Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIV (1835-1839).djvu/149»
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ce la falta de auxilios en medio de una desolacion jeneral. |
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Exonerar de este impuesto a las provincias que mas han padecido, es no solo un acto necesario de beneficencia sino |
Exonerar de este impuesto a las provincias que mas han padecido, es no solo un acto necesario de beneficencia sino tambien un medio eficaz de aliviar los sacrificios i de protejer los esfuerzos de una poblacion laboriosa, que ha puesto su esperanza en la próvida humanidad de los lejisladores. |
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Por tanto, confiado en que participareis conmigo de estos sentimientos, me limito a recomendaros la pronta espedicion del proyecto que someto a vuestro exámen para que, si fuere aprobado, pueda producir su efecto al tiempo de recaudarse la |
Por tanto, confiado en que participareis conmigo de estos sentimientos, me limito a recomendaros la pronta espedicion del proyecto que someto a vuestro exámen para que, si fuere aprobado, pueda producir su efecto al tiempo de recaudarse la contribucion que por él se dispensa. |
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<center>PROYECTO DE LEI:</center> |
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"ARTÍCULO ÚNICO. Atendiendo a los estragos que ocasionó el temblor de 20 de Febrero último en las provincias de Talca, Maule i |
"ARTÍCULO ÚNICO. Atendiendo a los estragos que ocasionó el temblor de 20 de Febrero último en las provincias de Talca, Maule i Concepcion, se declaran dichas provincias exentas del pago del Catastro correspondiente a los años de 1835, 1836 i 1837". |
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Santiago de Chile, 24 de Agosto de 1835. |
Santiago de Chile, 24 de Agosto de 1835. —JOAQUIN PRIETO. —''Manuel Renjifo''. |