Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XV (1827-1828).djvu/138»

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<section begin="La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de arreglo de los Tribunales de Justicia para que sea redactado nuevamente" />{{MarcaCL|D|Oficio|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de arreglo de los Tribunales de Justicia para que sea redactado nuevamente}}La {{MarcaCL|C|Comisión Nacional|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de arreglo de los Tribunales de Justicia para que sea redactado nuevamente}}Comision Nacional ha considerado el proyecto sobre arreglo de {{MarcaCL|I|Tribunales de Justicia|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de arreglo de los Tribunales de Justicia para que sea redactado nuevamente}}Tribunales de Justicia, i advirtiendo en la nota con que S. E. lo acompaña que dice hallarse varios de sus artículos dispuestos por las leyes, i estando en sus facultades hacerlos cumplir como tambien indica, ha acordado, en su consecuencia, se redacte dicho proyecto de solo aquellos artículos para los cuales sea necesaria la aprobacion de la Comision.
<section begin="La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de arreglo de los Tribunales de Justicia para que sea redactado nuevamente" />{{MarcaCL|D|Oficio|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de arreglo de los Tribunales de Justicia para que sea redactado nuevamente}}La {{MarcaCL|C|Comisión Nacional|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de arreglo de los Tribunales de Justicia para que sea redactado nuevamente}}Comision Nacional ha considerado el proyecto sobre arreglo de {{MarcaCL|I|Tribunales de Justicia|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de arreglo de los Tribunales de Justicia para que sea redactado nuevamente}}Tribunales de Justicia, i advirtiendo en la nota con que S. E. lo acompaña que dice hallarse varios de sus artículos dispuestos por las leyes, i estando en sus facultades hacerlos cumplir como tambien indica, ha acordado, en su consecuencia, se redacte dicho proyecto de solo aquellos artículos para los cuales sea necesaria la aprobacion de la Comision.


El Presidente de la Comision, etc. —Santiago, Octubre 16 de 1827. -(Firmado). {{MarcaCL|P|Santiago Antonio Pérez Salas|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de arreglo de los Tribunales de Justicia para que sea redactado nuevamente}}[[:bcnbio:Santiago Antonio Pérez Salas|SANTIAGO ANTONIO PÉREZ]]. —''{{MarcaCL|P|Francisco Fernández|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de arreglo de los Tribunales de Justicia para que sea redactado nuevamente}}[[:bcnbio:Francisco Fernández|Francisco Fernández]], Secretario. —Al Excmo. señor Vice Presidente de la República.<section end="La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de arreglo de los Tribunales de Justicia para que sea redactado nuevamente" />
El Presidente de la Comision, etc. —Santiago, Octubre 16 de 1827. -(Firmado). {{MarcaCL|P|Santiago Antonio Pérez Salas|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de arreglo de los Tribunales de Justicia para que sea redactado nuevamente}}[[:bcnbio:Santiago Antonio Pérez Salas|SANTIAGO ANTONIO {{may|Perez}}]]. —''{{MarcaCL|P|Francisco Fernández|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de arreglo de los Tribunales de Justicia para que sea redactado nuevamente}}[[:bcnbio:Francisco Fernández|Francisco Fernández]], Secretario. —Al Excmo. señor Vice Presidente de la República.<section end="La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de arreglo de los Tribunales de Justicia para que sea redactado nuevamente" />


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<section begin="La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de decreto que otorga una prórroga para la presentación de los certificados" />{{MarcaCL|D|Oficio|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de decreto que otorga una prórroga para la presentación de los certificados}}La {{MarcaCL|C|Comisión Nacional|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de decreto que otorga una prórroga para la presentación de los certificados}}Comision Nacional, ha considerado el proyecto sobre prórroga de término para la presentacion de certificados, i ha acordado se conteste a S. E., que está en las facultades del Gobierno, como lo espone, conceder la prórroga que crea bastante a la presentacion de certificados, pero que la Comision cree respecto del artículo segundo, que es mas justo i equitativo que la pena que él establece se reduzca a la de que no serán los omisos atendidos como los que no lo sean.
<section begin="La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de decreto que otorga una prórroga para la presentación de los certificados" />{{MarcaCL|D|Oficio|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de decreto que otorga una prórroga para la presentación de los certificados}}La {{MarcaCL|C|Comisión Nacional|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de decreto que otorga una prórroga para la presentación de los certificados}}Comision Nacional, ha considerado el proyecto sobre prórroga de término para la presentacion de certificados, i ha acordado se conteste a S. E., que está en las facultades del Gobierno, como lo espone, conceder la prórroga que crea bastante a la presentacion de certificados, pero que la Comision cree respecto del artículo segundo, que es mas justo i equitativo que la pena que él establece se reduzca a la de que no serán los omisos atendidos como los que no lo sean.


El Presidente de la Comision, etc. —Santiago, Octubre 16 de 1827. —(Firmado). {{MarcaCL|P|Santiago Antonio Pérez Salas|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de decreto que otorga una prórroga para la presentación de los certificados}}[[:bcnbio:Santiago Antonio Pérez Salas|SANTIAGO ANTONIO PÉREZ]]. —''{{MarcaCL|P|Francisco Fernández|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de decreto que otorga una prórroga para la presentación de los certificados}}[[:bcnbio:Francisco Fernández|Francisco Fernández]], Secretario. —Al Excmo. señor Vice-Presidente de la República.<section end="La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de decreto que otorga una prórroga para la presentación de los certificados" />
El Presidente de la Comision, etc. —Santiago, Octubre 16 de 1827. —(Firmado). {{MarcaCL|P|Santiago Antonio Pérez Salas|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de decreto que otorga una prórroga para la presentación de los certificados}}[[:bcnbio:Santiago Antonio Pérez Salas|SANTIAGO ANTONIO {{may|Perez}}]]. —''{{MarcaCL|P|Francisco Fernández|OK|La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de decreto que otorga una prórroga para la presentación de los certificados}}[[:bcnbio:Francisco Fernández|Francisco Fernández]], Secretario. —Al Excmo. señor Vice-Presidente de la República.<section end="La Comisión Nacional devuelve al Gobierno el proyecto de decreto que otorga una prórroga para la presentación de los certificados" />


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