Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIII (1834-1836).djvu/65»

Sin resumen de edición
B1m-bot (Discusión | contribs.)
m Robot:Cambiando términos a versales
Cuerpo de la página (para ser transcluido):Cuerpo de la página (para ser transcluido):
Línea 1: Línea 1:
"ART. 15.º. Si alguno reimprimiere, grabare o imitare una obra ajena o de cualquiera manera contraviniere a las disposiciones de esta lei, podrá el interesado denunciarle ante el juez quien lo juzgará sumariamente con arreglo a las leyes vijentes sobre usurpacion de la propiedad ajena."
"{{may|Art. 15.º}}. Si alguno reimprimiere, grabare o imitare una obra ajena o de cualquiera manera contraviniere a las disposiciones de esta lei, podrá el interesado denunciarle ante el juez quien lo juzgará sumariamente con arreglo a las leyes vijentes sobre usurpacion de la propiedad ajena."


A segunda hora, se aprobó el proyecto de contestacion, acordado por la Cámara de Diputados, al Presidente de la República, en vista del Mensaje con que acompañó las notas pasadas entre el Encargado de Negocios de Francia i el Ministro de Relaciones Esteriores de Chile, el cual es como sigue:
A segunda hora, se aprobó el proyecto de contestacion, acordado por la Cámara de Diputados, al Presidente de la República, en vista del Mensaje con que acompañó las notas pasadas entre el Encargado de Negocios de Francia i el Ministro de Relaciones Esteriores de Chile, el cual es como sigue: