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que elijieren, o, en su defecto, al mas inmediato.
<section begin="Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que fija los casos de implicancias y recusaciones" />que elijieren, o, en su defecto, al mas inmediato.


{{May|Art. 58.}} La persona a quien se hubiere recusado como perito, como liquidador o contador entre partes, como tasador o como relator o ministro subalterno de un juzgado, no se entenderá recusada o implicada para conocer despues como juez, si en el discurso del pleito fuere llamada a ello, salvo que nuevamente se le recuse en la forma debida.
{{May|Art. 58.}} La persona a quien se hubiere recusado como perito, como liquidador o contador entre partes, como tasador o como relator o ministro subalterno de un juzgado, no se entenderá recusada o implicada para conocer despues como juez, si en el discurso del pleito fuere llamada a ello, salvo que nuevamente se le recuse en la forma debida.
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{{May|Art. 70.}} Del artículo de recusacion de un Ministro de la Corte Suprema, conocerá en única instancia la Corte de Apelaciones.
{{May|Art. 70.}} Del artículo de recusacion de un Ministro de la Corte Suprema, conocerá en única instancia la Corte de Apelaciones.


{{May|Art. 71.}} De la recusacion de alguno de los miembros del Consejo de Estado, conoce en única instancia el Senado, i en su receso, la Comision Conservadora.
{{May|Art. 71.}} De la recusacion de alguno de los miembros del Consejo de Estado, conoce en única instancia el {{MarcaCL|C|Senado|OK|Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que fija los casos de implicancias y recusaciones}}Senado, i en su receso, la {{MarcaCL|C|Comisión Conservadora|OK|Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que fija los casos de implicancias y recusaciones}}Comision Conservadora.


De la recusacion de alguno de los miembros del Senado, de la Comision Conservadora i de la Cámara de Diputados, conoce en única instancia la Corte Suprema de Justicia.
De la recusacion de alguno de los miembros del Senado, de la Comision Conservadora i de la {{MarcaCL|C|Cámara de Diputados|OK|Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que fija los casos de implicancias y recusaciones}}Cámara de Diputados, conoce en única instancia la Corte Suprema de Justicia.


{{May|Art. 72.}} Las personas que hubieren sido declaradas por pobres estarán dispensadas de consignar multas para las recusaciones que interpusieren; pero no proponiendo o no probando una causa legal, o recusando en los casos en que no deba oírse la recusacion, sufrirán un arresto en una cárcel o casa de corrección:
{{May|Art. 72.}} Las personas que hubieren sido declaradas por pobres estarán dispensadas de consignar multas para las recusaciones que interpusieren; pero no proponiendo o no probando una causa legal, o recusando en los casos en que no deba oírse la recusacion, sufrirán un arresto en una cárcel o casa de corrección:
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De veinte en la recusación de un Ministro de la Suprema Corte."
De veinte en la recusación de un Ministro de la Suprema Corte."


Dios guarde al señor Presidente. —Santiago, Diciembre 6 de 1836. —A la Cámara de Diputados.
Dios guarde al señor Presidente. —Santiago, Diciembre 6 de 1836. —A la Cámara de Diputados.<section end="Oficio con que el Senado acompaña un proyecto de ley que fija los casos de implicancias y recusaciones" />


{{línea|12em}}
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<section begin="Nota por la cual se comunica a don Lorenzo Fuenzalida que se ha desechado su reclamación" continua=si/>==== Núm. 383 ====
==== Núm. 383 ====


La Cámara de Diputados ha tomado en consideración la solicitud que V. S, dirijió al señor Presidente de ella, con fecha 29 del pasado mes, reclamando el acuerdo de la Sala que había declarado haber lugar a que se formase causa a
{{MarcaCL|D|Nota|OK|Nota por la cual se comunica a don Lorenzo Fuenzalida que se ha desechado su reclamación}}La {{MarcaCL|C|Cámara de Diputados|OK|Nota por la cual se comunica a don Lorenzo Fuenzalida que se ha desechado su reclamación}}Cámara de Diputados ha tomado en consideración la solicitud que V. S, dirijió al señor Presidente de ella, con fecha 29 del pasado mes, reclamando el acuerdo de la Sala que había declarado haber lugar a que se formase causa a<section end="Nota por la cual se comunica a don Lorenzo Fuenzalida que se ha desechado su reclamación" />