Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXV (1844).djvu/537»

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Instruido de lo que V. E. se sirve comunicarme en su nota número 42, de 15 de Marzo, he tenido a bien decretar con esta fecha que, por la Tesoreria Jeneral, se abone mensualmente la cantidad de 30 pesos al oficial de esa secretaría don Felipe Santiago Contreras, encargado por V. E. de varios trabajos correspondientes a la espresada oficina, durante el tiempo que permanezca en dicha ocupacion
Instruido de lo que V. E. se sirve comunicarme en su nota número 42, de 15 de Marzo, he tenido a bien decretar con esta fecha que, por la Tesorería Jeneral, se abone mensualmente la cantidad de 30 pesos al oficial de esa secretaría don Felipe Santiago Contreras, encargado por V. E. de varios trabajos correspondientes a la espresada oficina, durante el tiempo que permanezca en dicha ocupacion


En esta virtud, espero que tan luego como terminen los referidos trabajos, se dignará V. E. comunicármelo para los efectos consiguientes.
En esta virtud, espero que tan luego como terminen los referidos trabajos, se dignará V. E. comunicármelo para los efectos consiguientes.
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====Núm. 256====
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Habiendo quedado pendientes varios trabajos en la Secretaría del Senado a consecuencia de las enfermedades de algunos de sus empleados, es de necesidad nombrar a uno de los oficiales de pluma para que desempeñe dichos trabajos, contrayéndose a poner al corriente los libros de la oficina i al arreglo del archivo; i al eíecto he designado a don Felipe Santiago Contreras.
Habiendo quedado pendientes varios trabajos en la Secretaría del Senado a consecuencia de las enfermedades de algunos de sus empleados, es de necesidad nombrar a uno de los oficiales de pluma para que desempeñe dichos trabajos, contrayéndose a poner al corriente los libros de la oficina i al arreglo del archivo; i al efecto he designado a don Felipe Santiago Contreras.


Lo que pongo en conocimiento de V. E. para los fines consiguientes.
Lo que pongo en conocimiento de V. E. para los fines consiguientes.