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Leida el acta de la sesion anterior, fué aprobada.
Leida el acta de la sesion anterior, fué aprobada.
Inmediatamente se puso en discusión el artículo 19 de la lei sobre abusos de libeitad de imprenta; i despues de un considerable debate, se puso en votacion i resultó aprobado, como asimismo el 20, 21 i 22 en primera hora, de la manera siguiente:
<section begin="Discusión sobre el artículo 19 de la Ley sobre abusos de libertad de imprenta" continua=si />Inmediatamente se puso en discusión el artículo 19 de la lei sobre abusos de libeitad de imprenta; i despues de un considerable debate, se puso en votacion i resultó aprobado, como asimismo el 20, 21 i 22 en primera hora, de la manera siguiente:
{{May|Art. 19.º}} A los impresos sobre que recaiga cualquiera de aquellas calificaciones en segundo grado, corresponde la pena de cuatrocientos pesos de multa o sesenta dias de cárcel.
{{MarcaCL|D|Artículo de Ley|OK|Discusión sobre el artículo 19 de la Ley sobre abusos de libertad de imprenta}}{{May|Art. 19.º}} A los impresos sobre que recaiga cualquiera de aquellas calificaciones en segundo grado, corresponde la pena de cuatrocientos pesos de multa o sesenta dias de cárcel.
{{May|Art. 20.º}} A los impresos sobre que recaiga alguna de las calificaciones de blasfemo, inmoral o injurioso en tercer grado, corresponde la
{{May|Art. 20.º}} A los impresos sobre que recaiga alguna de las calificaciones de blasfemo, inmoral o injurioso en tercer grado, corresponde la<section end="Discusión sobre el artículo 19 de la Ley sobre abusos de libertad de imprenta" continua=si />