Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXII (1843).djvu/505»
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SESION EN II DE OCTUBRE DE 1843 |
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{{MayGrande|proyecto de lei: }} |
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el siguiente: |
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PROYECTO DE LEI: |
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{{May|Artículo primero. }}Se autoriza al Presidente de la República para que invierta doscientos cincuenta mil pesos de las rentas nacionales en la construccion de una casa de estudios que se verificará en cualquier otro sitio fiscal o de propiedad particular que sea preciso adquirir para este |
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ARTÍCULO PRIMÜRO. Se autoriza al Presidente |
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de la República para que invieita doscientos cin- |
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cuenta mil pesos de las rentas nacionales en la |
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j construcción de una casa de estudios que se ve |
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1 rificará en cualquier otro sitio fiscal o de propie- |
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dad particular que sea preciso adquirir para este |
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objeto. |
objeto. |
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{{may|Art. 2}}. |
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{{May|Art. 2.° }}Luego que dicha casa se hallare en estado de servir al objeto con que se construye, se trasladará a ella el Instituto Nacional, i el local que actualmente ocupa este establecimiento quedará a favor del Fisco. |
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a |
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Luego que dicha casa se hallare en |
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Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 13 de 1843. —{{May|Francisco Antonio Pinto. }}—''Ramon Renjifo'', Diputado Secretario. —A S. E. el Presidente de la República. |
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estado de servir al objeto con que se construye, |
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se trasladará a ella el Instituto Nacional, i el lo- |
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cal que actualmente ocupa este establecimiento |
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quedará a favor del Fisco. |
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Dios guarde a V. E. —Santiago, ¡Octubre 13 |
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de 1843.— FRANCI>CO ANTONIO PINTO. —Ra- |
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món Renjifo, Diputado Secretario. —A S. E. el |
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Presidente de la República. |