL|D|Informe|ok|Informe relativo a la solicitud de Carta de Ciudadanía demandada por Tomás Suteliffe}}La Comision de Gobierno, vista la solicitud del sarjento mayor don Tomas Suteliffe, sobre que se le mande espedir la correspondiente carta de naturaleza, es de sentir que se adopte el siguiente<section end="Informe relativo a la solicitud de Carta de Ciudadanía demandada por Tomás Suteliffe"/>