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<section begin="Oficio con que el Senado transcribe un proyecto de ley que suprime la aduana de Santiago" />afecto. —Diciembre 18 de 1828. —{{MarcaCL|PFrancisco Ramón De Vicuña Larraín|OK|Oficio con que el Senado transcribe un proyecto de ley que suprime la aduana de Santiago}}[[:bcnbio:Francisco Ramón De Vicuña Larraín|FRANCISCO R. DE. VICUÑA]]. —''{{MarcaCL|P|Francisco Fernández|OK|Oficio con que el Senado transcribe un proyecto de ley que suprime la aduana de Santiago}}[[:bcnbio:Francisco Fernández|Francisco Fernández]]'', Senador-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.<section end="Oficio con que el Senado transcribe un proyecto de ley que suprime la aduana de Santiago" />
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<section begin="Dictamen sobre el proyecto de ley que exceptúa de la enajenación de los bienes de los domínicos" />La Comision de Hacienda ha considerado la sancion del Senado, que ha declarado no estar comprendido los bienes de los Recoletos Dominicos en la {{MarcaCL|ND|Proyecto de ley|OK|Contexto}}lei jeneral de enajenacion de temporalidades de regulares. Entre otras poderosas razones que ha tenido presente para opinar por la aprobacion de aquella resolucion, es la que los Recoletos Dominicos se hallan reformados i viven bajo una estricta observancia, lo que no sucedía respecto de las demás comunidades a quienes solo pudo comprender el decreto supremo.
<section begin="Dictamen sobre el proyecto de ley que exceptúa de la enajenación de los bienes de los domínicos" />La Comision de Hacienda ha considerado la sancion del Senado, que ha declarado no estar comprendido los bienes de los Recoletos Dominicos en la {{MarcaCL|ND|Proyecto de ley|OK|Dictamen sobre el proyecto de ley que exceptúa de la enajenación de los bienes de los domínicos}}lei jeneral de enajenacion de temporalidades de regulares. Entre otras poderosas razones que ha tenido presente para opinar por la aprobacion de aquella resolucion, es la que los Recoletos Dominicos se hallan reformados i viven bajo una estricta observancia, lo que no sucedía respecto de las demás comunidades a quienes solo pudo comprender el decreto supremo.
Sala de la Comision. Santiago i Diciembre 19 de 1828. —''Elizalde''. —''Barros''.
Sala de la Comision. Santiago i Diciembre 19 de 1828. —''Elizalde''. —''Barros''.