Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/520»

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Línea 4: Línea 4:
:Se aprueba la creación de dos escuadrones.
:Se aprueba la creación de dos escuadrones.
:Se declara cuál tribunal debe conocer de las causas en que los senadores tengan parte.
:Se declara cuál tribunal debe conocer de las causas en que los senadores tengan parte.

{{MayGrande|Sesion en 29 de marzo}}
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{{centrar|'''Páj. 390'''}}
{{centrar|'''Páj. 390'''}}
:Se acuerda comunicar a don Antonio Montt las providencias que se han dictado para ratear a los artesanos, a los vecinos del Alto del Puerto i al clero.
:Se acuerda comunicar a don Antonio Montt las providencias que se han dictado para ratear a los artesanos, a los vecinos del Alto del Puerto i al clero.

{{MayGrande|Sesion en 30 de marzo}}
{{MayGrande|Sesion en 30 de marzo}}
{{centrar|'''Páj. 394'''}}
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:Se manda aplicar al Instituto Nacional las obras pias voluntarias i las mandas forzosas.
:Se manda aplicar al Instituto Nacional las obras pias voluntarias i las mandas forzosas.

{{MayGrande|Sesion en 31 de marzo}}
{{MayGrande|Sesion en 31 de marzo}}
{{centrar|'''Páj. 397'''}}
{{centrar|'''Páj. 397'''}}
Línea 18: Línea 15:
:Se aprueba la distribución del cupo destinado a la espedicion libertadora, i se manda proceder a la recaudación.
:Se aprueba la distribución del cupo destinado a la espedicion libertadora, i se manda proceder a la recaudación.
:Se niega a don Antonio Arcos i a don Guillermo Henderson patentes de corso.
:Se niega a don Antonio Arcos i a don Guillermo Henderson patentes de corso.

{{MayGrande|Sesion en 1.º de abril}}
{{MayGrande|Sesion en 1.º de abril}}
{{centrar|'''Páj. 404'''}}
{{centrar|'''Páj. 404'''}}
Línea 26: Línea 22:
:Se nombran suplentes de los jueces encargados de entender en causas en que los senadores tengan parte.
:Se nombran suplentes de los jueces encargados de entender en causas en que los senadores tengan parte.
:Se declara que los empleados subalternos de aduana deben ser propuestos por los jefes inmediatos, i los jefes inferiores por el Administrador Jeneral.
:Se declara que los empleados subalternos de aduana deben ser propuestos por los jefes inmediatos, i los jefes inferiores por el Administrador Jeneral.

{{MayGrande|Sesion en 2 de abril}}
{{MayGrande|Sesion en 2 de abril}}
{{centrar|'''Páj. 408'''}}
{{centrar|'''Páj. 408'''}}
:Se resuelve que toda presa quedará sujeta al Reglamento que se está discutiendo.
:Se resuelve que toda presa quedará sujeta al Reglamento que se está discutiendo.
:Se acuerda reducir los derechos de amonedación.
:Se acuerda reducir los derechos de amonedación.

{{MayGrande|Sesion en 14 de abril}}
{{MayGrande|Sesion en 14 de abril}}
{{centrar|'''Páj. 410'''}}
{{centrar|'''Páj. 410'''}}
Línea 41: Línea 35:
:Se concede al capitan del ''Trinidad'' pasavante para ciertos puertos del Norte.
:Se concede al capitan del ''Trinidad'' pasavante para ciertos puertos del Norte.
:Se exime al mismo capitan del pago de la mitad de ciertos derechos.
:Se exime al mismo capitan del pago de la mitad de ciertos derechos.

{{MayGrande|Sesion en 15 de abril}}
{{MayGrande|Sesion en 15 de abril}}
{{centrar|'''Páj. 421'''}}
{{centrar|'''Páj. 421'''}}
:Se niega a Trucíos i Vial del Rio la exención de ciertos derechos que solicitan.
:Se niega a Trucíos i Vial del Rio la exención de ciertos derechos que solicitan.

{{MayGrande|Sesion en 16 de abril}}
{{MayGrande|Sesion en 16 de abril}}
{{centrar|'''Páj. 423'''}}
{{centrar|'''Páj. 423'''}}
:Se nombra a don Francisco Ramón Vicuña para dirijir la obra del Instituto Nacional.
:Se nombra a don Francisco Ramón Vicuña para dirijir la obra del Instituto Nacional.
:Se manda que los inválidos sean retirados de las casas pertenecientes a dicho establecimiento.
:Se manda que los inválidos sean retirados de las casas pertenecientes a dicho establecimiento.

{{MayGrande|Sesion en 17 de abril}}
{{MayGrande|Sesion en 17 de abril}}
{{centrar|'''Páj. 425'''}}
{{centrar|'''Páj. 425'''}}
Línea 56: Línea 47:
:Se otorga a don José Vicente Cáceres cierta rebaja de derechos aduaneros.
:Se otorga a don José Vicente Cáceres cierta rebaja de derechos aduaneros.
:Se conceden a Concepcion ciertos privilejios comerciales concedidos a las provincias del Norte.
:Se conceden a Concepcion ciertos privilejios comerciales concedidos a las provincias del Norte.

{{MayGrande|Sesion en 19 de abril}}
{{MayGrande|Sesion en 19 de abril}}
{{centrar|'''Páj. 428'''}}
{{centrar|'''Páj. 428'''}}