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nientos pesos dos reales, hecho al administrador de dicha Aduana, declárase igualmente que le son de abono los referidos quinientos pesos dos reales sin cargo de intereses anteriores.
nientos pesos dos reales, hecho al administrador de dicha Aduana, declárase igualmente que le son de abono los referidos quinientos pesos dos reales sin cargo de intereses anteriores.


Tómese razón en la Comision de Cuentas i Aduana de Talcahuano i devuélvanse. —Hai cinco lúbricas de los señores Vial, Novoa, Valdivieso, Correa i Marzán.
Tómese razon en la Comision de Cuentas i Aduana de Talcahuano i devuélvanse. —Hai cinco rúbricas de los señores Vial, Novoa, Valdivieso, Correa i Marzán.


Los anteriores documentos i piezas concuerdan con sus orijinales que se encuentran en los autos a que son referentes i a que me remito. —Santiago, Agosto 22 de 1835. —''Fernando Lazcano'', escribano-secretado de Corte.
Los anteriores documentos i piezas concuerdan con sus orijinales que se encuentran en los autos a que son referentes i a que me remito. —Santiago, Agosto 22 de 1835. —''Fernando Lazcano'', escribano-secretario de Corte.


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====Núm. 151====
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Para solicitar gracia ante quien pueda, pide copia certificada, por Secretaría, de la sentencia i piezas que índica con citación del señor Fiscal.
Para solicitar gracia ante quien pueda, pide copia certificada, por Secretaría, de la sentencia i piezas que índica con citacion del señor Fiscal.


Excelentísima Corte:
Excelentísima Corte:


Don José María Navarrete, por el coronel don Clemente Lantaño, en autos afinados con la Aduana de Concepción, sobre el pago de las alcabalas de Chillan, en que afianzó a don José Antonio Sepúlveda, digo: que, reformada por V. E. la sentencia que vino para su aprobación, se han mandado devolver los autos al juez letrado de aquella provincia. Pero, si bien mi parte venera la justicia con que V. E. ha decidido, quiere buscar alguna gracia de quien pueda otorgarla, porque ciertamente las circunstancias que han mediado parecen exijirla. Con ese objeto, i ántes que los autos se devuelvan, vengo a suplicar a V. E. se me dé por el secretario de Cámara una certificación relacionada de los cuatro recibos que se hallan desde fojas 11 a 14 inclusive, con que hacer constar que por las alcabalas antedichas se entregaron en distintas partidas al ex-administrador don Juan de Dios Antonio Tirapegui, mil doscientos cinco pesos cinco reales. Pido también que en seguida se me dé copia certificada del informe del actual administrador don Cárlos Rios, a 14 de Junio del año ante próximo que se halla a fojas 21 vuelta; de la sentencia de 18 de Julio del mismo año que está a fojas 22; del reconocimiento que hizo el espresado Tirapegui a fojas 31; i del auto del 12 del corriente con que este Supremo Tribunal reformó la sentencia.
Don José María Navarrete, por el coronel don Clemente Lantaño, en autos afinados con la Aduana de Concepcion, sobre el pago de las alcabalas de Chillan, en que afianzó a don José Antonio Sepúlveda, digo: que, reformada por V. E. la sentencia que vino para su aprobacion, se han mandado devolver los autos al juez letrado de aquella provincia. Pero, si bien mi parte venera la justicia con que V. E. ha decidido, quiere buscar alguna gracia de quien pueda otorgarla, porque ciertamente las circunstancias que han mediado parecen exijirla. Con ese objeto, i ántes que los autos se devuelvan, vengo a suplicar a V. E. se me dé por el secretario de Cámara una certificacion relacionada de los cuatro recibos que se hallan desde fojas 11 a 14 inclusive, con que hacer constar que por las alcabalas antedichas se entregaron en distintas partidas al ex-administrador don Juan de Dios Antonio Tirapegui, mil doscientos cinco pesos cinco reales. Pido tambien que en seguida se me dé copia certificada del informe del actual administrador don Cárlos Rios, a 14 de Junio del año ante próximo que se halla a fojas 21 vuelta; de la sentencia de 18 de Julio del mismo año que está a fojas 22; del reconocimiento que hizo el espresado Tirapegui a fojas 31; i del auto del 12 del corriente con que este Supremo Tribunal reformó la sentencia.


Por tanto,
Por tanto,


A. V. S. suplico se sirva mandar se me dé certificación de las piezas relacionadas; como lo espero en justicia, etc. —''Rodríguez''. -Por mi procurador, ''Clemente Lantaño''.
A. V. S. suplico se sirva mandar se me dé certificacion de las piezas relacionadas; como lo espero en justicia, etc. —''Rodríguez''. -Por mi procurador, ''Clemente Lantaño''.


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====Núm. 152====
====Núm. 152====


En cumplimiento del anterior decreto, certifico: que en los autos afinados por la Aduana de Concepción por don Clemente Lantaño, como fiador de don José Antonio Sepúlveda, en el remate de alcabalas de Chillan, se encuentran los documentos i piezas que se copian a la letra:
En cumplimiento del anterior decreto, certifico: que en los autos afinados por la Aduana de Concepcion por don Clemente Lantaño, como fiador de don José Antonio Sepúlveda, en el remate de alcabalas de Chillan, se encuentran los documentos i piezas que se copian a la letra:


Recibo de fojas 11.
Recibo de fojas 11.


Recibí de don Pedro López cuatrocientos treinta i cuatro pesos siete reales de cuenta de don José Antonio Sepúlveda, por el primer tercio de su remate de las alcabalas de Chillan, del presente año i para su resguardo le doi el presente en Concepción, a II de Agosto de 1828. —''Juan de Dios Antonio Tirapegui''.
Recibí de don Pedro López cuatrocientos treinta i cuatro pesos siete reales de cuenta de don José Antonio Sepúlveda, por el primer tercio de su remate de las alcabalas de Chillan, del presente año i para su resguardo le doi el presente en Concepcion, a 2 de Agosto de 1828. —''Juan de Dios Antonio Tirapegui''.


Certificado de fojas 12.
Certificado de fojas 12.


Juan de Dios Antonio Tirapegui, administrador de la Aduana principal de Concepción, etc. —Certifico: que don Juan Manuel Baso ha entregado en esta oficina de mi cargo trescientos cincuenta pesos en dinero sonante, por cuenta del subastador del ramo de alcabalas de Chillan, don José Antonio Sepúlveda, a cuenta de mayor cantidad de su remate. —Aduana de Concepción, Diciembre 12 de 1828. —''Juan de Dios Antonio Tirapegui''.
Juan de Dios Antonio Tirapegui, administrador de la Aduana principal de Concepcion, etc. —Certifico: que don Juan Manuel Baso ha entregado en esta oficina de mi cargo trescientos cincuenta pesos en dinero sonante, por cuenta del subastador del ramo de alcabalas de Chillan, don José Antonio Sepúlveda, a cuenta de mayor cantidad de su remate. —Aduana de Concepcion, Diciembre 12 de 1828. —''Juan de Dios Antonio Tirapegui''.


Recibo de fojas 13.
Recibo de fojas 13.


Recibí de don José María Sepúlveda, por cuenta de su hermano don José Antonio Sepúlveda, trescientos pesos por el remate de las alcabalas de Chillan, del primer año de su licitación, i para que conste doi éste. —Concepción i Marzo 28 de 1829. —''Juan de Dios Antonio Tirapegui''.
Recibí de don José María Sepúlveda, por cuenta de su hermano don José Antonio Sepúlveda, trescientos pesos por el remate de las alcabalas de Chillan, del primer año de su licitacion, i para que conste doi éste. —Concepcion i Marzo 28 de 1829. —''Juan de Dios Antonio Tirapegui''.


Recibo de fojas 14.
Recibo de fojas 14.


Recibí de don José María Sepúlveda siete onzas de oro, que hacen ciento veinte pesos i con seis reales, de cuenta de su hermano don José Antonio Sepúlveda, por el remate de las alcabalas de Chillan, del primer año vencido, i para su resguardo le doi éste en Concepción, en 20 de Abril de 1829. —''Juan de Dios Antonio Tirapegui''.
Recibí de don José María Sepúlveda siete onzas de oro, que hacen ciento veinte pesos i con seis reales, de cuenta de su hermano don José Antonio Sepúlveda, por el remate de las alcabalas de Chillan, del primer año vencido, i para su resguardo le doi éste en Concepcion, en 20 de Abril de 1829. —''Juan de Dios Antonio Tirapegui''.


Informe del administrador de Aduana, don Cárlos Rios.
Informe del administrador de Aduana, don Cárlos Rios.