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<section begin="El Gobierno acompaña un proyecto de decreto para el arreglo de los Tribunales de Justicia" continua=si />{{MarcaCL|D|Decreto|OK|El Gobierno acompaña un proyecto de decreto para el arreglo de los Tribunales de Justicia}}El Vice-Presidente de la República, autorizado por la {{MarcaCL|C|Comisión Nacional|OK|El Gobierno acompaña un proyecto de decreto para el arreglo de los Tribunales de Justicia}}Comision Nacional en la parte necesaria, he acordado i {{MarcaCL|ND|Decreto|OK|El Gobierno acompaña un proyecto de decreto para el arreglo de los Tribunales de Justicia}}decreto:
<section begin="El Gobierno acompaña un proyecto de decreto para el arreglo de los Tribunales de Justicia" continua=si />{{MarcaCL|D|Decreto|OK|El Gobierno acompaña un proyecto de decreto para el arreglo de los Tribunales de Justicia}}El Vice-Presidente de la República, autorizado por la {{MarcaCL|C|Comisión Nacional|OK|El Gobierno acompaña un proyecto de decreto para el arreglo de los Tribunales de Justicia}}Comision Nacional en la parte necesaria, he acordado i {{MarcaCL|ND|Decreto|OK|El Gobierno acompaña un proyecto de decreto para el arreglo de los Tribunales de Justicia}}decreto:


ARTÍCULO PRIMERO. La {{MarcaCL|I|Corte Suprema de Justicia|OK|El Gobierno acompaña un proyecto de decreto para el arreglo de los Tribunales de Justicia}}Corte Suprema de Justicia propondrá inmediatamente i en la forma de estilo, los individuos que deben completar el número de Ministros que la lei señala a la {{MarcaCL|I|Corte de Apelaciones|OK|El Gobierno acompaña un proyecto de decreto para el arreglo de los Tribunales de Justicia}}Corte de Apelaciones. En iguales términos propondrá, por ahora, los que ella misma necesite para integrarse.
{{may|Artículo primero}}. La {{MarcaCL|I|Corte Suprema de Justicia|OK|El Gobierno acompaña un proyecto de decreto para el arreglo de los Tribunales de Justicia}}Corte Suprema de Justicia propondrá inmediatamente i en la forma de estilo, los individuos que deben completar el número de Ministros que la lei señala a la {{MarcaCL|I|Corte de Apelaciones|OK|El Gobierno acompaña un proyecto de decreto para el arreglo de los Tribunales de Justicia}}Corte de Apelaciones. En iguales términos propondrá, por ahora, los que ella misma necesite para integrarse.


{{may|Art. 2.º}} Los Ministros de los espresados Tribunales que se separen temporalmente por ser elejidos para los Cuerpos Lejislativos, por alguna comision del Gobierno o enfermedad dilatada, serán sustituidos por Ministros interinos, que elejirán de entre los suplentes del mismo modo que se hace el nombramiento de los propietarios. Si el Ministro separado fuese el Jefe del Tribunal lo reemplazará el que le siga en antigüedad, debiéndose llenar, como queda prevenido, el vacio que entónces resultará.
{{may|Art. 2.º}} Los Ministros de los espresados Tribunales que se separen temporalmente por ser elejidos para los Cuerpos Lejislativos, por alguna comision del Gobierno o enfermedad dilatada, serán sustituidos por Ministros interinos, que elejirán de entre los suplentes del mismo modo que se hace el nombramiento de los propietarios. Si el Ministro separado fuese el Jefe del Tribunal lo reemplazará el que le siga en antigüedad, debiéndose llenar, como queda prevenido, el vacio que entónces resultará.