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proyecto de lei iniciado en la Cámara que V. E. preside i relativo a la aprobacion de los gastos públicos en los tres años anteriores, la subsistencia de las contribuciones por el término de dieziocho meses i los presupuestos de los gastos en que han de invertirse aquéllas para el año de 1840; i ha aprobado en todas sus partes los tres artículos contenidos en el citado proyecto, en la misma forma en que fueron redactados por la Cámara de su oríjen.
<section begin="Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley relativo a los Presupuestos, cuenta de inversión y contribuciones" />proyecto de lei iniciado en la {{MarcaCL|C|Cámara|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley relativo a los Presupuestos, cuenta de inversión y contribuciones}}Cámara que V. E. preside i relativo a la aprobacion de los gastos públicos en los tres años anteriores, la subsistencia de las contribuciones por el término de dieziocho meses i los presupuestos de los gastos en que han de invertirse aquéllas para el año de 1840; i ha aprobado en todas sus partes los tres artículos contenidos en el citado proyecto, en la misma forma en que fueron redactados por la Cámara de su oríjen.




Devuelvo los antecedentes i ofrezco a V. E. los sentimientos de mi aprecio. —Cámara de Senadores. —Santiago, Agosto 30 de 1839. —{{may|Juan de Dios Vial del Rio}}. —''José Miguel Irarrázaval'', secretario. —A. S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.
Devuelvo los antecedentes i ofrezco a V. E. los sentimientos de mi aprecio. —Cámara de Senadores. —Santiago, Agosto 30 de 1839. —{{MarcaCL|P|Juan de Dios Vial del Río|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley relativo a los Presupuestos, cuenta de inversión y contribuciones}}[[:bcnbio:Juan de Dios Vial del Río|JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO]]. —''{{MarcaCL|P|José Miguel Yrarrázaval Alcalde|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley relativo a los Presupuestos, cuenta de inversión y contribuciones}}[[:bcnbio:José Miguel Yrarrázaval Alcalde|José Miguel Irarrázaval]]'', secretario. —A. S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.<section end="Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley relativo a los Presupuestos, cuenta de inversión y contribuciones" />




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<section begin="Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que fija el monto de la fuerza permanente" />{{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que fija el monto de la fuerza permanente}}==== Núm. 634 ====
==== Núm. 634 ====




El Senado, en sesion de hoi, ha considerado el proyecto de lei iniciado por la Cámara que V. E. preside, para que se fije el número de fuerza de que debe constar el Ejército de mar i tierra en el año entrante de 1840; i ha aprobado en todas sus partes los dos artículos de que consta el proyecto indicado.
El {{MarcaCL|C|Senado|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que fija el monto de la fuerza permanente}}Senado, en sesion de hoi, ha considerado el proyecto de lei iniciado por la {{MarcaCL|C|Cámara|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que fija el monto de la fuerza permanente}}Cámara que V. E. preside, para que se fije el número de fuerza de que debe constar el {{MarcaCL|I|Ejército|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que fija el monto de la fuerza permanente}}Ejército de mar i tierra en el año entrante de 1840; i ha aprobado en todas sus partes los dos artículos de que consta el proyecto indicado.




Trascribo a V. E. esta resolucion en contestacion a la nota de ayer i devuelvo los antecedentes del caso, rogándole acepte los sentimientos de mi consideracion i aprecio. —Cámara de Senadores. —Santiago, Agosto 30 de 1839. —{{may|Juan de Dios Vial del Rio}}. —José Miguel Irarrázaval, secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.
Trascribo a V. E. esta resolucion en contestacion a la nota de ayer i devuelvo los antecedentes del caso, rogándole acepte los sentimientos de mi consideracion i aprecio. —Cámara de Senadores. —Santiago, Agosto 30 de 1839. —{{MarcaCL|P|Juan de Dios Vial del Río|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que fija el monto de la fuerza permanente}}[[:bcnbio:Juan de Dios Vial del Río|JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO]]. —{{MarcaCL|P|José Miguel Yrarrázaval Alcalde|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que fija el monto de la fuerza permanente}}[[:bcnbio:José Miguel Yrarrázaval Alcalde|José Miguel Irarrázaval]], secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.<section end="Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que fija el monto de la fuerza permanente" />




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<section begin="Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que concede indulto a los desertores" />{{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que concede indulto a los desertores}}==== Núm. 635 ====
==== Núm. 635 ====




El Senado, examinado el Mensaje que el Presidente de la República dirijió al Congreso Nacional en 16 del pasado, i discutido el proyecto de lei que en él se contiene, ha tenido a bien aprobarlo en la forma siguiente:
El {{MarcaCL|C|Senado|OK|Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que concede indulto a los desertores}}Senado, examinado el Mensaje que el Presidente de la República dirijió al {{MarcaCL|C|Congreso Nacional|OK|Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que concede indulto a los desertores}}Congreso Nacional en 16 del pasado, i discutido el proyecto de lei que en él se contiene, ha tenido a bien aprobarlo en la forma siguiente:




"{{May|Artículo primero.}} Se concede absoluto indulto a cuantos individuos hubiesen desertado hasta la fecha, así del Ejército como de la Armada nacional, con tal que su desercion no haya sido para pasarse al enemigo.
"{{May|Artículo primero.}} Se concede absoluto indulto a cuantos individuos hubiesen desertado hasta la fecha, así del {{MarcaCL|I|Ejército|OK|Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que concede indulto a los desertores}}Ejército como de la Armada nacional, con tal que su desercion no haya sido para pasarse al enemigo.




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El que suscribe, acompañando el Mensaje orijinal, saluda a V. E. con su estimacion i respeto. —Cámara de Senadores. —Santiago, Agosto 29 de 1839. —{{may|Juan de Dios Vial del Rio}}. —''José Miguel Irarrázaval'', secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.
El que suscribe, acompañando el Mensaje orijinal, saluda a V. E. con su estimacion i respeto. —Cámara de Senadores. —Santiago, Agosto 29 de 1839. —{{MarcaCL|P|Juan de Dios Vial del Río|OK|Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que concede indulto a los desertores}}[[:bcnbio:Juan de Dios Vial del Río|JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO]]. —''{{MarcaCL|P|José Miguel Yrarrázaval Alcalde|OK|Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que concede indulto a los desertores}}[[:bcnbio:José Miguel Yrarrázaval Alcalde|José Miguel Irarrázaval]]'', secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.<section end="Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que concede indulto a los desertores" />




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<section begin="Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que suprime los consejos de guerra permanentes" />{{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que suprime los consejos de guerra permanentes}}==== Núm. 636 ====
==== Núm. 636 ====




El Senado ha tomado en consideracion el adjunto Mensaje del Presidente de la República, fecha 16 del pasado, i ha aprobado el proyecto de lei que contiene, en los mismos términos en que se halla concebido. —Dios guarde al señor Presidente. -Cámara de Senadores. —Santiago, Agosto 30 de 1839. —{{may|Juan de Dios Vial del Rio}}. —''José Miguel Irarrázaval'', secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.
El {{MarcaCL|C|Senado|OK|Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que suprime los consejos de guerra permanentes}}Senado ha tomado en consideracion el adjunto Mensaje del Presidente de la República, fecha 16 del pasado, i ha aprobado el proyecto de lei que contiene, en los mismos términos en que se halla concebido. —Dios guarde al señor Presidente. -Cámara de Senadores. —Santiago, Agosto 30 de 1839. —{{MarcaCL|P|Juan de Dios Vial del Río|OK|Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que suprime los consejos de guerra permanentes}}[[:bcnbio:Juan de Dios Vial del Río|JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO]]. —''{{MarcaCL|P|José Miguel Yrarrázaval Alcalde|OK|Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que suprime los consejos de guerra permanentes}}[[:bcnbio:José Miguel Yrarrázaval Alcalde|José Miguel Irarrázaval]]'', secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.<section end="Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que suprime los consejos de guerra permanentes" />




<section begin="Informe sobre la apertura de los puertos a las embarcaciones nacionales" />{{MarcaCL|D|Informe|OK|Informe sobre la apertura de los puertos a las embarcaciones nacionales}}==== Núm. 637 ====
==== Núm. 637 ====




La Comision de Gobierno ha considerado con atencion el proyecto de lei, remitido por el Ejecutivo, para que los buques mercantes españoles sean recibidos en los puertos de la República en los mismos términos que los de las potencias neutrales; i opina que nada hai mas justo que la Cámara le apruebe sin modificacion alguna. Así lo exije el estado de nuestras relaciones amistosas con la Península i el ejemplo de otros gobiernos americanos que han adoptado igual conducta. —Sala de la Comision. —Agosto 30 de 1839. —''José Fermin del Solar. —Juan Manuel Palacios. —José Joaquin Pérez''.
La {{MarcaCL|C|Comisión de Gobierno|OK|Informe sobre la apertura de los puertos a las embarcaciones nacionales}}Comision de Gobierno ha considerado con atencion el proyecto de lei, remitido por el Ejecutivo, para que los buques mercantes españoles sean recibidos en los puertos de la República en los mismos términos que los de las potencias neutrales; i opina que nada hai mas justo que la Cámara le apruebe sin modificacion alguna. Así lo exije el estado de nuestras relaciones amistosas con la Península i el ejemplo de otros gobiernos americanos que han adoptado igual conducta. —Sala de la Comision. —Agosto 30 de 1839. —''{{MarcaCL|P|José Fermín Del Solar Marín|OK|Informe sobre la apertura de los puertos a las embarcaciones nacionales}}[[:bcnbio:José Fermín Del Solar Marín|José Fermin del Solar]]. —{{MarcaCL|P|Juan Manuel Palacios Puga|OK|Informe sobre la apertura de los puertos a las embarcaciones nacionales}}[[:bcnbio:Juan Manuel Palacios Puga|Juan Manuel Palacios]]. —{{MarcaCL|P|José Joaquín Pérez Mascayano|OK|Informe sobre la apertura de los puertos a las embarcaciones nacionales}}[[:bcnbio:José Joaquín Pérez Mascayano|José Joaquín Pérez]]''.<section end="Informe sobre la apertura de los puertos a las embarcaciones nacionales" />




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<section begin="Informe sobre la reorganizacion de la Secretaría del Senado" />{{MarcaCL|D|Informe|OK|Informe sobre la reorganizacion de la Secretaría del Senado}}==== Núm. 638 ====
==== Núm. 638 ====




La Comision de Policía Interior ha examinado el proyecto de lei, aprobado por el Senado, para la nueva organizacion de su Secretaría en que se altera la que se le había dado en lei de 14 de Setiembre de 1834, i aunque no está al alcance de todas las razones que han influido en esta variacion, cree que debe descansarse en el juicio i discrecion del dicho Senado, pues cada Cámara, en lo perteneciente a su servicio peculiar, es quien debe fijar su arreglo con mas acierto. —Sala de la Comision. —Agosto 26 de 1839. —''José S. Izquierdo. —D. Eyzaguirre. —Rafael Valentin Valdivieso''.
La {{MarcaCL|C|Comisión de Policía|OK|Informe sobre la reorganizacion de la Secretaría del Senado}}Comision de Policía Interior ha examinado el proyecto de lei, aprobado por el {{MarcaCL|C|Senado|OK|Informe sobre la reorganizacion de la Secretaría del Senado}}Senado, para la nueva organizacion de su Secretaría en que se altera la que se le había dado en lei de 14 de Setiembre de 1834, i aunque no está al alcance de todas las razones que han influido en esta variacion, cree que debe descansarse en el juicio i discrecion del dicho Senado, pues cada {{MarcaCL|C|Cámara|OK|Informe sobre la reorganizacion de la Secretaría del Senado}}Cámara, en lo perteneciente a su servicio peculiar, es quien debe fijar su arreglo con mas acierto. —Sala de la Comision. —Agosto 26 de 1839. —''{{MarcaCL|P|José Vicente Izquierdo Jaraquemada|OK|Informe sobre la reorganizacion de la Secretaría del Senado}}[[:bcnbio:José Vicente Izquierdo Jaraquemada|José V. Izquierdo]]. — {{MarcaCL|P|Domingo Eyzaguirre Arechavala|OK|Informe sobre la reorganizacion de la Secretaría del Senado}}[[:bcnbio:Domingo Eyzaguirre Arechavala|D. Eyzaguirre]]. —{{MarcaCL|P|Rafael Valentín Valdivieso Zañartu|OK|Informe sobre la reorganizacion de la Secretaría del Senado}}[[:bcnbio:Rafael Valentín Valdivieso Zañartu|Rafael Valentín Valdivieso]]''.<section end="Informe sobre la reorganizacion de la Secretaría del Senado" />




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<section begin="Oficio con que se transcribe al Gobierno la ley que fija el monto de las fuerzas del Ejército" continua=si/>{{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio con que se transcribe al Gobierno la ley que fija el monto de las fuerzas del Ejército}}==== Núm. 639 ====
==== Núm. 639 ====




El Congreso Nacional ha tenido a bien aprobar el siguiente
El {{MarcaCL|C|Congreso Nacional|OK|Oficio con que se transcribe al Gobierno la ley que fija el monto de las fuerzas del Ejército}}Congreso Nacional ha tenido a bien aprobar el siguiente




{{MarcaCL|D|Proyecto|OK|Oficio con que se transcribe al Gobierno la ley que fija el monto de las fuerzas del Ejército}}{{Centrar|PROYECTO DE LEI:}}
{{Centrar|PROYECTO DE LEI:}}




"{{May|Artículo primero.}} El Ejército permanente de la República, durante el año de 1840, constará de dos mil doscientas dieziseis plazas, distribuidas en el cuerpo de artillería cuatrocientas, en cinco escuadrones de caballería, seiscientas i en los cuatro batallones de infantería mil doscientas dieziseis plazas.
"{{May|Artículo primero.}} El {{MarcaCL|I|Ejército|OK|Oficio con que se transcribe al Gobierno la ley que fija el monto de las fuerzas del Ejército}}Ejército permanente de la República, durante el año de 1840, constará de dos mil doscientas dieziseis plazas, distribuidas en el cuerpo de artillería cuatrocientas, en cinco escuadrones de caballería, seiscientas i en los cuatro batallones de infantería mil doscientas dieziseis plazas.<section end="Oficio con que se transcribe al Gobierno la ley que fija el monto de las fuerzas del Ejército" />