Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIV (1835-1839).djvu/329»
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Los señores Urízar, Montt i Soffia pidieron que la {{MarcaCL|C|Cámara|OK|Acta 35° sesión}}Cámara declarase préviamente si están o nó implicados para conocer en este asunto por los motivos que espresaron; pero, habiéndose leido el artículo 87 del reglamento interior, se declaró que nó. |
Los señores {{MarcaCL|P|Fernando Urízar Garfias|OK|Acta 35° sesión}}[[:bcnbio:Fernando Urízar Garfias|Urízar]], {{MarcaCL|P|José Santiago Montt Yrarrázaval|OK|Acta 35° sesión}}[[:bcnbio:José Santiago Montt Yrarrázaval|Montt]] i {{MarcaCL|P|Antonio Soffia Escandón|OK|Acta 35° sesión}}[[:bcnbio:Antonio Soffia Escandón|Soffia]] pidieron que la {{MarcaCL|C|Cámara|OK|Acta 35° sesión}}Cámara declarase préviamente si están o nó implicados para conocer en este asunto por los motivos que espresaron; pero, habiéndose leido el artículo 87 del reglamento interior, se declaró que nó. |
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