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dose en noticia del señor fiscal; se comete. —UGALDE. —Ante mí, ''Silva.''
SESION DE 19 DE OCTUBRE DE 1835
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En el mismo dia notifiqué a don Andrés Videla; doi fé. ''—Silva.''
dose en noticia del señor fiscal; se comete.—
UGALDE. — Ante mí,
En diez i ocho dé Mayo lo puse en noticia del señor fiscal; doi fé. ''—Aliaga.''
Silva.
En el mismo dia notifiqué a don Andrés Vi-
En el mismo dia, mes i año, la parte de don Andrés Videla, para la informacion que tiene ofrecida, presentó por testigo a don Manuel Cea, vecino i del comercio de esta capital, de quien recibí juramento, que lo hizo según forma, i por el cual ofreció decir verdad en cuanto se le pregunte, i siéndolo por el órden de las preguntas que contiene el pedimento de la vuelta, dijo:
déla; doi fé.—S ilva.

En diez i ocho dé Mayo lo puse en noticia
A la primera. Que, con motivo de conocerlo desde el año que cita i aun haber estado en la misma casa del esponente, teniendo intimidad con él, sabe i le consta todo el contenido de dicha pregunta.
del señor fiscal; doi fé. — Aliaga.

En el mismo dia, mes i año, la parte de don
A la segunda. Que, por las mismas razones que ha indicado, le consta que es un verdadero patriota.
Andrés Videla, para la información que tiene

ofrecida, presentó por testigo a don Manuel Cea,
Que es cuanto tiene que declarar i la verdad de su juramento, en que se ratificó; habiendo leido su declaracion; que es de edad de veintiocho años; que no le tocan las jenerales de la lei i firmó; de que doi fé. ''—Manuel Cea.'' —Ante mí, ''Aliaga.''
vecino i del comercio de esta capital, de quien
recibí juramento, que lo hizo según forma, i por
En el mismo dia, la parte presentó por testigo a don Ramon Echavarría, vecino i del comercio de esta capital, de quien recibí juramento, que lo hizo según forma, i por el cual ofreció decir verdad en cuanto se le pregunte, i siéndolo por el órden de las del interrogatorio de la vuelta, dijo:
el cual ofreció decir verdad en cuanto se le pre-

gunte, i siéndolo por el órden de las piegun.tas
A la primera. Que, desde el año 20, conoce de trato i comunicación al citado Videla, por cuya razon, sabe que éste ha residido en esta capital, ocupado en el comercio, sin haber oido decir cosa alguna que manchase su reputacion.
que contiene el pedimento de la vuelta, dijo:

A la primera. Que, con motivo de conocer-
A la segunda. Que es efectivo ser decidido por nuestra causa de América.
lo desde el año que cita i aun haber estado en

la misma casa del esponente, teniendo intimidad
Que es cuanto sabe i la verdad de su juramento, en que se ratificó, habiendo leido su declaracion; que es de edad de treinta i dos años; que no le tocan las jenerales de la lei i firmó; de que doi fé. ''-Ramon Echavartia.'' -Ante mí, ''Aliaga.''
con él, sabe i le consta todo el contenido de di-
cha pregunta.
A la segunda. Que, por las mismas razones
que ha indicado, le consta que es un verdadero
patriota.
Que es cuanto tiene que declarar i la verdad
de su juramento, en que se ratificó; habiendo
leido su declaración; que es de edad de veintio-
cho años; que no le tocan las jenerales de la
lei i firmó; de que doi fé. —Manuel Cea. — Ante
mí, Aliaga.
En el mismo dia, la parte presentó por testigo
a don Ramón Echavarría, vecino i del comercio
de esta capital, de quien recibí juramento, que
lo hizo según forma, i por el cual ofreció decir
verdad en cuanto se le pregunte, i siéndolo por
el órden de las del interrogatorio de la vuelta,
dijo:
A la primera. Que, desde el año 20, conoce
de trato i comunicación al citado Videla, por
cuya razón, sabe que éste ha residido en esta
capital, ocupado en el comercio, sin haber oido
decir cosa alguna que manchase su reputación.
A la segunda. Que es efectivo ser decidido
por nuestra causa de América.
Que es cuanto sabe i la verdad de su jura-
mento, en que se ratificó, habiendo leido su de-
claración; que es de edad de treinta i dos años;
que no le tocan las jenerales de la lei i firmó; de
que doi fé. — Ramón Echavartia.
-
Ante mí,
Aliaga.
Santiago, Mayo 21 de 1831.
Santiago, Mayo 21 de 1831.

Vista al señor fiscal. — (Hai una rúbrica.) —
Vista al señor fiscal. —(Hai una rúbrica.) —Ante mí, ''Silva.''
Ante mí, Silva.
En tres de Junio notifiqué a don Andrés Vi-
En tres de Junio notifiqué a don Andrés Videla; doi fé. ''—Silva.''
dela; doi fé. —S ilva.
En el propio dia se pasaron al señor fiscal;
doi fé. —Silva.
En el propio dia se pasaron al señor fiscal; doi fé. ''—Silva.''
El fiscal, vista la información rendida por don
El fiscal, vista la informacion rendida por don Andrés Videla con el objeto de obtener la solicitud que indica en su representacion, dice que ella es mui bastante, i solo resta que pase a la Ilustre Municipalidad de Santiago para el fin que espresa el artículo 2.° de la lei, sin necesidad que se eleve a otra Municipalidad, como requiere el artículo 6 °, puesto que solo ha residido en la capital de esta provincia. Fecho todo, debe entregársele al interesado para que ocurra al Poder Lejislativo a pedir la respectiva carta, cumpliéndose posteriormente con los trámites que previene la lei. —Santiago, Junio 16 de 1831. ''—Elizalde.''
Andrés Videla con el objeto de obtener la soli-
citud que indica en su representación, dice que
ella es mui bastante, i solo resta que pase a la
Ilustre Municipalidad de Santiago para el fin
que espresa el artículo 2.° de la lei, sin necesi-
dad que se eleve a otra Municipalidad, como
requiere el artículo 6 °, puesto que solo ha resi-
dido en la capital de esta provincia. Fecho todo,
debe entregársele al interesado para que ocurra
al Poder Lejislativo a pedir la respectiva carta,
cumpliéndose posteriormente con lostrámites que
previene la lei.— Santiago, Junio 16 de 1831.—
Elizalde.
Santiago, Junio 22 de 1831.
Santiago, Junio 22 de 1831.

Hágase como parece al señor fiscal. .- UGALDE.
—Ante mí, Silva.
Hágase como parece al señor fiscal. -UGALDE. —Ante mí, ''Silva.''
En el propio dia notifiqué a don Andrés Vi-
En el propio dia notifiqué a don Andrés Videla; doi fé. ''—Silva.''
dela; doi fé.—S ilva.
Núm. 1103
==== Núm. 1103 ====
La Comision de Gobierno ha examinado los es-

pedientes con que don Francisco Ortiz, Juan Ber-
La Comision de Gobierno ha examinado los espedientes con que don Francisco Ortiz, Juan Bernabé Alonso, Dionisio Villanueva, Pablo García, Francisco Peinado, Anjel Vásquez, Julián Estévez, Jaime Viñas, Pedro José Badilla, Bernardino Martínez, Miguel Martínez Manzebo, Joaquín Pérez, Juan Herrera, Bernardino González, Antonio Préndez, Francisco Valverde, Pedro Blaye Juan Porcuna, Juan Sereira, José Ayala, Francisco Quiroga, Jerónimo López, Tomas Bela, Agustín Vergara, Nicolás Martínez, Antonio Avila, José Fuentes, Ramon Carboné, José Casamun, José María García, Martín Narro, José Varela, Antonio María Vidal, Francisco Narro, Ramon Olivares, naturales de España, i don Andrés Videla, natural de Mendoza, i los encuentra arreglados a la lei, por lo que la Comision es de sentir que el Senado acuerde se ponga en noticia del Presidente de la República, para que les mande espedir la correspondiente carta de naturaleza.
nabé Alonso, Dionisio Villanueva, Pablo García,

Francisco Peinado, Anjel Vásquez, Julián Esté-
==== Núm. 1104 ====
vez, Jaime Viñas, Pedro José Badilla, Bernardi-

no Martínez, Miguel Martínez Manzebo, Joaquín
El Senado, en vista de los espedientes con que Antonio Brieba, Antonio Sierra, José Iglesias, José Robles, Mariano Brieba, Luis Silla, Saturnino Brieba, José Antonio Aguilar, José María Alvarez, Francisco Hidalgo, Vicente Domeñé, José Soler, Manuel Cancio, José Aviléz, Francisco
Pérez, Juan Herrera, Bernardino González, An-
tonio Préndez, Francisco Valverde, Pedro Blaye
Juan Porcuna, Juan Sereira, José Ayala, Fran-
cisco Quiroga, Jerónimo López, Tomas Bela,
Agustín Vergara, Nicolás Martínez, Antonio
Avila, José Fuentes, Ramón Carboné, José Ca-
samun, José María García, Martín Narro, José
Varela, Antonio María Vidal, Francisco Narro,
Ramón Olivares, naturales de España, i don
Andrés Videla, natural de Mendoza, i los en-
cuentra arreglados a la lei, por lo que la Comi-
sion es de sentir que el Senado acuerde se pon-
ga en noticia del Presidente de la República,
para que les mande espedir la correspondiente
carta de naturaleza.
Núm. 1104
El Senado, en vista de los espedientes con que
Antonio Brieba, Antonio Sierra, José Iglesias,
José Robles, Mariano Brieba, Luis Silla, Satur-
nino Brieba, José Antonio Aguilar, José María
Alvarez, Francisco Hidalgo, Vicente Domeñé, Jo-
sé Soler, Manuel Cancio, José Aviléz, Francisco