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===ANEXOS===
=== ANEXOS ===
====Núm. 1====
==== Núm. 1 ====
Siendo conveniente a los intereses nacionales la pronta sanción de varios asuntos de grave importancia que se versan en el Gobierno i que necesitan de la aprobación de las Cámaras Lejislativas, he resuelto, con acuerdo del Consejo de Estado, convocarlas a sesiones estraordinarias para el sábado 31 del que rije, en cuyo dia i subsiguientes someteré a su examen los proyectos que parecieren de mayor urjencia. Comunícolo a V. E. para los fines consiguientes.
Siendo conveniente a los intereses nacionales la pronta sanción de varios asuntos de grave importancia que se versan en el Gobierno i que necesitan de la aprobación de las Cámaras Lejislativas, he resuelto, con acuerdo del Consejo de Estado, convocarlas a sesiones estraordinarias para el sábado 31 del que rije, en cuyo dia i subsiguientes someteré a su examen los proyectos que parecieren de mayor urjencia. Comunícolo a V. E. para los fines consiguientes.
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====Núm. 2====
==== Núm. 2 ====
Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:
Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:
Línea 34: Línea 34:
"ARTÍCULO PRIMERO. La alcabala de contrato solo se exijirá en la venta de las propiedades o bienes que a continuación se espresan:
"ARTÍCULO PRIMERO. La alcabala de contrato solo se exijirá en la venta de las propiedades o bienes que a continuación se espresan:
#De fundos rústicos o urbanos;
# De fundos rústicos o urbanos;
#De sitios eriales situados dentro del área o contiguos a las poblaciones;
# De sitios eriales situados dentro del área o contiguos a las poblaciones;
#De minas i de buques.
# De minas i de buques.
ART. 2.º El derecho de alcabala será de un cuatro por ciento en los fundos rústicos i urbanos; de un tres por ciento en los sitios eriales i de un dos por ciento en las minas o buques.
ART. 2.º El derecho de alcabala será de un cuatro por ciento en los fundos rústicos i urbanos; de un tres por ciento en los sitios eriales i de un dos por ciento en las minas o buques.