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En la ciudad de Santiago de Chile, a doce dias del mes de Junio de mil ochocientos veinte, estando el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, se reconociéron los presupuestos, que remitió el Supremo Gobierno, sobre los nuevos empleados i sueldos de la aduana jeneral de esta capital i la de Valparaíso establecida en principal, i dando S.E. la debida aprobacion, mandó se devolvieran para su ejecucion, manifestando al Supremo Gobierno que, si no debia estimarse como economía la limitacion i escasez de las asignaciones, esponiendo a los servidores, o a quebrantar la fe en sus empleos o a padecer intolerables indijencias, era necesario que al administrador, tesorero, contador i vista de la aduana de Valparaíso se les señalara a cada uno por ahora el sueldo de dos mil pesos, con el privilejio de que, a los que no tengan casa en aquel puerto, se les pague de cuenta del Erario, aprobándose igualmente el aumento de doscientos pesos anuales en beneficio del comandante del resguardo. |
En la ciudad de Santiago de Chile, a doce dias del mes de Junio de mil ochocientos veinte, estando el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, se reconociéron los presupuestos, que remitió el Supremo Gobierno, sobre los nuevos empleados i sueldos de la aduana jeneral de esta capital i la de Valparaíso establecida en principal, i dando S.E. la debida aprobacion, mandó se devolvieran para su ejecucion, manifestando al Supremo Gobierno que, si no debia estimarse como economía la limitacion i escasez de las asignaciones, esponiendo a los servidores, o a quebrantar la fe en sus empleos o a padecer intolerables indijencias, era necesario que al administrador, tesorero, contador i vista de la aduana de Valparaíso se les señalara a cada uno por ahora el sueldo de dos mil pesos, con el privilejio de que, a los que no tengan casa en aquel puerto, se les pague de cuenta del Erario, aprobándose igualmente el aumento de doscientos pesos anuales en beneficio del comandante del resguardo. |