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{{EncabezadoCL|CONGRESO CONSTITUYENTE<br/>SESION 69, ESTRAORDINARIA, EN 4 DE DICIEMBRE DE 1823<br/>PRESIDENCIA DE DON JUAN EGAÑA|'''SUMARIO'''. —Cuenta. —Aprobacion del acta precedente. —Envío a Inglaterra i Estados Unidos de un Plenipotenciario común de Chile, el Perú i Colombia para cruzar los planes de la Santa Alianza. —Incorporacion del señor Olmos de Aguilera. —Reclamo del Cabildo de Petoroa contra el inquilinaje de los vecinos. —Asignacion de fondos a la enseñanza científica e industrial. —Establecimiento de una Casa de Espósitos i Parturientas. —Poderes de frai Tadeo Silva. —Recurso de don Juan Manuel Gómez. —Acta. —Anexos.}}
{{EncabezadoCL|CONGRESO CONSTITUYENTE<br />SESION 69, ESTRAORDINARIA, EN 4 DE DICIEMBRE DE 1823<br />PRESIDENCIA DE DON JUAN EGAÑA|'''SUMARIO'''. —Cuenta. —Aprobacion del acta precedente. —Envío a Inglaterra i Estados Unidos de un Plenipotenciario común de Chile, el Perú i Colombia para cruzar los planes de la Santa Alianza. —Incorporacion del señor Olmos de Aguilera. —Reclamo del Cabildo de Petoroa contra el inquilinaje de los vecinos. —Asignacion de fondos a la enseñanza científica e industrial. —Establecimiento de una Casa de Espósitos i Parturientas. —Poderes de frai Tadeo Silva. —Recurso de don Juan Manuel Gómez. —Acta. —Anexos.}}


Don Cárlos Olmos de Aguilera, diputado por Puchacai, presta el juramento de estilo i toma asiento.
Don Cárlos Olmos de Aguilera, diputado por Puchacai, presta el juramento de estilo i toma asiento.


===CUENTA===
=== CUENTA ===


Se da cuenta:
Se da cuenta:
Línea 10: Línea 10:
# De un recurso que el teniente coronel don Juan Manuel Gómez entabla en demanda de que, en atencion a los hechos que aduce, se haga una aclaratoria al senado-consulto que prohibe las apelaciones de las sentencias de compromisarios, preceptuándose que dichas apelaciones son procedentes cuando los jueces indicados violan las leyes. ''(Anexo núm. 840. V. sesion del 23 de Agosto de 1819.)''
# De un recurso que el teniente coronel don Juan Manuel Gómez entabla en demanda de que, en atencion a los hechos que aduce, se haga una aclaratoria al senado-consulto que prohibe las apelaciones de las sentencias de compromisarios, preceptuándose que dichas apelaciones son procedentes cuando los jueces indicados violan las leyes. ''(Anexo núm. 840. V. sesion del 23 de Agosto de 1819.)''


===ACUERDOS===
=== ACUERDOS ===


Se acuerda:
Se acuerda: