Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXVI (1839).djvu/66»

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dez, Meza i Traslaviña, libertándose el espresado Lagunas de esta misma suerte desgraciada por su menor edad i desde ese momento su angustia, la sorpresa i el aturdimiento que padeció, le trastornaron el juicio de tal modo que
dez, Meza i Traslaviña, libertándose el espresado Lagunas de esta misma suerte desgraciada por su menor edad i desde ese momento su angustia, la sorpresa i el aturdimiento que padeció, le trastornaron el juicio de tal modo que hasta hoi permanece privado de la razon en el hospital de San Andrés de Lima.
hasta hoi permanece privado de la razon en el hospital de San Andrés de Lima.


V. E., en consideracion a esta víctima infeliz de la crueldad española, le había asignado a su finada madre la módica pension de doce pesos mensuales, que servían para sus alimentos i proporcionar también algún socorro al desventurado Lagunas. Esta misma consideracion i motivo que subsiste en el dia es el que ruego a V. E. se digne tener presente para continuar a su nieta la misma gracia. V. E., que ha arrostrado tantos peligros por el bien de la patria, sabrá conocer la importancia de los servicios que se le prestaban en una época en que no habían premios
V. E., en consideracion a esta víctima infeliz de la crueldad española, le había asignado a su finada madre la módica pension de doce pesos mensuales, que servían para sus alimentos i proporcionar también algún socorro al desventurado Lagunas. Esta misma consideracion i motivo que subsiste en el dia es el que ruego a V. E. se digne tener presente para continuar a su nieta la misma gracia. V. E., que ha arrostrado tantos peligros por el bien de la patria, sabrá conocer la importancia de los servicios que se le prestaban en una época en que no habían premios para recorppensarlos i sí cadalsos i mazmorras para castigar a esas víctimas infelices.
para recorppensarlos i sí cadalsos i mazmorras para castigar a esas víctimas infelices.


Por tanto,
Por tanto,
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Los antecedentes que dieron mérito a la asignacion que se hizo a la señora Garai fueron: el supremo decreto de 19 de Julio de 1817 i el de 24 de Noviembre de 1820; siendo el tenor del primero como sigue:
Los antecedentes que dieron mérito a la asignacion que se hizo a la señora Garai fueron: el supremo decreto de 19 de Julio de 1817 i el de 24 de Noviembre de 1820; siendo el tenor del primero como sigue:


# De conformidad con el dictámen fiscal i de los Ministros de Hacienda, i en atencion a las actuales urjencias del Erario, dichos Ministros darán a doña María del Cármen Garai, para que socorra a su hijo don Ventura Lagunas, cadete de la Academia Militar, cien pesos de contado, i doce pesos mensuales que correrán desde el 1.º de Agosto hasta su ascenso de alférez, en consideracion a los sufrimientos que éste padeció amarrado a la horca el dia de la
# De conformidad con el dictámen fiscal i de los Ministros de Hacienda, i en atencion a las actuales urjencias del Erario, dichos Ministros darán a doña María del Cármen Garai, para que socorra a su hijo don Ventura Lagunas, cadete de la Academia Militar, cien pesos de contado, i doce pesos mensuales que correrán desde el 1.º de Agosto hasta su ascenso de alférez, en consideracion a los sufrimientos que éste padeció amarrado a la horca el dia de la ejecucion de los mártires de la libertad, Traslaviña, Salinas i Regalado Hernández, i tómese razon. ''—Quintana.'' ''—Dr.Villegas.''
ejecucion de los mártires de la libertad, Traslaviña, Salinas i Regalado Hernández, i tómese razon. ''—Quintana.'' ''—Dr.Villegas.''
# Habiéndose dado licencia absoluta al alférez don Ventura Lagunas, en 18 de Abril último, por cuyo empleo había cesado la pension de doce pesos mensuales asignada a su madre doña Cármen Garai, en 19 de Julio de 1817, i subsistiendo siempre las razones de equidad i justicia con que el Gobierno quiso premiar el mérito patrio de la suplicante en la pérdida de su esposo, cuya sangrienta ejecucion por los enemigos presenció su hijo con tal consternacion, que desde entonces perdió el juicio; la Tesorería Jeneral abonará i pagará con preferencia aquella pension, enterando de pronto los atrasados que deben correr, i entenderse desde el 18 de Abril último.
# Habiéndose dado licencia absoluta al alférez don Ventura Lagunas, en 18 de Abril último, por cuyo empleo había cesado la pension de doce pesos mensuales asignada a su madre doña Cármen Garai, en 19 de Julio de 1817, i subsistiendo siempre las razones de equidad i justicia con que el Gobierno quiso premiar el mérito patrio de la suplicante en la pérdida de su esposo, cuya sangrienta ejecucion por los enemigos presenció su hijo con tal consternacion, que desde entonces perdió el juicio; la Tesorería Jeneral abonará i pagará con preferencia aquella pension, enterando de pronto los atrasados que deben correr, i entenderse desde el 18 de Abril último.