Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XVII (1828-1829).djvu/295»
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#<li value="6">Nombrar una comision compuesta de los señores Orgera i Larrain para que pase inmediatamente al Senado a recabar el pronto despacho del proyecto de ceremonial. ''(V. sesiones del 4 de Diciembre de 1828 131 de Enero de 1829.)'' |
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#Aprobar en la forma que en el acta consta, los artículos 2° i 3.º del proyecto de lei relativo al nombramiento de una Comision Permanente que funcione en lugar del Congreso. ''(V. sesion del 29.)'' |
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===ACTA=== |
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{{Centrar|SESION DEL 30 DE ENERO|}} |
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Asistieron los señores Albano, Araos, Argomedo, Argüelles, Barros, Bilbio, Campino, Castillo, Concha, Collao, Corté-, Elizalde, Escanilla, González, Larrain, Marin, Molina, Navarro, Orgera, Orihuela, Ramos, Reyes, Sotomayor, Ureta, Valdivieso, Valdés i Villar. Faltaron con licencia los señores Echeverría, Gana, Muñoz, Palacios i Urízar. |
Asistieron los señores Albano, Araos, Argomedo, Argüelles, Barros, Bilbio, Campino, Castillo, Concha, Collao, Corté-, Elizalde, Escanilla, González, Larrain, Marin, Molina, Navarro, Orgera, Orihuela, Ramos, Reyes, Sotomayor, Ureta, Valdivieso, Valdés i Villar. Faltaron con licencia los señores Echeverría, Gana, Muñoz, Palacios i Urízar. |
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Se aprobó el acta de la |
Se aprobó el acta de la sesion anterior. |
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Por indicación del señor Presidente, tomó la Sala en |
Por indicación del señor Presidente, tomó la Sala en consideracion la sancion del Senado sobre Reforma civil hecha en los mismos términos que la propuso el Gobierno, i se conformó con ella, siendo sus artículos los siguientes: |
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{{May|"Artículo primero.}} Los empleados que queden fuera del servicio, bien sea en virtud de imposibilidad física o de la Reforma, gozarán del retiro en la forma siguiente: |
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De 5 a 15 años, la cuarta parte del sueldo que disfrutan; |
De 5 a 15 años, la cuarta parte del sueldo que disfrutan; |
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De 40 arriba, el todo. |
De 40 arriba, el todo. |
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{{May|Art. 2.º}} Serán abonados los servicios en tiempo del Gobierno español, i no se considerarán como interrumpidos los prestados al Gobierno patrio en la época intermedia en que Chile fué dominado por las armas enemigas. |
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patrio en la época intermedia en que Chile fué dominado por las armas enemigas. |
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{{May|Art. 3.º}} Será asimismo abonado el tiempo que hayan durado las espatriaciones por causa de opiniones políticas. |
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{{May|Art. 4.º}} No se comprende en el tiempo de servicio el en que se haya servido a mérito. |
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{{May|Art. 5.º}} El tiempo de servicio se acreditará ante el Gobierno por el conducto del Ministro de quien el empleado tenga dependencia; para ello presentará los títulos, decretos o cualesquiera otros documentos que lo pongan de manifiesto. |
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{{May|Art. 6.º}} Los retirados o jubilados que actualmente existen seguirán gozando de la parte del sueldo que se les haya anteriormente asignado." |
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A consecuencia de esta |
A consecuencia de esta sancion, se mandó comunicar inmediatamente a quienes corresponda. Por indicacion del señor Secretario, se mandaron entregar las peticiones particulares, caso de pedirlas los interesados. |
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Dióse cuenta de dos notas del Senado: La una relativa a aprobar el acuerdo de esta Cámara en la solicitud del señor Ureta. Se mandó archivar. |
Dióse cuenta de dos notas del Senado: La una relativa a aprobar el acuerdo de esta Cámara en la solicitud del señor Ureta. Se mandó archivar. |
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La otra en que se ha acordado se espida carta de ciudadanía a don José Joaquin de Mora; i a consecuencia de su lectura, se aprobó en los término- siguientes: |
La otra en que se ha acordado se espida carta de ciudadanía a don José Joaquin de Mora; i a consecuencia de su lectura, se aprobó en los término- siguientes: |
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{{May|"Artículo único.}} Entiendase carta de ciudadanía a favor de don Jo é Joaquin de Mora" |
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Inmediatamente se mandó comunicar este acuerdo a la Cámara de Senadores. |
Inmediatamente se mandó comunicar este acuerdo a la Cámara de Senadores. |
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Púdose en |
Púdose en discusion jeneral un nuevo proyecto de ceremonial que detalla la forma en que las Cámaras deben cerrar sus sesiones; i despues de un considerable debate, se pasó a discutir su primer artículo, que fué aprobado, como asimismo el 2.º ,3.º i 4.º, del modo siguiente: |
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{{May|"Artículo primero:}} A las seis de la tarde del día de mañana las Cámaras reunidas en la sala del Senado con el Vice-Presidente de la República i demas autoridades nacionales, asistirán a la Iglesia Catedral, donde se cantará un solemne ''Te-Deum''; colocándose el Vice-Presidente de la |
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República entre los dos Presidentes, los Diputados en los asientos colaterales mas inmediatos, i las demás autoridades en seguida por su órden. |
República entre los dos Presidentes, los Diputados en los asientos colaterales mas inmediatos, i las demás autoridades en seguida por su órden. |
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{{May|Art. 2.º}} Concluido el acto anterior, las Cámaras volverán a la sala del Senado acompañadas del Vice-Presi lente de la República, quien, tomando el lugar que designa el artículo precedente, cerrará las sesiones, previa la ap obacion del acta, que se redactará sobre tabla. |
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{{May|Art. 3.º}} Inmediatamente el Poder Ejecutivo se retirará de la sala con las corporaciones que le acompañen. |
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{{May|Art. 4.º}} El Gobierno determinará lo conveniente a la mayor solemnidad de este caso. |
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{{May|Art. 5.º}} Comuniquese a quien corresponda" |
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A consecuencia de esta sanción, se mandó comunicar inmediatamente al Senado, i se nombró una Comision compuesta de los señores Or |
A consecuencia de esta sanción, se mandó comunicar inmediatamente al Senado, i se nombró una Comision compuesta de los señores Or |