Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXVI (1839).djvu/31»

Sin resumen de edición
Cuerpo de la página (para ser transcluido):Cuerpo de la página (para ser transcluido):
Línea 9: Línea 9:
{{May|Art. 66.º}} Si el fiscal o el procurador de la Municipalidad, estando dentro del término de las diez 1 seis horas precedente a la publicación de los impresos deque habla el artículo 4.º que por el mismo artículo no estuvieren exceptuados, pidiere que se suspenda la publicacion de un impreso de esta clase que hubiere acusado, hasta que concluya el juicio de formacion de causa; el juez accederá a ello i acelerará en lo posible la conclusion de dicho primer juicio.
{{May|Art. 66.º}} Si el fiscal o el procurador de la Municipalidad, estando dentro del término de las diez 1 seis horas precedente a la publicación de los impresos deque habla el artículo 4.º que por el mismo artículo no estuvieren exceptuados, pidiere que se suspenda la publicacion de un impreso de esta clase que hubiere acusado, hasta que concluya el juicio de formacion de causa; el juez accederá a ello i acelerará en lo posible la conclusion de dicho primer juicio.


{{May|Art. 67.º}} Si la declaracion del jurado en este primer juicio fuere ''no há lugar a formacion de causa,'' el juez ordinario devolverá al acusador la acusación con la declaracion espresada, cesando por este mismo hecho todo procedimiento ulterior.
{{May|Art. 67.º}} Si la declaracion del jurado en este primer juicio fuere ''no há lugar a formacion de causa,'' el juez ordinario devolverá al acusador la acusacion con la declaracion espresada, cesando por este mismo hecho todo procedimiento ulterior.


{{May|Art. 68.º}} Si la declaracion fuere ''há lugar a formacion de causa,'' el juez ordinario tomará desde luego las providencias necesarias para suspender la venta de los ejemplares impresos que existan en poder del impresor o vendedores, imponiendo una multa desde cincuenta hasta quinientos pesos, o desde quince dias de prision hasta seis meses, a los que faltaren a la verdad en la razon que dieren del número de los ejemplares existentes i a los que vendieren despues alguno de ellos.
{{May|Art. 68.º}} Si la declaracion fuere ''há lugar a formacion de causa,'' el juez ordinario tomará desde luego las providencias necesarias para suspender la venta de los ejemplares impresos que existan en poder del impresor o vendedores, imponiendo una multa desde cincuenta hasta quinientos pesos, o desde quince dias de prision hasta seis meses, a los que faltaren a la verdad en la razon que dieren del número de los ejemplares existentes i a los que vendieren despues alguno de ellos.


{{May|Art. 69.º}} Acto continuo procederá igualmente el juez a la averiguación de la persona que deba ser responsable con arreglo a la presente lei, haciendo comparecer al impresor i expendo el nombre de la persona responsable que hubiere firmado el orijinal.
{{May|Art. 69.º}} Acto continuo procederá igualmente el juez a la averiguacion de la persona que deba ser responsable con arreglo a la presente lei, haciendo comparecer al impresor i expendo el nombre de la persona responsable que hubiere firmado el orijinal.


{{May|Art. 70.º}} Antes de haberse declarado haber lugar a formacion de causa, ninguna autoridad podrá obligar a que se haga manifiesto el nombre del autor o editor.
{{May|Art. 70.º}} Antes de haberse declarado haber lugar a formacion de causa, ninguna autoridad podrá obligar a que se haga manifiesto el nombre del autor o editor.


{{May|Art. 71.º}} Si no puede ser habida la persona responsable, se procederá a la prisión del impresor, quien obrará entónces en adelante como parte acusada, pudiendo quedar en hbeitad, si el juez lo hallare así arreglado a derecho, i el reo diere fianza a satisfacción del juez con audiencia de la parte acusadora.
{{May|Art. 71.º}} Si no puede ser habida la persona responsable, se procederá a la prisión del impresor, quien obrará entónces en adelante como parte acusada, pudiendo quedar en libertad, si el juez lo hallare así arreglado a derecho, i el reo diere fianza a satisfaccion del juez con audiencia de la parte acusadora.


{{May|Art. 72.º}} Si el impresor presentare persona responsable, el juez tomará declaracion a ésta en presencia de aquél, sobre si es o nó responsable del impreso acusado. Si lo negare, al impresor toca probarlo, i no haciéndolo, queda él mismo responsable en los términos del artículo precedente.
{{May|Art. 72.º}} Si el impresor presentare persona responsable, el juez tomará declaracion a ésta en presencia de aquél, sobre si es o nó responsable del impreso acusado. Si lo negare, al impresor toca probarlo, i no haciéndolo, queda él mismo responsable en los términos del artículo precedente.