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# De un {{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio por el cual el Presidente de la República comunica que ha nombrado a los señores Mariano Egaña y Ramón de la Cavareda como Ministros de Estado}}oficio por el cual el Presidente de la República comunica que ha nombrado a don Mariano Egaña Ministro de Justicia, Culto e Instruccion Pública, i a don Ramon de la Cavareda, Ministro de Guerra i Marina. (''Anexo núm. 452''.)
# De un {{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio por el cual el Presidente de la República comunica que ha nombrado a los señores Mariano Egaña y Ramón de la Cavareda como Ministros de Estado}}oficio por el cual el Presidente de la República comunica que ha nombrado a don {{MarcaCL|P|Mariano Egaña Fabres|OK|Oficio por el cual el Presidente de la República comunica que ha nombrado a los señores Mariano Egaña y Ramón de la Cavareda como Ministros de Estado}}[[:bcnbio:Mariano Egaña Fabres|Mariano Egaña]] Ministro de Justicia, Culto e Instruccion Pública, i a don {{MarcaCL|P|Ramón De la Cavareda Trucíos|OK|Oficio por el cual el Presidente de la República comunica que ha nombrado a los señores Mariano Egaña y Ramón de la Cavareda como Ministros de Estado}}[[:bcnbio:Ramón De la Cavareda Trucíos|Ramon de la Cavareda]], Ministro de Guerra i Marina. (''Anexo núm. 452''.)
# De otro {{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio por el cual el Presidente de la República comunica que ha mandado que se paguen los sueldos a los empleados de Secretaría}}oficio por el cual el mismo Majistrado comunica que ha mandado tomar razon de la continuacion de los antiguos empleados en el servicio de la Secretaría. (''Anexo núm. 453''.)
# De otro {{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio por el cual el Presidente de la República comunica que ha mandado que se paguen los sueldos a los empleados de Secretaría}}oficio por el cual el mismo Majistrado comunica que ha mandado tomar razon de la continuacion de los antiguos empleados en el servicio de la Secretaría. (''Anexo núm. 453''.)
# De unos {{MarcaCL|C|Poderes|OK|Poderes que acreditan a los siguientes ciudadanos como diputados}}poderes que acreditan como {{MarcaCL|C|Diputados|OK|Poderes que acreditan a los siguientes ciudadanos como diputados}}Diputados:
# De unos {{MarcaCL|C|Poderes|OK|Poderes que acreditan a los siguientes ciudadanos como diputados}}poderes que acreditan como {{MarcaCL|C|Diputados|OK|Poderes que acreditan a los siguientes ciudadanos como diputados}}Diputados:




I. Por Illapel, a don Fermin Solar en el carácter de propietario i a don Pedro Felipe Iñiguez en el de suplente. (''Anexo núm. 454''.)
I. Por Illapel, a don {{MarcaCL|P|José Fermín Del Solar Marín|OK|Poderes que acreditan a los siguientes ciudadanos como diputados}}[[:bcnbio:José Fermín Del Solar Marín|Fermin Solar]] en el carácter de propietario i a don {{MarcaCL|P|Pedro Felipe Iñiguez Landa|OK|Poderes que acreditan a los siguientes ciudadanos como diputados}}[[:bcnbio:Pedro Felipe Iñiguez Landa|Pedro Felipe Íñiguez]] en el de suplente. (''Anexo núm. 454''.)




II. Por Caupolican, a don Fernando Márquez de la Plata i a don Vicente Larrain Espinosa, en el carácter de propietarios i a don Ramon Sepúlveda en el de suplente. (''Anexo núm. 455''.)
II. Por Caupolican, a don {{MarcaCL|P|Fernando Márquez de la Plata Encalada|OK|Poderes que acreditan a los siguientes ciudadanos como diputados}}[[:bcnbio:Fernando Márquez de la Plata Encalada|Fernando Márquez de la Plata]] i a don {{MarcaCL|P|José Vicente Larraín Espinosa|OK|Poderes que acreditan a los siguientes ciudadanos como diputados}}[[:bcnbio:José Vicente Larraín Espinosa|Vicente Larrain Espinosa]], en el carácter de propietarios i a don Ramon Sepúlveda en el de suplente. (''Anexo núm. 455''.)




III. Por los Anjeles, a don Anjel Prieto i a don Antonio Toro, en el carácter de propietarios, i a don Agustin López en el de suplente. (''V. anexo núm. 439''.)
III. Por los Anjeles, a don A{{MarcaCL|P|Angel María Prieto Vial|OK|Poderes que acreditan a los siguientes ciudadanos como diputados}}[[:bcnbio:Angel María Prieto Vial|Anjel Prieto]] i a don Antonio Toro, en el carácter de propietarios, i a don Agustin López en el de suplente. (''V. anexo núm. 439''.)