Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIV (1835-1839).djvu/39»

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<section begin="Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda" />{{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda}}El {{MarcaCL|C|Senado|OK|Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda}}Senado ha aprobado el artículo 5.° con que la {{MarcaCL|C|Cámara de Diputados|OK|Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda}}Cámara de Diputados adicionó el {{MarcaCL|D|Proyecto|OK|Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda}}proyecto de lei que traslada al conocimiento de la {{MarcaCL|I|Corte Suprema|OK|Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda}}Corte Suprema de Justicia las causas criminales i de hacienda.
<section begin="Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda" />{{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda}}El {{MarcaCL|C|Senado|OK|Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda}}Senado ha aprobado el artículo 5.° con que la {{MarcaCL|C|Cámara de Diputados|OK|Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda}}Cámara de Diputados adicionó el {{MarcaCL|D|Proyecto|OK|Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda}}proyecto de lei que traslada al conocimiento de la {{MarcaCL|I|Corte Suprema|OK|Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda}}Corte Suprema de Justicia las causas criminales i de hacienda.


Dios guarde al señor Presidente. —{{MarcaCL|C|Cámara de Senadores|OK|Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda}}Cámara de Senadores. —Santiago, Abril 22 de 1835. —{{MarcaCL|P|Diego Antonio De Elizondo Prado|OK|Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda}}[[:bcnbio:Diego Antonio De Elizondo Prado|DR. DIEGO A. ELIZONDO]]. ''—{{MarcaCL|P|Juan Francisco Meneses Echanes|OK|Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda}}[[:wbio:Juan Francisco Meneses Echanes|Juan Francisco Meneses]]'', secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.<section end="Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda" />
Dios guarde al señor Presidente. —{{MarcaCL|C|Cámara de Senadores|OK|Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda}}Cámara de Senadores. —Santiago, Abril 22 de 1835. —{{MarcaCL|P|Diego Antonio De Elizondo Prado|OK|Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda}}[[:bcnbio:Diego Antonio De Elizondo Prado|DR. DIEGO A. {{may|Elizondo}}]]. ''—{{MarcaCL|P|Juan Francisco Meneses Echanes|OK|Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda}}[[:wbio:Juan Francisco Meneses Echanes|Juan Francisco Meneses]]'', secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.<section end="Oficio por el cual el Senado comunica que ha aprobado ciertas modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley que transfiere a la Corte Suprema el conocimiento de las causas de Hacienda" />


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Línea 32: Línea 32:
"La parte 10.ª del artículo 82 de la {{MarcaCL|C|Constitución|OK|Oficio por el cual el Senado declara que el Presidente de la República puede destituir a los militares}}Constitucion comprende a los militares, en consecuencia, el Presidente de la República, en las destituciones que ocurran, procederá con arreglo a él; entendiéndose por empleados superiores los que tengan el grado o empleo de coronel o capitan de navío para arriba."
"La parte 10.ª del artículo 82 de la {{MarcaCL|C|Constitución|OK|Oficio por el cual el Senado declara que el Presidente de la República puede destituir a los militares}}Constitucion comprende a los militares, en consecuencia, el Presidente de la República, en las destituciones que ocurran, procederá con arreglo a él; entendiéndose por empleados superiores los que tengan el grado o empleo de coronel o capitan de navío para arriba."


Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. —Santiago, Abril 9 de 1835. —{{MarcaCL|P|Diego Antonio De Elizondo Prado|OK|Oficio por el cual el Senado declara que el Presidente de la República puede destituir a los militares}}[[:bcnbio:Diego Antonio De Elizondo Prado|DR. DIEGO A. ELIZONDO]]. ''—{{MarcaCL|P|Fernando Urízar Garfias|OK|Oficio por el cual el Senado declara que el Presidente de la República puede destituir a los militares}}[[:bcnbio:Fernando Urízar Garfias|Fernando Urízar Garfias]]'', pro-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.<section end="Oficio por el cual el Senado declara que el Presidente de la República puede destituir a los militares" />
Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. —Santiago, Abril 9 de 1835. —{{MarcaCL|P|Diego Antonio De Elizondo Prado|OK|Oficio por el cual el Senado declara que el Presidente de la República puede destituir a los militares}}[[:bcnbio:Diego Antonio De Elizondo Prado|DR. DIEGO A. {{may|Elizondo}}]]. ''—{{MarcaCL|P|Fernando Urízar Garfias|OK|Oficio por el cual el Senado declara que el Presidente de la República puede destituir a los militares}}[[:bcnbio:Fernando Urízar Garfias|Fernando Urízar Garfias]]'', pro-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.<section end="Oficio por el cual el Senado declara que el Presidente de la República puede destituir a los militares" />


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Línea 48: Línea 48:
<section begin="Oficio por el cual el Senado comunica la clausura de las sesiones" />{{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio por el cual el Senado comunica la clausura de las sesiones}}La {{MarcaCL|C|Cámara de Senadores|OK|Oficio por el cual el Senado comunica la clausura de las sesiones}}Cámara de Senadores ha cerrado en este momento sus sesiones estraordinarias.
<section begin="Oficio por el cual el Senado comunica la clausura de las sesiones" />{{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio por el cual el Senado comunica la clausura de las sesiones}}La {{MarcaCL|C|Cámara de Senadores|OK|Oficio por el cual el Senado comunica la clausura de las sesiones}}Cámara de Senadores ha cerrado en este momento sus sesiones estraordinarias.


Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. —Santiago, Abril 25 de 1835. —{{MarcaCL|P|Diego Antonio De Elizondo Prado|OK|Oficio por el cual el Senado comunica la clausura de las sesiones}}[[:bcnbio:Diego Antonio De Elizondo Prado|DR. DIEGO A. ELIZONDO]]. ''—Juan Carmona Zea'', pro-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.<section end="Oficio por el cual el Senado comunica la clausura de las sesiones" />
Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. —Santiago, Abril 25 de 1835. —{{MarcaCL|P|Diego Antonio De Elizondo Prado|OK|Oficio por el cual el Senado comunica la clausura de las sesiones}}[[:bcnbio:Diego Antonio De Elizondo Prado|DR. DIEGO A. {{may|Elizondo}}]]. ''—Juan Carmona Zea'', pro-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.<section end="Oficio por el cual el Senado comunica la clausura de las sesiones" />